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La reforma de cuatro leyes orgánicas estratégicas abre una crisis inédita en el sistema constitucional
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La derecha no participa en la votación

La reforma de cuatro leyes orgánicas estratégicas abre una crisis inédita en el sistema constitucional

La de ayer fue una jornada de lenguaje degradante en la que se produjeron un fallo sistémico institucional y el enfrentamiento irreductible entre los dos bloques, que se retiraron la legitimidad democrática

Foto: La presidenta del Congreso de los Diputados, Meritxell Batet, y la vicepresidenta, Ana Pastor. (EFE/Kiko Huesca)
La presidenta del Congreso de los Diputados, Meritxell Batet, y la vicepresidenta, Ana Pastor. (EFE/Kiko Huesca)
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Por primera vez en la historia de la democracia española, la oposición —en este caso, los grupos parlamentarios de la derecha— no participó en la votación de la proposición de ley de reforma del Código Penal por la que, entre otros aspectos, se suprimía el delito de sedición, se tipificaba uno nuevo —desórdenes públicos agravados— y se rebajaba una de las modalidades de la malversación. La proposición de ley, aprobada con el voto de 184 diputados, incorporaba además, mediante enmiendas de adición al texto, la modificación del artículo 599.1 de la ley orgánica del Poder Judicial y de los artículos 2.1, 16.1, 19 y 23 de la ley orgánica del Tribunal Constitucional. Igualmente, la proposición de ley añadía un párrafo a la exposición de motivos de la ley orgánica de Garantía Integral de Libertad Sexual.

Las graves consecuencias de la reforma penal

Al tratarse de una proposición de ley del grupo socialista y de Unidas Podemos y no de un proyecto, el texto ómnibus eludió los informes de los órganos consultivos —Consejo General del Poder Judicial, Consejo de Estado y Consejo Fiscal— y, a mayor abundamiento, se tramitó por el procedimiento de urgencia, conforme a una técnica legislativa inédita en nuestra democracia: de una tacada, cuatro leyes orgánicas con una tramitación abreviada. Nunca el Congreso y el Senado se tuvieron que pronunciar sobre leyes que forman el bloque de constitucionalidad —las orgánicas que desarrollan la Carta Magna y los estatutos de autonomía— por un procedimiento semejante y con una severa restricción del debate parlamentario. Los letrados del Congreso advirtieron inútilmente sobre la antijuridicidad de la proposición de ley porque incorporaba reformas sustanciales de leyes orgánicas que nada tienen que ver con el Código Penal, para lo que se utilizaron enmiendas de adición cuando la proposición ya estaba calificada por la Mesa del Congreso.

La ley que aprobó ayer el Congreso y que, con seguridad, saldrá adelante en el Senado, impulsa las políticas del Gobierno de coalición. Con la reforma del Código Penal, se extinguirá la responsabilidad criminal de los condenados por el Supremo en octubre de 2019 por sedición y se rebajará sustancialmente la pena del delito de malversación impropia (aquella que no conlleve lucro personal), procurando, después de los indultos de las penas de prisión a nueve líderes del proceso soberanista en junio de 2021, que cuatro de ellos, condenados también por malversación, reduzcan el tiempo de inhabilitación absoluta y puedan presentarse a unas eventuales próximas elecciones tanto generales como autonómicas en Cataluña.

Igualmente, decaerán las acusaciones de sedición de más de una treintena de cargos públicos de la Generalitat, imputados por sedición, y se reducirán las peticiones de penas por el ministerio fiscal en las instrucciones penales por malversación que se tramitan en los juzgados 13 y 18 de Barcelona, de tal manera que los hechos de septiembre y octubre de 2017 quedarán, en todo o en parte, impunes. Así, el Gobierno atiende la reclamación de su socio Esquerra Republicana de Catalunya con el que el PSOE firmó en enero de 2020 un acuerdo para la investidura de Pedro Sánchez que se comprometió a crear una mesa de diálogo entre el Gobierno y la Generalitat en la que los independentistas plantearon desde la primera reunión la amnistía y un referéndum de autodeterminación.

Foto: Los miembros del TC en uno de sus plenos. (EFE/Fernando Alvarado)

En coincidencia —no casual y que ha aportado más tensión de la que había—, ERC ha dado a conocer su pretensión de un referéndum de autodeterminación, inicialmente pactado, pero alternativamente unilateral, en el que se exigiría el 50% de participación y una mayoría del 55% de los votos válidamente emitidos. Y aunque tanto el Gobierno como el PSOE han negado que pueda celebrarse, Salvador Illa confirmó el pasado miércoles a El Confidencial que los socialistas contemplan una consulta sobre los acuerdos a los que puedan llegar los partidos políticos catalanes sobre las características de su autogobierno. Una consulta de esas características ha sido contemplada de forma permanente por el PSC y asumida de manera expresa por el presidente Pedro Sánchez. La negociación de la consulta consiste en la segunda fase de los acuerdos de la mesa de diálogo, que ha consumado el compromiso del indulto el año pasado y la despenalización de la sedición en 2022.

Revisión de condenas

Sobre esta reforma del Código Penal, el fiscal de sala Alejandro Luzón, responsable de la Fiscalía Anticorrupción, advirtió públicamente de que se trataba de un paso atrás, al tiempo que existe una opinión pacífica entre los penalistas sobre el gran número de revisión de condenas que se van a plantear, tanto respecto de sentencias firmes como de aquellos procedimientos penales en curso que quedarán seriamente alterados. Se repetiría así lo que ha ocurrido con la ley orgánica de Garantía Integral de Libertad Sexual —o ley del solo sí es sí—, que está permitiendo rebaja de penas y excarcelaciones anticipadas de delincuentes sexuales, después de que la Sala Segunda del Tribunal Supremo haya aplicado los efectos retroactivos más favorables para los condenados, desestimando el decreto del fiscal general del Estado, que establecía un criterio uniforme a los fiscales que ni el Supremo ni los demás tribunales están atendiendo.

Foto: El presidente del Tribunal Constitucional, Pedro José Gonzalez Trevijano. (EFE/Juan Carlos Hidalgo)
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Estas previsibles consecuencias —impunidad, revisión de condenas a corruptos, decaimiento de procedimientos y posible regreso sin responsabilidades criminales de entidad de los políticos catalanes huidos— no han persuadido al Gobierno, que ha antepuesto sus acuerdos con ERC planteados a la opinión pública como la mejor política de normalización de la llamada cuestión catalana. Tampoco el Ejecutivo ha querido tener en cuenta que es muy posible que queden sin efecto las euroórdenes dictadas por el magistrado instructor del caso, Pablo Llarena, y que pierda objeto la cuestión prejudicial que está a punto de fallar el Tribunal de la Unión Europea, cuyo abogado general dio en julio la razón a la Justicia española.

El Constitucional se quiebra

Para la oposición, esta reforma del Código Penal —ley orgánica— resulta inaceptable en el fondo y en la forma y, según fuentes del PP, se recurrirá al Tribunal Constitucional. Al que el miércoles acudió en recurso de amparo con petición de suspensión cautelar para paralizar la aprobación de las enmiendas a las leyes orgánicas del Poder Judicial y del Tribunal Constitucional. En la primera, se modifica la mayoría cualificada de 3/5 para elegir a los dos magistrados del Constitucional que corresponden al Consejo General del Poder Judicial, se le imponen plazos perentorios y se les advierte de responsabilidades, incluso penales, lo que también resulta una normativa inédita.

Foto: Fachada del Tribunal Constitucional. (EFE/Ballesteros)

Con la que se aprobó ayer, es ya la tercera modificación que desde marzo de 2021 a diciembre de 2022 impulsa el Gobierno de la ley del Poder Judicial con el propósito de desbloquear su renovación y conminando a sus vocales al nombramiento de los magistrados del TC para que los elegidos por el Gobierno —ya propuestos— renueven el Constitucional.

Al órgano de garantías constitucionales se le priva en la proposición de ley de la capacidad para verificar la idoneidad de los nuevos magistrados y se establece la posibilidad de su renovación a sextos (de dos en dos), cuando la Constitución es clara en su artículo 159: la renovación se producirá cada tres años, por mandatos de nueve y por tercios (de cuatro en cuatro magistrados). Estas modificaciones —en una proposición de ley que reforma el Código Penal, tramitada de urgencia y sin los informes técnicos consultivos— se han considerado por la oposición como una estratagema inaceptable.

El Tribunal Constitucional, convocado a pleno por su presidente, Pedro González Trevijano, para la mañana de ayer, con la finalidad de debatir la admisión del recurso de amparo del PP —al que se adhirió Vox— y la procedencia o no de medidas cautelares, provocó una airada reacción de los grupos parlamentarios socialista y de los demás que apoyan al Gobierno con expresiones similares a las que se oyeron en el pleno del Congreso: acusaciones recíprocas de “golpismo” y mutua deslegitimación democrática.

Foto: La presidenta del Congreso, Meritxell Batet (d), junto al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. (EFE/Kiko Huesca)

Sin embargo, los cinco magistrados del sector progresista del Constitucional se plantaron y comunicaron al presidente que no asistirían a la deliberación, aduciendo la necesidad de estudiar con tiempo las cuestiones planteadas, lo que no permitió a González Trevijano mantener la sesión plenaria por falta de quorum, que requiere de ocho magistrados. Los magistrados conservadores son seis, de modo tal que el presidente no tuvo otro remedio que aplazar al lunes el pleno sin la seguridad de que los magistrados Cándido Conde-Pumpido, Ramón Sáez, María Luisa Balaguer, Inmaculada Montalbán y Juan Antonio Xiol Rius vuelvan a boicotear la sesión y ganar tiempo para que la proposición de ley ayer aprobada en el Congreso pase el trámite en el Senado y entre en vigor de forma inmediata, lo que dejaría sin sentido la petición de paralizar el debate de las enmiendas sobre el Poder Judicial y el propio Tribunal Constitucional.

Crisis sistémica

El impacto de esta iniciativa legislativa del Gobierno a través de sus grupos parlamentarios ha causado una crisis sistémica, porque afecta al propio Congreso, cuyos debates han alcanzado la calificación de degradantes, pese a las advertencias de su presidenta, Meritxell Batet, en el discurso del pasado día 6 con motivo del 44 aniversario de la Constitución. Ha provocado también que la oposición no vote leyes orgánicas estratégicas de desarrollo constitucional, ha quebrado al Tribunal Constitucional, que ha registrado por primera vez el boicot a una sesión plenaria, mientras el Consejo General del Poder Judicial mantiene una resistencia numantina y se propone eludir la reforma que, por tercera vez, ha impulsado el Gobierno en su ley orgánica.

Foto: El líder de Vox, Santiago Abascal (i), conversa con la portavoz parlamentaria del PP, Cuca Gamarra. (EFE/Kiko Huesca)

El objetivo de los vocales conservadores es nombrar a sus dos magistrados del Constitucional con la actual mayoría de 3/5, que los designados sean César Tolosa, presidente de la Sala Tercera, y a cambio, apoyar la candidatura del magistrado de la misma Sala, Pablo Lucas, y evitar el nombramiento de José Manuel Bandrés, muy cercano al Gobierno y que haría irremediable la elección de Cándido Conde-Pumpido como presidente del Tribunal Constitucional.

Bloques irreconciliables

Después de la jornada de ayer, los puentes entre el Gobierno y la oposición están rotos definitivamente; el sistema institucional ha quedado dañado; los responsables de los hechos en Cataluña de 2017 quedarán, en la práctica, impunes, y, si la mayoría de la investidura quedó ayer más aglutinada, el bloque de la derecha también se cohesionó más de lo que estaba. La situación de bibloquismo se ha convertido en estructural, traba el buen funcionamiento de las instituciones, con especiales consecuencias sobre el Poder Judicial y el Tribunal Constitucional.

Por lo demás, el espectáculo dialécticamente bárbaro que ayer se escuchó en el Congreso de los Diputados, con ausencia del presidente del Gobierno (que desde Bruselas acusó a "la derecha política y judicial" de intentar "atropellar la democracia") y de varios ministros, adelanta una colisión frontal y duradera a poco más de cinco meses para las elecciones autonómicas y municipales. Por si fuera poco, los próximos 10 días van a ser igualmente tensos: el lunes, pleno del Tribunal Constitucional sobre las mismas materias que ayer quedaron pendientes, el martes, pleno extraordinario del Consejo General del Poder Judicial para intentar designar a sus candidatos al Constitucional, y, finalmente, pleno del Senado para aprobar la proposición de ley que este jueves ha votado el Congreso. El día 24, mensaje del jefe del Estado al que la Constitución, en su artículo 56.1, encomienda “arbitrar y moderar el funcionamiento regular de las instituciones”.

Por primera vez en la historia de la democracia española, la oposición —en este caso, los grupos parlamentarios de la derecha— no participó en la votación de la proposición de ley de reforma del Código Penal por la que, entre otros aspectos, se suprimía el delito de sedición, se tipificaba uno nuevo —desórdenes públicos agravados— y se rebajaba una de las modalidades de la malversación. La proposición de ley, aprobada con el voto de 184 diputados, incorporaba además, mediante enmiendas de adición al texto, la modificación del artículo 599.1 de la ley orgánica del Poder Judicial y de los artículos 2.1, 16.1, 19 y 23 de la ley orgánica del Tribunal Constitucional. Igualmente, la proposición de ley añadía un párrafo a la exposición de motivos de la ley orgánica de Garantía Integral de Libertad Sexual.

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