Es noticia
El Constitucional decidirá sobre el escaño 'huérfano' de Alberto Rodríguez
  1. España
Podemos tiene un voto menos

El Constitucional decidirá sobre el escaño 'huérfano' de Alberto Rodríguez

El pleno del TC verá la admisión a trámite de los dos recursos del exdiputado de Podemos y, a la larga, tendrá que decidir sobre la plaza que ha permanecido vacía siete meses

Foto: Alberto Rodríguez. (EFE/Ramón de la Rocha)
Alberto Rodríguez. (EFE/Ramón de la Rocha)

El escaño 'huérfano' del exdiputado de Podemos Alberto Rodríguez quedará desde esta semana en manos del Tribunal Constitucional. El tribunal de garantías decidirá sobre la admisión a trámite del doble recurso que presentó Rodríguez tras perder su plaza en la Cámara Baja a consecuencia de la condena del Supremo por un delito de atentado a la autoridad, al considerar probado que dio una patada a un policía durante una protesta en 2014. El canario no solo recurrió la condena. También la decisión de la presidenta del Congreso, Meritxel Batet, que le dejó sin puesto. Nadie le ha sustituido y desde entonces, octubre del pasado año, la formación morada cuenta con una persona menos para afrontar votaciones agónicas para el Gobierno de coalición.

El primer ejemplo de la importancia de ese único escaño se produjo pocos meses después de su salida del Congreso y el último la pasada semana. Tres meses después, su escaño del Congreso de los Diputados resultó determinante en la crisis parlamentaria generada por la votación sobre la reforma laboral, que el Gobierno solo pudo salvar gracias a la equivocación del popular Alberto Casero. La situación no ha ido mejorando con el tiempo. El último decreto, de medidas contra el impacto de la guerra de Ucrania, hizo sufrir al Ejecutivo en plena crisis con ERC a raíz del espionaje de Pegasus. Lo sacó adelante por 176 contra 172 votos gracias al apoyo de EH Bildu.

Ahora, el pleno del TC, que se reúne a partir de este martes, verá la avocación y posible admisión a trámite de los dos recursos de Rodríguez. A la larga, el tribunal tendrá que pronunciarse sobre la condena y sus efectos y, con ello, decidir respecto al escaño que ha permanecido congelado siete meses. La sentencia que se encuentra en el origen le aplicó la atenuante de dilaciones indebidas en el proceso y la pena de cárcel se sustituyó por una multa de 540 euros, pero con la accesoria de inhabilitación para ser elegido cargo público durante el tiempo de condena. La interpretación que la presidenta del Congreso realizó de esta última precipitó su salida y causó una crisis cuyos ecos se dejan sentir aún.

Foto: Alberto Rodríguez. (EFE/Ramón de la Rocha)

En su primer recurso, Rodríguez recurrió su inhabilitación. En su escrito, cargaba contra Batet por privarle de su escaño y la acusaba de "aplicar la sanción que a ella se le antojó". Rodríguez solicita al tribunal que le sea devuelta su acta de diputado de manera cautelar "para evitar el daño irreparable" y que se celebre una vista pública para tomar una decisión al respecto. Aseguraba, además, que la decisión de Batet fue "unilateral, infundada y, por ende, arbitraria". Para reforzar esta idea, denunció siete aspectos de la misma: se tomó "sin ninguna motivación", supuso crear "una nueva pena" al margen de la del Supremo, la misma es "claramente mucho más lesiva que la impuesta" por el tribunal, la presidenta de la Cámara Baja "no tiene competencias para ello", se apartó del "informe emitido por los letrados del Congreso", no cuenta con "ningún otro informe ni consejo" y solo se apoya en "un escrito firmado por el secretario general de las Cortes tres días después de dictada la resolución".

En el segundo, el exdiputado impugnó la condena del TS. Consideraba que vulneró sus derechos fundamentales a un juez imparcial, a la presunción de inocencia, a la tutela judicial efectiva por vulneración del principio de legalidad, los derechos de reunión y manifestación, el derecho de representación política y el principio de proporcionalidad. A su vez, estima también infringidos los artículos 6, 7 y 11 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales. En el escrito al que ha tenido acceso El Confidencial, la defensa del canario destaca el daño provocado por la pena accesoria de inhabilitación del derecho de sufragio pasivo que le generó su salida de la Cámara Baja.

Foto: El diputado de Unidas Podemos, Alberto Rodríguez. (EFE)

El escrito destaca que el presente asunto "trasciende del caso particular, planteando una cuestión jurídica relevante y de repercusión social con carácter general" y destaca el alcance de la condena impuesta que, según defiende, provocó que la pena accesoria resultara más lesiva que la principal. Para Rodríguez, la condena ha supuesto "una privación de un derecho político que afecta a más de 64.000 electores de su circunscripción".

La patada al agente

La sentencia se apoyaba en lo ocurrido el 25 de enero de 2014, cuando el entonces ministro José Ignacio Wert acudió a La Laguna (Tenerife) a inaugurar la catedral, y Rodríguez participó en una protesta de rechazo a la Lomce. “En el curso de los enfrentamientos físicos que, como consecuencia de la actitud violenta de algunos de los congregados, tuvieron lugar entre estos y agentes policiales, el acusado Alberto Rodríguez Rodríguez (…), que en ese momento se encontraba entre los primeros, propinó una patada en la rodilla al agente”, explica el fallo.

Foto: El diputado de Unidas Podemos, Alberto Rodríguez. (EFE/Ramón de la Rocha)

El diputado de Unidas Podemos resultó absuelto de un delito leve de lesiones como consecuencia de la despenalización de las faltas en 2015, pero tuvo que pagar 50 euros como indemnización de responsabilidad civil al agente. El Supremo argumenta que, para determinar la agresión, la principal prueba que ha tenido en cuenta es la versión del policía afectado, que “en sus declaraciones no expresó duda alguna respecto a que el acusado fue quien le propinó, voluntariamente, una patada en su rodilla izquierda, en el curso de los incidentes que tuvieron lugar”.

“Tal declaración aparece corroborada por el hecho de haber acudido inmediatamente después de los sucesos a recibir asistencia médica y por la temprana identificación policial del acusado como autor de los hechos", concluyeron los magistrados. "La credibilidad del testigo viene avalada, además, por la persistencia en la versión mantenida desde el principio y por la inexistencia de cualquier clase de animadversión contra el acusado”. Frente a esta decisión, los magistrados Susana Polo y Leopoldo Puente formularon un voto particular para desmarcarse de sus cinco compañeros y defender que debería haber sido absuelto porque las pruebas están “muy lejos” de ser suficientes.

El escaño 'huérfano' del exdiputado de Podemos Alberto Rodríguez quedará desde esta semana en manos del Tribunal Constitucional. El tribunal de garantías decidirá sobre la admisión a trámite del doble recurso que presentó Rodríguez tras perder su plaza en la Cámara Baja a consecuencia de la condena del Supremo por un delito de atentado a la autoridad, al considerar probado que dio una patada a un policía durante una protesta en 2014. El canario no solo recurrió la condena. También la decisión de la presidenta del Congreso, Meritxel Batet, que le dejó sin puesto. Nadie le ha sustituido y desde entonces, octubre del pasado año, la formación morada cuenta con una persona menos para afrontar votaciones agónicas para el Gobierno de coalición.

Alberto Rodríguez Meritxell Batet Tribunal Supremo Tribunal Constitucional
El redactor recomienda