Es noticia
La Audiencia de Zaragoza se desmarca del criterio de la Fiscalía con las rebajas de penas
  1. España
POR LA LEY DEL SOLO SÍ ES SÍ

La Audiencia de Zaragoza se desmarca del criterio de la Fiscalía con las rebajas de penas

El tribunal es el primero en celebrar una reunión para unificar criterios y considera que también deben rebajarse las penas cuando la misma se basara en el mínimo imponible

Foto: Imagen de archivo de un juicio en la Audiencia Provincial de Zaragoza. (EFE/Javier Cebollada)
Imagen de archivo de un juicio en la Audiencia Provincial de Zaragoza. (EFE/Javier Cebollada)

Los magistrados de la Audiencia Provincial de Zaragoza no comparten el criterio de la Fiscalía General que permitiría frenar algunas de las rebajas de penas en aplicación de la ley del solo sí es sí. Tras celebrar una reunión este martes, el presidente del tribunal, Alfonso Ballestín, ha explicado que su criterio "cambia un poco respecto a las conclusiones a las que ha llegado el fiscal general", insistiendo para ello en que la actual "norma es más favorable" para el reo ante determinadas situaciones.

La tesis de la Fiscalía consiste en estimar que, si la pena impuesta conforme a la ley derogada puede también imponerse con arreglo a la nueva regulación, no debe revisarse. El Ministerio Público apoya, por tanto, cambiar las sentencias que impongan una condena que exceda ahora la máxima que prevé la ley del solo sí es sí, pero deja abierta la puerta a rechazar aquellas rebajas de condenas que se basen en el nuevo mínimo. La Audiencia Provincial de Zaragoza, sin embargo, no comparte esta idea.

Foto: Irene Montero, ministra de Igualdad. (EFE/Juan Ignacio Roncoroni)

"Si ha cambiado el mínimo en la actual reforma, se revisará", ha explicado Ballestín. "Por ejemplo, en la violación, antes la pena era de seis a 12 años en el tipo básico, pero ahora es de cuatro a 12 años. Si resulta que a alguien se le puso la pena mínima porque no había otra posibilidad, porque el tribunal argumentó que había que poner la mínima de seis años... Ahora está en cuatro y habría que rebajarle". Este razonamiento es el mismo que se ha seguido en varias rebajas conocidas hasta el momento.

La Audiencia Provincial de Zaragoza, la primera en la que se ha celebrado una reunión para unificar criterios, se desmarca así del parche parcial a la ley del solo sí es sí que el Ministerio Fiscal apoyaba en el decreto notificado este lunes. La redacción del mismo, sin embargo, es lo suficientemente abierta como para que algunos fiscales sigan apoyando las rebajas con base en el mencionado mínimo: establece que "se evitará la adaptación automática de las penas anteriormente impuestas en proporción aritmética al nuevo marco punitivo", pero al mismo tiempo señala que "cada procedimiento deberá ser analizado individualmente" y "huyendo de automatismos".

Foto: La ministra de Igualdad, Irene Montero. (EFE/Daniel González)

Este decreto es de obligado cumplimiento para todos los fiscales, pero en ningún caso es vinculante para los jueces, quienes quedan a la espera de las resoluciones que dicte el Tribunal Supremo en las próximas semanas. Hasta entonces, las decisiones siguen en manos de los tribunales superiores de Justicia y de las audiencias provinciales. Además de la de Zaragoza, en el caso de la de Madrid y la de A Coruña también han citado a sus magistrados en los próximos días para unificar criterios con la nueva ley.

En cuanto al número de resoluciones que podrían verse afectadas por este criterio en Zaragoza, el propio Ballestín ha dicho que no prevé demasiadas: "Tenemos una idea de las condenas que hemos puesto, una estadística personal que llevamos en la cabeza. Y sabemos que el mínimo no se ha puesto muchas veces en Zaragoza".

Los cambios en las horquillas

Las horquillas de penas se han reducido, sobre todo en su parte mínima, en muchos de los delitos tipificados por la Ley de Libertad Sexual. Ahí queda el ejemplo del propio magistrado sobre la agresión sexual con acceso carnal, situación que es similar con los tipos agravados de este delito: con la anterior legislación, hechos como la agresión sin penetración llevada a cabo por dos o más personas, contra parejas y exparejas o con violencia o intimidación, se penaban con entre cinco y 10 años. Ahora, la rebaja en este tipo delictivo pasa a entre dos y ocho años. Cuando hay acceso carnal, se ha pasado también de penas de 12 a 15 años a otras de siete a 15 años de cárcel.

Foto: La ministra de Justicia, Pilar Llop. (EFE/J. J. Guillén)

En caso de agresiones a menores, la comparación de ambos códigos penales también arroja diferencias a la baja en la nueva regulación. Los actos de carácter sexual con niños se castigan con las mismas penas, de dos a seis años. Pero, si hay "acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías", pasa de los ocho a 12 anteriores a un mínimo de seis.

Los magistrados de la Audiencia Provincial de Zaragoza no comparten el criterio de la Fiscalía General que permitiría frenar algunas de las rebajas de penas en aplicación de la ley del solo sí es sí. Tras celebrar una reunión este martes, el presidente del tribunal, Alfonso Ballestín, ha explicado que su criterio "cambia un poco respecto a las conclusiones a las que ha llegado el fiscal general", insistiendo para ello en que la actual "norma es más favorable" para el reo ante determinadas situaciones.

Fiscalía General del Estado Zaragoza
El redactor recomienda