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Así es el acuerdo del Gobierno que pone al TC en una situación sin precedentes
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Renovación del Constitucional

Así es el acuerdo del Gobierno que pone al TC en una situación sin precedentes

Las designaciones del Consejo de Ministros se publicarán mañana en el BOE en forma de acuerdos que llegarán a un TC en máxima tensión

Foto: Edificio del Tribunal Constitucional. (EFE/Juan M. Espinosa)
Edificio del Tribunal Constitucional. (EFE/Juan M. Espinosa)
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El Consejo de Ministros ha formalizado la designación de sus dos magistrados en el Tribunal Constitucional, Juan Carlos Campo y Laura Díez, en un acuerdo de tres puntos que se publicará mañana en el Boletín Oficial del Estado. El acuerdo viene precedido por una breve exposición de motivos de carácter normativo y dispone: 1) Designar a los magistrados nominativamente 2) Dar traslado de la designación al Tribunal Constitucional para que verifique su idoneidad y 3) Ordenar su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Según fuentes jurídicas consultadas por El Confidencial, el Gobierno ha optado por hacer recaer sobre el presidente del Constitucional y, eventualmente sobre su plenario, la decisión de decidir la idoneidad de los dos magistrados propuestos entendiendo que esa verificación solo puede referirse a si reúnen o no los requisitos que requiere la Constitución y la ley orgánica del TC, pero en ningún caso le reconoce capacidad para rechazarlos por no ir acompañados de los dos del Consejo General del Poder Judicial aún sin nombrar. En otras palabras: el Gobierno entiende que la renovación por sextos es legal por la obstrucción del Poder Judicial y viene a conminar al TC a que les conceda la idoneidad y se conviertan en magistrados a todos los efectos.

Foto: Juan Carlos Campo. (EFE/Chema Moya)

Según fuentes consultadas, el presidente del TC tiene algunas alternativas. La primera es acusar recibo del acuerdo una vez se publique mañana en el BOE y trasladar al Ministerio de la Presidencia —a través del cual se hará la comunicación de la Moncloa— que no convocará al pleno hasta que no se produzca una renovación de los cuatro magistrados con sus mandatos vencidos (Pedro González Trevijano, Antonio Narváez, Santiago Martínez Vares y Juan Antonio Xiol Rius). Si esta es la decisión del presidente del TC, el Gobierno estaría dispuesto a dictar reales decretos con nombramientos definitivos.

La segunda opción del presidente del TC consistiría en convocar un pleno extraordinario para acordar que la verificación de idoneidad comprende también la comprobación de que la renovación es de cuatro —no solo de dos— magistrados como ordena el artículo 159.1 de la Constitución. Si esta fuese la opción de Pedro González Trevijano, es “probable”, según las fuentes consultadas, que tanto él como Antonio Narváez, ambos nombrados por el Gobierno de Mariano Rajoy, fuesen recusados por algunos de sus compañeros o por una instancia legitimada para hacerlo.

Foto: Laura Díez en una imagen de archivo de 2020. (Pool/La Moncloa/JM Cuadrado)

En todo caso, de lo que se deduce del acuerdo que mañana adquirirá publicidad en el BOE, es que el Consejo de Ministros considera que el Constitucional debe verificar la idoneidad de los dos magistrados propuestos y darles posesión de sus cargos, sin perjuicio de, cuando se produzcan las designaciones del CGPJ, incorporar a otros dos magistrados.

Por el momento y hasta que no se publique el acuerdo del Consejo de Ministros, no hay ni esbozo de decisión en el Constitucional, aunque se percibe, según uno de sus magistrados, un ambiente de enorme tensión porque la situación es “inédita”. El único remedio que contemplan las fuentes consultadas es que el Consejo General del Poder Judicial se reúna lo antes posible y acuerde el nombramiento de sus magistrados.

El Consejo de Ministros ha formalizado la designación de sus dos magistrados en el Tribunal Constitucional, Juan Carlos Campo y Laura Díez, en un acuerdo de tres puntos que se publicará mañana en el Boletín Oficial del Estado. El acuerdo viene precedido por una breve exposición de motivos de carácter normativo y dispone: 1) Designar a los magistrados nominativamente 2) Dar traslado de la designación al Tribunal Constitucional para que verifique su idoneidad y 3) Ordenar su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

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