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Qué hacer cuando has agotado el paro: El SEPE prevé una última ayuda de seis meses
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Qué hacer cuando has agotado el paro: El SEPE prevé una última ayuda de seis meses

Está destinada a los desempleados de larga duración que hayan permanecido como demandantes de empleo durante al menos 360 días en los 18 meses anteriores

Foto: Uno de los requisitos más importantes es que el solicitante esté en búsqueda activa de empleo.
Uno de los requisitos más importantes es que el solicitante esté en búsqueda activa de empleo.

Cuando la prestación contributiva por desempleo (el paro) se acaba, son muchos quienes todavía no han encontrado un nuevo trabajo y se sumergen en una situación de total incertidumbre. Para estos casos, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) prevé una última ayuda de 480 euros mensuales, que puede cobrarse durante un periodo máximo de seis meses improrrogables. Se llama Subsidio Extraordinario de Desempleo (SED) y se creó en 2018 en sustitución del Plan Prepara y el Programa de Activación para el Empleo (PAE).

Para poder acogerse al SED es necesario que el solicitante haya agotado el paro, los subsidios ordinarios de desempleo y la Renta Activa de Reinserción (RAI). Asimismo, deberá acreditar ser desempleado de larga duración, es decir, haber permanecido como demandante de empleo durante al menos 360 días en los 18 meses anteriores a la fecha de la solicitud del subsidio extraordinario, y haber cesado de forma involuntaria en un trabajo por cuenta ajena.

Foto: Oficina de empleo. (EFE/Mariscal)

Uno de los requisitos más importantes que le van a exigir al solicitante de esta ayuda es que acredite una búsqueda activa de empleo, lo que se traduce en la inscripción en, al menos, una agencia de colocación. Tendrá que demostrar que ha presentado el currículum en, al menos, tres empresas distintas, que ha realizado una entrevista de trabajo y se ha inscrito como solicitante de empleo en, como mínimo, dos portales de empleo públicos o privados y que se ha presentado a una oferta de trabajo gestionada por los Servicios Públicos de Empleo.

Responsabilidades familiares

En general, los destinatarios de este subsidio son los parados de larga duración que han agotado los casi tres años de la Renta Activa de Inserción (RAI), concretamente, 33 meses y cuya cuantía también es de 480 euros. Por otro lado, además de los requisitos anteriores, quienes estén interesados en la ayuda deberán contar con responsabilidades familiares.

De forma que tenga cónyuge a cargo o algún hijo menor de 26 años que no tenga ingresos mensuales superiores a 810 euros, que es el equivalente al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) y que la suma de todos los ingresos dividida entre el número de componentes de la unidad familiar, no supere dicha cantidad. Además, el propio afectado tampoco puede tener ingresos que superen los 810 euros y no haber recibido años anteriores el PAE ni este subsidio extraordinario de empleo, ya que solo puede cobrarse una vez.

Cuando la prestación contributiva por desempleo (el paro) se acaba, son muchos quienes todavía no han encontrado un nuevo trabajo y se sumergen en una situación de total incertidumbre. Para estos casos, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) prevé una última ayuda de 480 euros mensuales, que puede cobrarse durante un periodo máximo de seis meses improrrogables. Se llama Subsidio Extraordinario de Desempleo (SED) y se creó en 2018 en sustitución del Plan Prepara y el Programa de Activación para el Empleo (PAE).

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