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El ponente de la ley Celaá cuestiona suprimir las ayudas públicas a centros que separan por sexo
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Deliberación en el TC

El ponente de la ley Celaá cuestiona suprimir las ayudas públicas a centros que separan por sexo

El Tribunal Constitucional se encuentra en plena deliberación de dos de las leyes estrella del Gobierno y, en uno de los casos, la propuesta de sentencia no garantiza su completo respaldo

Foto: La exministra de Educación Isabel Celaá. (EFE/Luca Piergiovanni)
La exministra de Educación Isabel Celaá. (EFE/Luca Piergiovanni)
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El Tribunal Constitucional se encuentra a las puertas de la deliberación de una de las leyes estrella del Gobierno, la nueva ley de educación, que tuteló la exministra Isabel Celaá, y la propuesta de sentencia no ofrece su luz verde completa a la norma. El ponente de la resolución, el conservador Ricardo Enríquez, considera inconstitucionales algunos de sus aspectos y discute, por ejemplo, la eliminación de las ayudas a aquellos centros privados que separan por sexo. La mayoría progresista del TC aún no ha dado su visto bueno a esta argumentación, que se estudiará en los próximos días.

La ponencia de Enríquez, a la que ha tenido acceso El Confidencial, responde al recurso de inconstitucionalidad interpuesto por los 52 diputados del Grupo Parlamentario Vox del Congreso de los Diputados. El borrador respalda el grueso de la ley, pero no apoya que los centros sostenidos parcial o totalmente con fondos públicos estén obligados a no separar al alumnado por su género. También discrepa del papel que la norma da a los padres que eligen centros escolares especializados para niños con necesidades especiales.

Foto: Una foto del colegio Torrevelo, en Cantabria. (EFE/Esteban Cobo)

El magistrado recuerda que el TC ya analizó la constitucionalidad de concertar la educación diferenciada por sexos en 2018 y acabó resolviendo que esa modalidad de enseñanza no es contraria a la Carta Magna. Recuerda que su análisis prescinde de valorar las ventajas o inconvenientes de este tipo de educación desde un punto de vista pedagógico o formativo para centrarse exclusivamente en determinar si la libertad de juicio de los padres y la configuración del sistema educativo que excluye ahora de toda ayuda pública a la educación diferenciada por sexos es una opción legítima dentro de la Constitución.

Enríquez concluye que no lo es. En la línea de otras resoluciones anteriores, pone el acento en el valor del "pluralismo educativo" y rescata afirmaciones del propio TC en las que se indica que los poderes públicos deben garantizar la efectividad del derecho fundamental a la educación. El Estado no tiene total libertad para habilitar de cualquier modo las condiciones y requisitos para la obtención de la ayuda pública, ya que no puede contrariar los derechos y libertades educativas. Debe otorgarlas respetando el principio de igualdad.

Foto: Richard V. Reeves.

Para el ponente, prohibir toda ayuda a un modelo alternativo se acerca mucho a imponer el concreto modelo escogido que le resulta preferible al Gobierno. El derecho de todos a la educación —dice— debe incorporar una parte sustancial y primaria de derecho de libertad "a partir del cual hay que entender el mandato prestacional a los poderes públicos encaminado a promover las condiciones para que esa libertad sea real y efectiva". "La Constitución no impone, desde luego, que esa actividad promocional consista en sufragar íntegramente los gastos de personal y mantenimiento de todos los colegios que adopten ese modelo, como hace el régimen actual de conciertos, pero sí impide excluir a todos ellos, totalmente, de cualquier clase de ayuda por esa única circunstancia, como hace la disposición adicional que, por tanto, debe ser declarada inconstitucional y nula".

La opción de los padres en la educación especializada

También objeta Enríquez del papel de los padres en la determinación del centro para niños con necesidades especiales. La norma establece que, por razón de su discapacidad o de trastornos graves de conducta, de la comunicación y del lenguaje, rige un principio de “inclusión”, es decir, de escolarización de este alumnado en centros ordinarios y no en centros diferenciados de educación especial. Solo los casos más acusados se derivarán a centros especializados. Las administraciones educativas, al resolver las discrepancias que puedan surgir en la escolarización de este alumnado, lo harán "siempre teniendo en cuenta el interés superior del menor y la voluntad de las familias que muestren su preferencia por el régimen más inclusivo". Es precisamente ahí donde el magistrado aprecia desigualdad.

Foto: La ministra de Educación, Isabel Celaá. (EFE)

Asegura el ponente que esta redacción excluye a las familias que muestren su preferencia por la opción contraria, es decir, la educación especial. "La voluntad de las familias, cualquiera que sea su sentido, es un factor relevante que la Administración debe valorar y ponderar, lo que conduce a declarar inconstitucional y nulo el inciso "que muestren su preferencia por el régimen más inclusivo", dice. Agrega que para que la voluntad de las familias, cualquiera que sea su sentido, pueda tener algún valor efectivo, "debe efectuarse una interpretación conforme de este último precepto en el sentido de que su tenor literal no debe impedir la escolarización en centros de educación especial de alumnos que no presenten esa necesidad de atención muy especializada si esta es la opción de la familia, lo aconseja el interés superior del menor y está justificado excepcionalmente en función de las circunstancias, agrega.

El Tribunal Constitucional se encuentra a las puertas de la deliberación de una de las leyes estrella del Gobierno, la nueva ley de educación, que tuteló la exministra Isabel Celaá, y la propuesta de sentencia no ofrece su luz verde completa a la norma. El ponente de la resolución, el conservador Ricardo Enríquez, considera inconstitucionales algunos de sus aspectos y discute, por ejemplo, la eliminación de las ayudas a aquellos centros privados que separan por sexo. La mayoría progresista del TC aún no ha dado su visto bueno a esta argumentación, que se estudiará en los próximos días.

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