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La muerte de empleados de Metro de Madrid afectados por amianto quedará sin condena
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Tras el acuerdo con la Comunidad de Madrid

La muerte de empleados de Metro de Madrid afectados por amianto quedará sin condena

Plaza Castilla archiva el procedimiento al considerar que no se puede determinar quién fue el responsable de poner en riesgo la vida de los trabajadores de la empresa pública madrileña

Foto: Pancarta de una protesta por los efectos del amianto en los trabajadores del metro. (EFE/Juan Carlos Hidalgo)
Pancarta de una protesta por los efectos del amianto en los trabajadores del metro. (EFE/Juan Carlos Hidalgo)
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La vía penal sobre la muerte y enfermedad de los trabajadores de Metro de Madrid expuestos al amianto durante años se ha cerrado. El instructor del procedimiento abierto en los juzgados de plaza Castilla acaba de decretar el archivo. "No es posible determinar las personas responsables de los hechos objeto de instrucción", concluye el magistrado Arturo Zamarriego en un auto al que ha tenido acceso El Confidencial. Como argumento principal, la retirada de la acusación por parte de los afectados que fueron recientemente indemnizados por los daños sufridos tras llegar a un acuerdo con la Comunidad de Madrid.

El juez atiende los argumentos planteados hace solo unos días por la Fiscalía Provincial de Madrid. El Ministerio Público consideró que, a lo largo de la instrucción, no ha sido posible determinar si la empresa omitió de forma intencionada la adopción de medidas de seguridad frente al amianto o que ocultara intencionadamente su existencia. En un extenso informe que firmaba la fiscal decana de la Unidad especializada de Seguridad y Salud en el Trabajo, Alejandra Navarro Herrera, se aseguraba que, aunque el riesgo de exposición al amianto pudo ser conocido en el periodo de 2003 a 2006 por los investigados que tenían cargos de responsabilidad en Prevención de Riesgos Laborales, no se ha concluido que pusieran en riesgo a los trabajadores de forma consciente.

Foto: Vagón abarrotado de viajeros en la estación de Sol. (EFE)

Fiscal y juez coinciden en sus conclusiones. El auto pondera los "acertados argumentos" de la Fiscalía, que resumió a lo largo de 30 páginas las declaraciones de investigados y testigos a lo largo de la instrucción. Todos desconocían que después de esos tres años en los que sí se detectó amianto se habían efectuado hasta 2017 trabajos con esta sustancia. "Los informes se extraviaron sin que hayan podido determinarse los motivos de dicho extravío, de modo que no consta probado que fueran conocidos por estos", decía la fiscal.

En su opinión, por el hecho de haber efectuado informes que les fueron solicitados o por ocupar cargos de responsabilidad, "no pueden ser considerados responsables 'in integrum' de todas y cada una de las conductas ejecutadas por otros y que han podido generar o incrementar el riesgo para la vida o la salud de los trabajadores". Aseguraba también que su posición no convertía a los acusados en garantes de todas las actuaciones que tengan lugar en el ámbito de la empresa en que ejerzan sus competencias.

La complejidad

El Ministerio Público aludía además a la complejidad de determinar el responsable penal cuando la acción delictiva tiene lugar en el marco de una organización y estructura compleja y jerarquizada. La empresa Metro de Madrid cuenta con más de 7.000 trabajadores y la capacidad de decisión recae en un grupo diverso de personas que ejercen algún tipo de mando y dirección dentro de la empresa, "lo que hace difícil la afirmación de la responsabilidad criminal".

Foto: Estación de Sol en Madrid. (EFE)

El informe destacaba que la responsabilidad penal tampoco puede ser exigida a la empresa, a pesar de que ha quedado acreditada la concurrencia de los elementos configuradores del delito contra los derechos de los trabajadores previsto en el art. 316 del Código Penal, dado que no reúne los requisitos para ser responsable penal. Es un hecho constatado que Metro de Madrid SA expuso a un peligro sumamente grave a los trabajadores, dado que conocía la existencia de amianto en lugares y equipos desde el año 2003 y que los trabajadores realizaban trabajos con riesgo sobre este material altamente peligroso. De los años 2003 a 2006, se adoptaron por la empresa medidas eficaces para eliminar el riesgo de amianto y, sin embargo, después de 2006 hasta 2017 se hicieron trabajos de mantenimiento sobre piezas que contenían amianto sin que se adoptara ninguna medida de seguridad "con un absoluto desprecio a la seguridad y salud de los trabajadores".

Sin embargo, la dirección ha emprendido hasta la actualidad y desde 2017 las acciones necesarias para eliminar el riesgo existente, "cumpliendo, por tanto, con la normativa en prevención del riesgo de la exposición al amianto". Además, ha efectuado las gestiones adecuadas para tratar de reparar el daño a los trabajadores enfermos y sus familias, formalizando un acuerdo indemnizatorio con las acusaciones personadas.

Pacto con la comunidad

Hace solo unos días, el pasado 20 de julio, la Comunidad de Madrid suscribió un acuerdo con los sindicatos y trabajadores afectados por enfermedad profesional que estableció indemnizaciones. Concluían así años de negociaciones para llegar a un pacto. Los afectados renunciaban, en función del acuerdo, al ejercicio de acciones penales, civiles y laborales.

Foto: Protesta el pasado febrero de los sindicatos de Metro de Madrid. (EFE/Mariscal)

El importe global que Metro pagará asciende a 7.359.176,13 euros, correspondientes a las indemnizaciones a siete trabajadores y a los familiares de otros 11. Para aquellos empleados con enfermedad profesional reconocida que hayan derivado en incapacidad permanente total para su profesión habitual, se estableció una indemnización de 140.000 euros, mientras que para los de incapacidad permanente absoluta para toda profesión se acordó que ascendiera a 190.000 euros. En caso de que el trabajador haya fallecido, el cónyuge percibirá 200.000 euros. En cuanto a los hijos, la cuantía varía en función de si existe o no convivencia y dependencia económica con el trabajador (entre 66.650 y 115.525 euros).

En cuanto a las cantidades fijadas en el acuerdo, se han comprobado de forma exhaustiva por el Ministerio Fiscal y el juzgado y se considera que superan con creces las cantidades fijadas en la Ley 35/15, siendo unas cifras que garantizan adecuadamente los derechos económicos de los trabajadores y de sus familias. Se trata de una de las mayores indemnizaciones conseguidas en España por la exposición al amianto.

La vía penal sobre la muerte y enfermedad de los trabajadores de Metro de Madrid expuestos al amianto durante años se ha cerrado. El instructor del procedimiento abierto en los juzgados de plaza Castilla acaba de decretar el archivo. "No es posible determinar las personas responsables de los hechos objeto de instrucción", concluye el magistrado Arturo Zamarriego en un auto al que ha tenido acceso El Confidencial. Como argumento principal, la retirada de la acusación por parte de los afectados que fueron recientemente indemnizados por los daños sufridos tras llegar a un acuerdo con la Comunidad de Madrid.

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