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El TS debatirá si puede mantener la pena de malversación tras la reforma de Sánchez
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Deliberará cuando entre en vigor

El TS debatirá si puede mantener la pena de malversación tras la reforma de Sánchez

Aunque el riesgo de despenalización completa de lo sucedido en 2017 es muy real, una vía permite continuar atribuyendo a los políticos del 'procés' el uso irregular de fondos públicos

Foto: Junqueras, junto a Puigdemont. (EFE/Stephanie Lecocq)
Junqueras, junto a Puigdemont. (EFE/Stephanie Lecocq)
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La reforma legislativa impulsada el pasado viernes por el Gobierno provocará que el Supremo tenga que debatir si es posible mantener alguno de los delitos por los que fueron condenados Oriol Junqueras y el resto de los políticos catalanes penados por el procés. La desaparición del delito de sedición, el principal de la sentencia, ha llevado a algunos magistrados a considerar que la malversación también se vería afectada y tendría que decaer. Otras tesis sostienen, sin embargo, que destinar dinero público a la celebración del referéndum de independencia, a pesar de las continuas advertencias del Constitucional, puede considerarse delictivo de forma autónoma.

Fuentes jurídicas consultadas ven inviable que los hechos probados de la sentencia tengan correspondencia alguna con los desórdenes públicos agravados que ha diseñado el Ejecutivo como supuesto sustituto de la sedición. El riesgo de despenalización completa de lo sucedido en 2017 es, por ello, muy real. El Supremo no puede limitarse a sustituir el delito derogado por el nuevo y realizar un nuevo cálculo a la baja, sin más. Tendrá que deliberar sobre la situación en la que quedan los condenados una vez entre en vigor la reforma, que se tramita como proposición de ley por la vía urgente.

Foto: El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. (EFE/EPA/Estela Silva)

Aquellos que consideran que también la malversación tendría que eliminarsetanto de las condenas ya impuestas como de las futuras que aún amenazan a los huidos de España, como Puigdemont— señalan para ello el concurso medial que se empleó en la sentencia. El tribunal del procés consideró que los condenados habían cometido sedición y que, para llevarla a cabo, fue necesario un uso ilícito de fondos públicos, es decir, la malversación. El concurso medial se da cuando para que se cometa un delito se requiere obligatoriamente el otro. Este sector cree, por ello, que se ha producido una pérdida de significado, ya que no puede existir malversación para cometer un delito que ya no es tal.

Si esta interpretación resultara ser la mayoritaria, los efectos sobre los condenados y los huidos serían inmediatos. Junqueras, Joaquim Forn, Jordi Sànchez, Carme Forcadell, Jordi Turull, Josep Rull, Dolors Bassa, Raül Romeva, Jordi Cuixart, es decir, aquellos a los que se condenó por sedición o por sedición y malversación, fueron indultados de sus penas de prisión pero no de las de inhabilitación. La despenalización completa supondría que esta última tampoco se mantendría ya y podrían volver a optar al ejercicio de cargo público sin obstáculo. Por su parte, Carles Puigdemont y el resto de fugados podrían regresar y aspirar a puestos políticos sin ninguna traba.

Frente a esta hipótesis hay otra interpretación más desfavorable para los políticos del procés. En esta ocasión, se vincularía el uso irregular de fondos públicos con la permanente desobediencia del Govern del 1-O, que ignoró en repetidas ocasiones los requerimientos que le efectuó el Constitucional para que cesara en la elaboración de todo el entramado legal para la ruptura con España. En esa tesis, la malversación sería asimilable a una Administración desleal. Con la malversación aún viva, Junqueras mantendría la inhabilitación durante varios años y Puigdemont no podría eludir un ingreso en la cárcel en caso de regresar.

Concurso medial con desórdenes

Un tercer grupo de juristas defiende que la reforma no tendrá un gran impacto en las penas impuestas. Se basan de nuevo en el concurso medial, pero, en este caso, la hipótesis acepta sustituir la sedición por los desórdenes públicos que introducirá el Ejecutivo. El Código Penal establece que en las condenas impuestas de este modo la pena debe ser superior a la fijada para el delito más grave de los dos impuestos. Si la sedición se sustituye por los desórdenes, el más grave sería la malversación. La pena para esta es de cuatro a ocho años de prisión y de 10 a 20 de inhabilitación, y se incrementa aún más si la cantidad malversada ha superado los 250.000 euros. Además de eso, el nuevo tipo penal ideado por el Gobierno continúa implicando, de forma aislada, penas de prisión de hasta cinco años y de inhabilitación de hasta ocho.

Al sustituirse este tipo penal por el de desórdenes públicos agravados, las penas pasarán de 10-15 años a 3-5

La reforma del Código Penal impulsada por los grupos que sostienen el Gobierno, PSOE y Unidas Podemos, reducirá las penas máximas ahora contempladas por el delito de sedición a un tercio. Al sustituirse este tipo penal por el de desórdenes públicos agravados, las penas pasarán de 10 a 15 años, como se tipifica actualmente para el caso de autoridades, a situarse entre tres y cinco. La inhabilitación para el ejercicio de cargo público será de seis a ocho años en el caso de autoridades. Para la reforma de una ley orgánica, como es el caso del Código Penal, se precisa una mayoría absoluta en el Congreso —176 votos a favor—, que el Gobierno tendría asegurada con sus socios parlamentarios habituales.

La inconsistencia de esta teoría se encuentra en que los hechos por los que fueron condenados aquellos que no huyeron de España no se limitaron a la alteración del orden público en las calles. En el paquete se encontraba también el diseño legislativo de desconexión con España o la desobediencia reiterada de las órdenes del Tribunal Constitucional. Con este abanico completo aún abierto, desde ERC se considera que la malversación sigue amenazando a sus cargos, salvo en el caso de Marta Rovira, huida en Suiza y a quien se acusa exclusivamente por sedición. Trabajan ya en busca de fórmulas que acaben también con este delito.

La reforma legislativa impulsada el pasado viernes por el Gobierno provocará que el Supremo tenga que debatir si es posible mantener alguno de los delitos por los que fueron condenados Oriol Junqueras y el resto de los políticos catalanes penados por el procés. La desaparición del delito de sedición, el principal de la sentencia, ha llevado a algunos magistrados a considerar que la malversación también se vería afectada y tendría que decaer. Otras tesis sostienen, sin embargo, que destinar dinero público a la celebración del referéndum de independencia, a pesar de las continuas advertencias del Constitucional, puede considerarse delictivo de forma autónoma.

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