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Congreso y Senado refuerzan su recurso al Constitucional con las tesis de los progresistas
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AUTO Y VOTOS PARTICULARES

Congreso y Senado refuerzan su recurso al Constitucional con las tesis de los progresistas

Ambas Cámaras estudian el auto y los votos particulares para realizar alegaciones. No serán inmediatas, sino que se esperan para finales de esta semana

Foto: El presidente del Senado, Ander Gil, y la vicepresidenta primera, Cristina Narbona. (EFE/Zipi Aragon)
El presidente del Senado, Ander Gil, y la vicepresidenta primera, Cristina Narbona. (EFE/Zipi Aragon)
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Tanto el Congreso como el Senado reforzarán sus alegaciones en sendos recursos al Constitucional por la suspensión de la reforma del poder judicial, incluida en la modificación del Código Penal, valiéndose de los tres votos particulares. Los firmados desde el ala progresista por Cándido Conde-Pumpido, Ramón Saéz e Inmaculada Montalbán. Tras recibir el auto del órgano de garantías, fuentes de ambas cámaras avanzan que, tras estudiar su contenido con detenimiento, realizarán las alegaciones oportunas para reforzar las ya manifestadas. No serán inmediatas, sino que se esperan para finales de esta semana.

Desde el Gobierno ya habían puesto el foco en la necesidad de conocer los votos particulares del auto para definir los próximos pasos, entendiendo en cualquier caso que la suspensión suponía una medida inédita que atentaba contra la soberanía popular representada en el legislativo. La mayoría conservadora defiende en el auto que la tramitación parlamentaria de la reforma de Sánchez excedió los márgenes de la Carta Magna y amenazó el pluralismo.

Foto: El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en el Congreso. (EFE/Juan Carlos Hidalgo)

El primer recurso de impugnación de la Cámara Alta para intentar parar in extremis la suspensión antes de la votación prevista, ya hacía hincapié en el "perjuicio irreparable a la autonomía parlamentaria". De forma paralela, el Congreso también presentó alegaciones, en sentido similar y añadiendo que otras modificaciones que afectaban a la ley del poder judicial no se suspendieron. La suspensión siguió adelante, tras desestimarse las alegaciones por parte del Constitucional. El propio presidente del Senado, Ander Gil, antes de llamar a la votación del resto de la reforma, sin las dos enmiendas suspendidas, alegó que se producía "imposibilitando, a juicio de esta presidencia, el pleno ejercicio de las legítimas facultades del Senado".

"El Senado y sus integrantes individualmente considerados se hallan indefensos, en los términos del artículo 24 de la Constitución, al adoptarse la medida de suspensión inaudita parte y siendo el escrito que ahora se impugna mediante las presentes alegaciones la primera noticia formal sobre el procedimiento de amparo constitucional", se recogía en aquel primer escrito que, según fuentes del Senado, suponía una "grave indefensión" por "el desconocimiento pleno de los motivos que ha llevado al TC a adoptar esta grave medida". Ahora, conocido en su totalidad el contenido del auto, tanto desde el Senado como desde el Congreso se apoyarán en parte de las argumentaciones de los magistrados progresistas que rechazaron una decisión, según su voto particular, inédita y que supone “una interferencia sin precedentes en la función legislativa” y una "injerencia en la potestad legislativa" de las Cortes.

Foto: El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, comparece ante los medios tras el Consejo de Ministros celebrado en el Palacio de La Moncloa en Madrid este martes. (EFE/Juan Carlos Hidalgo)

Desde el órgano presidido por el socialista Ander Gil ya se calificó la suspensión, en sus primeras alegaciones de urgencia, como "una actuación desproporcionada". Se incidía asimismo en que la decisión era "inédita y de la máxima trascendencia" afectándole directamente, pese a que no fue la Cámara que ha adoptado los acuerdos objeto del recurso de amparo del PP. "El Senado y sus integrantes individualmente considerados se hallan indefensos al adoptarse la medida de suspensión inaudita parte", destacaban.

Por otra parte, se alegaba que la hipotética vulneración argumentada por el PP tendría que ser objeto de un recurso de inconstitucionalidad "para depurar tales eventuales vicios", pero no paralizada por un recurso de amparo con la intención "o, como mínimo, con el resultado" de producir unos efectos suspensivos equivalentes a los del derogado recurso previo de inconstitucionalidad contra las leyes.

Recusaciones

En lo que también se coincidía con algunas de las argumentaciones de los votos particulares ahora comunicados es en que la decisión produciría "una perturbación de la máxima gravedad a un interés constitucionalmente protegido". Todo ello al impedir al poder legislativo, encarnado en las Cortes Generales que representan al pueblo español, "ejercer con plenitud las funciones que tiene constitucionalmente atribuidas, sin interferencias indebidas que alteren el normal funcionamiento del sistema parlamentario". También se apuntaba a una perturbación particularmente grave en los derechos fundamentales de todos los senadores, al negárseles "ejercer en tiempo y forma el derecho a enmendar, debatir y votar".

"La medida adoptada constituye un precedente de impredecibles consecuencias. La posibilidad de que se pueda utilizar el recurso de amparo como medio para perturbar el ejercicio de la función legislativa de las Cortes Generales —como en su día ocurrió con el recurso previo de inconstitucionalidad de las leyes— debería valorarse como un motivo más para levantar de forma inmediata la suspensión acordada", se añadía en las conclusiones.

Los magistrados progresistas respaldan, asimismo, en sus votos particulares, que el presidente Pedro González-Trevijano y el magistrado Antonio Narváez debieron apartarse en la decisión sobre su recusación. "Supone la aceptación como parte de los diputados que formularon la iniciativa legislativa y las enmiendas cuestionadas para, a continuación, negarles legitimación para defender su derecho fundamental al juez imparcial, rechazando expresamente la recusación que presentaron", indican para acabar concluyendo que debían abstenerse "precisamente en un asunto en el que el Tribunal juzga la reforma de su propia ley y la posibilidad de renovación de su composición personal".

Tanto el Congreso como el Senado reforzarán sus alegaciones en sendos recursos al Constitucional por la suspensión de la reforma del poder judicial, incluida en la modificación del Código Penal, valiéndose de los tres votos particulares. Los firmados desde el ala progresista por Cándido Conde-Pumpido, Ramón Saéz e Inmaculada Montalbán. Tras recibir el auto del órgano de garantías, fuentes de ambas cámaras avanzan que, tras estudiar su contenido con detenimiento, realizarán las alegaciones oportunas para reforzar las ya manifestadas. No serán inmediatas, sino que se esperan para finales de esta semana.

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