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Fin a la mascarilla en interiores, ¿dónde es obligatoria y dónde no? Las excepciones del BOE
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Fin a la mascarilla en interiores, ¿dónde es obligatoria y dónde no? Las excepciones del BOE

El uso de las mascarillas ha llegado a su fin con la publicación del real decreto en el BOE, pero aún hay ciertos espacios y casos en los que debe seguir usándose

Foto: Ya en vigor el fin de la mascarilla salvo en algunas excepciones. Foto: Efe
Ya en vigor el fin de la mascarilla salvo en algunas excepciones. Foto: Efe

Tras dos años de uso obligatorio de mascarilla, los españoles pueden decir un adiós casi definitivo a este símbolo de la pandemia del covid-19. Hace un mes, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, predijo la corta esperanza de vida de los cubrebocas y fue la ministra de Sanidad, Carolina Darias, quien puso fecha de caducidad a su uso: 19 de abril. Ese martes, el Consejo de Ministros aprobó el fin de las mascarillas en los interiores aunque con excepciones. Lo que significa que su utilización en interiores no desaparecerá de todos los espacios cerrados, ya que aún habrá determinadas áreas en las que se mantendrán por situaciones de riesgo y vulnerabilidad ante el virus.

Ha sido este miércoles 20 de abril cuando el Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado el real decreto por el que se relaja, casi por completo, el uso de los tapabocas en el país, por lo que a partir de este día se puede prescindir ya de la mascarilla, salvo excepciones, en espacios interiores. En este sentido, la retirada de la mascarilla entrará en vigor el mismo día de la publicación del BOE, "un día importante", tal y como ha resaltado Darias. El real decreto aprobado el martes modifica la norma vigente, obligatoria desde hace casi dos años en todos los lugares cerrados, y recoge una serie de ámbitos, situaciones y personas que deberán seguir poniéndosela.

¿Dónde siguen siendo obligatorias?

De acuerdo con lo que detalló la ministra de Sanidad y con el nuevo decreto del BOE, la mascarilla se elimina con "carácter general" en espacios interiores, salvo en aquellos lugares en los que, por razones de "vulnerabilidad", se siguen considerando obligatorias, como los siguientes:

  • Centros, servicios y establecimientos sanitarios: tanto trabajadores como visitantes deberán seguir llevando la mascarilla dentro de las instalaciones. Esto afecta, por tanto, a hospitales, centros de salud, centros de transfusión de sangre o farmacias, entre otros espacios. Fuera de esta norma se encontrarán, como excepción, las personas ingresadas en hospitales —siempre y cuando no estén haciendo uso de espacios comunes— y los residentes de centros sociosanitarios, aunque en estos centros será también obligatorio el cubrebocas para visitas.
  • Transporte público de viajeros: como autobuses o trenes, transporte aéreo y barcos, en este último caso siempre y cuando "no se pueda mantener la distancia mínima de 1,5 metros", salvo en los camarotes cuando sean compartidos. Además, según lo que aclaró también la ministra, "en los andenes y accesos" de las instalaciones de transporte "ya no será obligatoria la mascarilla".

Por último, aunque ya no se trata de una imposición, el Gobierno pone el foco de atención de la población vulnerable —mayores de 60 años, inmunodeprimidos, profesorado vulnerable, embarazadas, personas con enfermedades graves y en el entorno familiar y en reuniones privadas "cuando estemos con personas vulnerables"—, a quienes aconseja el uso de la mascarilla pese al nuevo decreto cuando estén en contacto prolongado con personas a distancia menor de 1,5 metros; así como en los eventos multitudinarios, donde también se propone como una mera recomendación.

¿Dónde se quita la mascarilla?

Esta es la pregunta del millón, puesto que, como ha quedado acordado en el Consejo de Ministros, la mascarilla se elimina en todos los espacios interiores y, como ya se acordó con anterioridad, también en espacios al aire libre. Eso sí, en algunos de los ámbitos en los que el tapabocas ya no es obligatorio sí es recomendable su uso o, en otros casos, su utilización no depende de los ciudadanos:

  • Colegios: Darias ya explicó claramente en rueda de prensa que en los centros educativos "no se usará en ningún caso", ni en los recreos —donde ya no se usaba— ni en ninguno de los ámbitos educativos.
  • Ámbito laboral: el trabajo es uno de los espacios que más interés han generado, pero la pregunta de si se quitará la mascarilla en las oficinas no depende del empleado, sino de la empresa. Según el real decreto, su uso ya no será obligatorio y llevarla se considera más bien un acto de responsabilidad y solo se concibe a modo de recomendación cuando en los puestos de trabajo no se cumpla con la distancia interpersonal de 1,50 metros de distancia y no haya una ventilación adecuada; pero son "los responsables en materia de prevención de riesgos laborales, evaluación de riesgos del puesto de trabajo" en mano, quienes tienen que establecer el uso pertinente de la mascarilla en oficinas, fábricas y otros lugares de trabajo.
  • Ocio y comercio: esto hacer referencia a los supermercados, centros comerciales o cines, teatros, museos, bares o locales de conciertos y también a los gimnasios, donde su uso ya no es obligatorio pero sí recomendado.

Tras dos años de uso obligatorio de mascarilla, los españoles pueden decir un adiós casi definitivo a este símbolo de la pandemia del covid-19. Hace un mes, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, predijo la corta esperanza de vida de los cubrebocas y fue la ministra de Sanidad, Carolina Darias, quien puso fecha de caducidad a su uso: 19 de abril. Ese martes, el Consejo de Ministros aprobó el fin de las mascarillas en los interiores aunque con excepciones. Lo que significa que su utilización en interiores no desaparecerá de todos los espacios cerrados, ya que aún habrá determinadas áreas en las que se mantendrán por situaciones de riesgo y vulnerabilidad ante el virus.

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