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El Supremo rechaza expulsar de urgencia a Yolanda Díaz de la comisión del CNI
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División en el tribunal

El Supremo rechaza expulsar de urgencia a Yolanda Díaz de la comisión del CNI

Tres de cinco magistrados rechazan la suspensión cautelar del decreto que oficializó la entrada de la vicepresidenta a pesar de que el TC consideró inconstitucional que se hiciera con Pablo Iglesias

Foto: Yolanda Díaz. (EFE/Fernando Alvarado)
Yolanda Díaz. (EFE/Fernando Alvarado)

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha rechazado este martes la petición, planteada por Vox, de suspensión cautelar de los efectos del real decreto por el que se formalizó la inclusión de Yolanda Díaz en las reuniones de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos de Inteligencia. En un auto, los magistrados no ven motivos para atender la solicitud, ya que no se han acreditado "daños al interés general" por su permanencia hasta que el alto tribunal dicte sentencia.

De la decisión, que se ha adoptado con la oposición de dos de los cinco magistrados que participaron en la deliberación del asunto, la vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social tiene, además, en cuenta que el rechazo a la suspensión no afecta a la eficacia de una hipotética sentencia futura en la que se estimaran las pretensiones del partido de Santiago Abascal.

El auto cuenta con un voto particular en el que se hace mención de la sentencia que dictó el Tribunal Constitucional sobre el acceso a esta misma comisión de Pablo Iglesias. En mayo de 2021, se declaró inconstitucional el artículo 6.2 de la Ley 11/2002, reguladora del CNI, que permitía integrar en la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos de Inteligencia a los vicepresidentes designados por el presidente del Gobierno. En opinión de los dos magistrados discrepantes, ese fallo habría permitido estimar que se suspendiera cautelarmente la vigencia de la norma impugnada. Vox recurrió precisamente con base en esta sentencia del TC. Díaz pasó a sustituir a Iglesias cuando este dimitió para concurrir a las elecciones de la Comunidad de Madrid.

Los motivos del TC

La resolución del tribunal de garantías se dictó también en respuesta a un recurso de Vox. El TC tumbó la entrada de Iglesias en la comisión que controla el Centro Nacional de Inteligencia argumentando que se hizo un uso abusivo de la figura del real decreto. "La sentencia considera que no concurre en el presente caso este presupuesto inexcusable, la extraordinaria urgencia y necesidad, que habilita al Gobierno para acudir al instrumento legislativo del decreto-ley, obviando el procedimiento legislativo ordinario o de urgencia, para regular dicho nombramiento", explicaba el tribunal. "Acudiendo a una jurisprudencia consolidada en esta materia, se pone de manifiesto que el Gobierno no justificó la extraordinaria urgencia de esta medida en el procedimiento de elaboración de la norma; ni la misma guarda coherencia con los motivos generales que determinaron la aprobación del Real Decreto-ley 8/2020, y que no se discuten".

La polémica que se ha alargado con Díaz arrancó el 25 de febrero de 2020, cuando el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó un primer decreto que, entre otras funciones, regulaba los miembros de la comisión delegada del CNI. El texto incluía como novedad a Iglesias: "Asistirán a las reuniones de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos de Inteligencia las ministras de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y de Defensa; el ministro del Interior; el vicepresidente segundo y ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030, y la vicepresidenta tercera y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital".

Cinco días después, Vox recurrió ante el Supremo ese decreto: argumentaba que el Gobierno había cometido un error jurídico al no cambiar la ley que regula el CNI y que solo prevé que un vicepresidente esté en esa comisión. A la vista de que este razonamiento podía prosperar, el Ejecutivo aprovechó entonces el decreto ley de ayudas contra el coronavirus y, sin anunciarlo al público, incluyó una disposición final con la que cambiaba la ley del CNI para blindar la incorporación de Iglesias.

Como respuesta, Vox presentó entonces un recurso de inconstitucionalidad: "El Gobierno no puede aprovechar la declaración de un estado de excepción para introducir modificaciones normativas que nada tienen que ver con esa situación". "Ninguna conexión existe entre tratar de abordar la situación económica, sanitaria y social producida por el covid-19 y colmar la ambición del vicepresidente segundo del Gobierno", sostenía en su escrito.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha rechazado este martes la petición, planteada por Vox, de suspensión cautelar de los efectos del real decreto por el que se formalizó la inclusión de Yolanda Díaz en las reuniones de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos de Inteligencia. En un auto, los magistrados no ven motivos para atender la solicitud, ya que no se han acreditado "daños al interés general" por su permanencia hasta que el alto tribunal dicte sentencia.

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