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La Justicia europea rechaza devolver la inmunidad a Puigdemont y abre la vía a otra euroorden de Llarena
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SENTENCIA EN PRIMERA INSTANCIA

La Justicia europea rechaza devolver la inmunidad a Puigdemont y abre la vía a otra euroorden de Llarena

Puigdemont, Comín y Ponsatí pedían la anulación de suplicatorio porque consideran que el Tribunal Supremo carece de competencias para solicitarlo

Foto: Carles Puigdemont. (EFE/Julien Warnand)
Carles Puigdemont. (EFE/Julien Warnand)

El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) ha desestimado los recursos por los que Carles Puigdemont y los otros dos eurodiputados de JxCAT, Toni Comín y Clara Ponsatí, pretendían recuperar la inmunidad parlamentaria pidiendo la anulación del proceso del suplicatorio. Los jueces resuelven así el recurso que los líderes independentistas interpusieron en 2021 contra la Eurocámara por retirarles la protección parlamentaria, aceptando el suplicatorio que pidió el Tribunal Supremo para poderles juzgar algún día en España por la causa del procés. En todo caso, cabe recurso ante el más alto tribunal europeo, el Tribunal de Justicia (TJUE).

"Nada termina aquí, todo lo contrario. Todo sigue adelante. Presentaremos recurso al TJUE y defenderemos hasta el final nuestros derechos fundamentales, que son también los derechos fundamentales de los catalanes y los europeos", ha escrito Puigdemont en sus redes sociales. "Nos desestiman ambas demandas, estudiaremos los argumentos del Tribunal General, y esto nos obliga a recurrir en casación como hemos hecho en todas las ocasiones anteriores", ha subrayado por su parte Gonzalo Boye, el abogado del expresident de la Generalitat.

Dos recursos

Por un lado, la alta corte europea decidía sobre una petición de Puigdemont y Comín para que se anulara la decisión por la que el presidente de la Eurocámara decidió, en diciembre de 2019, no comunicar al pleno y no remitir a la comisión competente la demanda de amparo de su inmunidad, presentada por Diana Riba, de Esquerra Republicana, en octubre de 2019. Este recurso es rechazado por la alta corte europea porque todavía no se había producido la sentencia de Junqueras que les abriría la puerta de la Eurocámara, por lo que el tribunal señala que una decisión del presidente de la institución "no podía producir efectos jurídicos obligatorios" de modo que la negativa a tomar esa medida "no constituye un acto recurrible".

Foto: El expresidente catalán Carles Puigdemont. (EFE/Julien Warnand)

La segunda sentencia era, en todo caso, la más relevante. Puigdemont y Comín, junto a Ponsatí, recurrieron el procedimiento del suplicatorio por el que se les levantó la inmunidad parlamentaria. Los tres miembros de la Eurocámara consideran que el proceso no fue justo y señalan, por ejemplo, el hecho de que el presidente de la comisión de Asuntos Jurídicos, la encargada del procedimiento, fuera el español Adrián Vázquez, de Ciudadanos, o que el ponente de sus casos fuera el eurodiputado búlgaro Angel Dzhambazki, del grupo de los Conservadores y Reformistas al que también pertenece Vox. Los abogados de los tres eurodiputados independentistas también señalaron que el hecho de que Dzhambazki hubiera acumulado la ponencia de los tres casos era una violación de sus derechos.

placeholder Toni Comín, Clara Ponsatí y Carles Puigdemont en el Parlamento Europeo. (EFE)
Toni Comín, Clara Ponsatí y Carles Puigdemont en el Parlamento Europeo. (EFE)

Sin embargo, esos argumentos fueron rechazados por los servicios jurídicos de la Eurocámara y también lo han sido en la sentencia del Tribunal General. En el texto, se señala que "los tres diputados alegaron también que el Parlamento había violado el principio de imparcialidad", pero que, "a este respecto, el Tribunal General señala que la rotación en igualdad de condiciones de la función de ponente no impide que se designe un único ponente para examinar varios expedientes de inmunidad conexos cuando, como en el presente caso, los suplicatorios de suspensión de la inmunidad se refieren a diputados objeto de un mismo proceso penal".

Además, el Tribunal General señala, reflejando los argumentos de los abogados del Parlamento Europeo, que un diputado, "por definición, no es políticamente neutro", aunque subraya que dicho miembro de la Cámara "actúa, no obstante, en el marco de una comisión parlamentaria cuya composición refleja el equilibrio de los grupos políticos en el Parlamento". La Corte señala que la elección de Dzhambazki se produjo "conforme al turno en igualdad de condiciones establecido entre los grupos políticos" y subraya, además, que el hecho de que el búlgaro comparta grupo con Vox es "irrelevante".

"Como presidente de la comisión de Asuntos Jurídicos no puedo más que respetar la sentencia emitida hoy por el Tribunal General. Celebro, además, que esta sentencia respalda el buen nombre y el trabajo del Parlamento Europeo y el proceso de inmunidades", ha escrito en redes sociales Vázquez, que ha defendido que el procedimiento por el que se decidió levantar la inmunidad a Puigdemont, Comín y Ponsatí siempre respetó sus derechos.

Foto: Carles Puigdemont en el Parlamento Europeo. (EFE/Julien Warnand)

Un largo camino

La clave de la sentencia se encuentra en toda la coreografía por la que se les retiró la inmunidad a los tres líderes del procés, huidos de España tras la celebración del referéndum ilegal de independencia del 1 de octubre y la fallida declaración unilateral de independencia. Puigdemont y Comín accedieron a la Eurocámara después de que el 19 de diciembre la Justicia europea dictara una sentencia sobre Oriol Junqueras en la que se establecía que no era necesario pasar por la Junta Electoral Central (JEC) en Madrid ni tomar su escaño en el pleno para gozar de inmunidad europarlamentaria, sino que contaba con ella desde el mismo momento en el que se habían proclamado los resultados de las elecciones europeas de 2019 en las que había obtenido un escaño. Eso hizo que el por entonces presidente del Parlamento Europeo, David Sassoli, abriera las puertas de la institución a Puigdemont y el exconseller Comín. Recientemente, en la vista de este caso que ahora se ha sentenciado, los servicios jurídicos de la Eurocámara admitieron que se les permitió acceder al escaño europeo "probablemente de manera ilegal".

El 13 de enero tomaron asiento en el pleno de Estrasburgo, y ese mismo día el Tribunal Supremo presentó las peticiones de suplicatorio para intentar retirar la inmunidad de los dos eurodiputados y poder así reactivar las euroórdenes contra ellos, que habían quedado bloqueadas definitivamente en el mismo momento en el que habían accedido al Parlamento Europeo. También se presentó la petición de suplicatorio poco después para Clara Ponsatí, que ocupó el escaño el 1 de febrero después de que, a raíz del Brexit, los eurodiputados británicos abandonaran la institución. El 9 de marzo de 2021, el pleno de la Eurocámara votó a favor de levantar la inmunidad de los tres eurodiputados, un proceso que los tres líderes catalanes han cuestionado en todo momento.

El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) ha desestimado los recursos por los que Carles Puigdemont y los otros dos eurodiputados de JxCAT, Toni Comín y Clara Ponsatí, pretendían recuperar la inmunidad parlamentaria pidiendo la anulación del proceso del suplicatorio. Los jueces resuelven así el recurso que los líderes independentistas interpusieron en 2021 contra la Eurocámara por retirarles la protección parlamentaria, aceptando el suplicatorio que pidió el Tribunal Supremo para poderles juzgar algún día en España por la causa del procés. En todo caso, cabe recurso ante el más alto tribunal europeo, el Tribunal de Justicia (TJUE).

Carles Puigdemont