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La Audiencia rechaza que la Generalitat se persone como acusación en el caso Pegasus
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TAMBIÉN PEDÍA "TRASLADO DE LAS ACTUACIONES"

La Audiencia rechaza que la Generalitat se persone como acusación en el caso Pegasus

"Ninguna norma legal autoriza a la entidad recurrente a personarse en este proceso como acusación popular, advierte la Sala de lo Penal

Foto: El presidente de la Generalitat de Cataluña, Pere Aragonès. (EFE)
El presidente de la Generalitat de Cataluña, Pere Aragonès. (EFE)

La Generalitat de Cataluña no puede personarse como acusación en el caso Pegaus. El magistrado José Luis Calama, a cargo del procedimiento sobre la infección de los móviles de Pedro Sánchez, Margarita Robles, Fernando Grande-Marlaska y Luis Planas con esta herramienta informática, ya rechazó en mayo su petición de personarse en la causa, pero el Gobierno autonómico recurrió su decisión. En un auto notificado este lunes, la Sala de lo Penal rechaza de nuevo sus argumentos y apunta una vez más a que el ejercicio de la acción popular no alcanza con carácter general a las personas jurídico-públicas. Esta vez, la Generalitat ya no puede recurrir la resolución.

“En definitiva, ninguna norma legal autoriza a la entidad recurrente a personarse en este proceso como acusación popular, por lo que el auto del juzgado central de instrucción ha de ser necesariamente confirmado”, concluye la Sala de lo Penal.

Foto: El ministro de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática de España, Félix Bolaños. (EFE/Javier Lizón)

De esta manera, echa por tierra el recurso de la Generalitat, en el que pedía su personación en el caso al amparo de la Ordenación del Sistema de Seguridad Pública de Cataluña: "El Gobierno, de conformidad con el marco de competencia que establece la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía de Catalunya y la legislación vigente, a través del departamento titular de las competencias en materia de seguridad pública, tiene la función de proteger el libre ejercicio de los derechos y las libertades y de garantizar la seguridad ciudadana. A este efecto, debe velar por la convivencia pacífica y la protección de las personas y de los bienes", asegura la misma.

La Sala de lo Penal, sin embargo, considera que esta norma no da soporte a su personación “por su carácter genérico y su omisión del derecho a accionar penalmente de dicha entidad, en contraste con lo que ocurre con otras normas de la misma administración autonómica”.

Los intentos de la Generalitat

El magistrado José Luis Calama abrió el pasado 3 de mayo una investigación por un posible delito de descubrimiento y revelación de secretos tras la denuncia de la Abogacía del Estado por la infección de los móviles de miembros del Gobierno con la herramienta Pegasus. El juez dio traslado a la Fiscalía para que informara sobre la práctica de las diligencias de investigación que considerara convenientes, así como de las personas que en ellos hayan participado.

Con la investigación ya en marcha, la Generalitat pidió entrar como acusación con base en el informe de Citizen Lab que apunta a que al menos 65 personas vinculadas al independentismo catalán también fueron espiadas con el sistema Pegaus. La exdirectora del CNI, Paz Esteban, ya reconoció el pasado 5 de mayo en la comisión de secretos del Congreso que los servicios de inteligencia habían realizado escuchas a 18 dirigentes independentistas con este mismo programa por presuntas actividades ilícitas, entre ellos el 'president' Pere Aragonès, pero insistió en que obtuvieron una autorización preceptiva del Tribunal Supremo para ello.

Foto: Pedro Sánchez y Pere Aragonès reunidos en la Moncloa. (EFE/Emilio Naranjo)

No conforme con esta explicación y a falta de aclararse el resto de espionajes, la Generalitat puso el foco en el caso abierto en la Audiencia Nacional y, el 10 de mayo, presentó un escrito en el que pedía al magistrado que tuviera "por comparecida a esta parte en calidad de acusación popular" y que entregara "copia de las actuaciones". Según defendía en el mismo, "el Estatuto de Autonomía de Cataluña establece que los poderes públicos deben promover el pleno ejercicio de las libertades y la ciudadanía", a lo que se sumaba la "gravedad extrema de estas actividades ilícitas y el ataque a los derechos fundamentales de las personas afectadas".

Pese a ello, tanto el magistrado como la Sala de lo Penal han rechazado sus intentos por personarse en la causa: "La acción pública para su ejercicio en el procedimiento penal corresponde en exclusiva al Ministerio Fiscal, no teniendo cabida el ejercicio por parte de personas jurídicas públicas de la acción popular fuera de los casos en los que esta posibilidad se encuentra contemplada legalmente", advierten.

La Generalitat de Cataluña no puede personarse como acusación en el caso Pegaus. El magistrado José Luis Calama, a cargo del procedimiento sobre la infección de los móviles de Pedro Sánchez, Margarita Robles, Fernando Grande-Marlaska y Luis Planas con esta herramienta informática, ya rechazó en mayo su petición de personarse en la causa, pero el Gobierno autonómico recurrió su decisión. En un auto notificado este lunes, la Sala de lo Penal rechaza de nuevo sus argumentos y apunta una vez más a que el ejercicio de la acción popular no alcanza con carácter general a las personas jurídico-públicas. Esta vez, la Generalitat ya no puede recurrir la resolución.

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