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El Constitucional avala por mayoría la ley de eutanasia
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Dos votos en contra

El Constitucional avala por mayoría la ley de eutanasia

El Pleno ha respaldo la ponencia de Ramón Sáez y rechaza el recurso que presentó Vox

Foto: El Tribunal Constitucional. (EFE / Juanjo Martín)
El Tribunal Constitucional. (EFE / Juanjo Martín)

El Pleno del Tribunal Constitucional ha avalado este miércoles la ley de la eutanasia, confirman a El Confidencial fuentes jurídicas. El pleno ha respaldado con dos votos en contra la ponencia del magistrado Ramón Sáez que rechaza el recurso presentado por Vox contra la norma y despeja, con esta decisión, una de las principales preocupaciones del Ejecutivo. La norma fue aprobada hace un año en el Congreso de los Diputados con los votos en contra de PP y el partido de Abascal y establece que la eutanasia se podrá llevar a cabo a pacientes que lo soliciten y que se encuentren en un contexto de "padecimiento grave, crónico e imposibilitante o enfermedad grave e incurable, causantes de un sufrimiento intolerable".

La ponencia, a la que ha tenido acceso este diario, considera que el trámite para la toma de decisión ofrecen garantías suficientes de control. Asegura que la Constitución ampara un derecho de autodeterminación que permite a la persona decidir de manera libre, informada y consciente el modo y momento de morir en situaciones médicamente contrastadas de enfermedades terminales o gravemente incapacitantes La sentencia cuenta con los votos particulares de los magistrados Enrique Arnaldo y Concepción Espejel.

La ley obliga a que una comisión de garantía y evaluación, compuesta por personal médico, de enfermería y juristas, supervise cada caso y es responsable en última instancia de autorizarlo. Los profesionales sanitarios pueden acogerse a la objeción de conciencia.

Como explica el ponente, el modelo regulatorio por el que optó el Ejecutivo intenta "hacer compatibles derechos y principios constitucionales con las debidas garantías". Se ha optado por configurar la eutanasia como una práctica legalmente aceptable en determinados supuestos, siempre que sean observados concretos requisitos y garantías, al tiempo que descarta, por considerar insuficientemente garantista, la opción por un modelo meramente despenalizador de las conductas que impliquen alguna forma de ayuda a la muerte de otra persona por expreso deseo de esta.

El magistrado destaca también que el artículo 15 de la Constitución que regula el derecho a la vida no implica que deba atribuirse "carácter absoluto a la vida e imponga a los poderes públicos un deber de protección incondicional que implique un paradójico deber de vivir". Por ello, no es posible un reconocimiento constitucional de "decisiones autónomas sobre la propia muerte en situaciones de sufrimiento debido a una enfermedad o padecimiento incurable médicamente constatable y que la persona experimenta como inaceptable", agrega. No hay -añade- "una prohibición constitucional de suicidio".

También ve relevante que la jurisprudencia constitucional respalda, con base en el derecho fundamental a la integridad personal, "las decisiones libres e informadas de rechazo de tratamientos médicos, aún cuando las mismas puedan conducir a un resultado fatal". "Supone la admisión de una cierta disponibilidad de la vida vinculada a autonomía de la persona".

Para Sáez, en el ordenamiento constitucional se protege la libertad individual para la adopción y puesta en práctica autónoma de decisiones personales privadas e íntimas de profunda relevancia vital. El reconocimiento de la libertad, dice, se considera valor superior del ordenamiento jurídico, junto a los principios de dignidad y libre desarrollo de la personalidad, configurados expresamente en la Constitución como “fundamentos del orden político y de la paz social” y los derechos fundamentales íntimamente vinculados a dichos principios, de entre los que cobran particular relevancia en este contexto el derecho a la integridad física y moral.

El Pleno del Tribunal Constitucional ha avalado este miércoles la ley de la eutanasia, confirman a El Confidencial fuentes jurídicas. El pleno ha respaldado con dos votos en contra la ponencia del magistrado Ramón Sáez que rechaza el recurso presentado por Vox contra la norma y despeja, con esta decisión, una de las principales preocupaciones del Ejecutivo. La norma fue aprobada hace un año en el Congreso de los Diputados con los votos en contra de PP y el partido de Abascal y establece que la eutanasia se podrá llevar a cabo a pacientes que lo soliciten y que se encuentren en un contexto de "padecimiento grave, crónico e imposibilitante o enfermedad grave e incurable, causantes de un sufrimiento intolerable".

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