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Víctimas avisan del riesgo de excarcelación masiva de etarras por un fallo de Estrasburgo
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Sobre el periodo de incomunicación

Víctimas avisan del riesgo de excarcelación masiva de etarras por un fallo de Estrasburgo

Como adelantó este periódico, la Abogacía del Estado remitió la pasada semana un escrito al Tribunal Supremo en el que se informa de que están valorando recurrir la resolución

Foto: Pintadas a favor de ETA en Vitoria. (EFE)
Pintadas a favor de ETA en Vitoria. (EFE)

La Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) ha avisado este miércoles del riesgo de excarcelaciones masivas de miembros de ETA si el Gobierno no recurre, a través de la Abogacía del Estado, una reciente sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que condenó a España por no permitir a un miembro de la organización terrorista acceder a un abogado de su elección durante el periodo de incomunicación que regula la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Como adelantó este periódico, los servicios jurídicos del Estado remitieron la pasada semana un breve escrito al Tribunal Supremo en el que se informaba de que están valorando recurrir la resolución. Pese a todo, el recurso aún no se ha formalizado y el plazo para hacerlo acaba en unos días, el próximo 18 de abril. La sentencia en cuestión consideró vulnerado el derecho a un proceso justo al miembro de ETA Xavier Atristain. Si la resolución adquiere firmeza, provocaría una cadena de reclamaciones de indemnización del resto de arrestados en las mismas circunstancias. Atristain, además, quedó en libertad condicional como consecuencia de la decisión.

Lo sucedido se remonta a 2010. Tras su arresto, el 29 de septiembre, la Audiencia Nacional ordenó la detención incomunicada del miembro de ETA. La decisión se adoptó para no frustrar una investigación en marcha para la localización de explosivos. Se encuentra contemplada en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Durante el plazo de incomunicación, Atristain contó con la asistencia de un abogado de oficio que le informó de sus derechos y estuvo presente en las dos declaraciones realizadas el 1 y el 3 de octubre. En la primera de ellas, admitió que había "cooperado" con ETA, incluyendo un "intento de secuestro", e indicó dónde se encontraban los explosivos. En la segunda declaración, detalló dónde escondía en su casa armas, balas y matrículas falsas.

Foto: Momento de la detención de Florentino Carlos F. G. (Policía Nacional)

La normativa antiterrorista del ordenamiento jurídico recoge la medida de la incomunicación como un sistema excepcional. Se caracteriza, precisamente, por la imposibilidad de designar abogado de confianza, de entrevistarse reservadamente con el abogado de oficio o con familiares u otras personas que el detenido desee. Se desarrolla en el artículo 520 bis 2 de la LECrim. "Detenida una persona, podrá solicitarse del juez que decrete su incomunicación, el cual deberá pronunciarse sobre la misma en resolución motivada, en el plazo de 24 horas. Solicitada la incomunicación, el detenido quedará en todo caso incomunicado, sin perjuicio del derecho de defensa que le asiste hasta que el juez hubiere dictado la resolución pertinente".

Pese a ello, Atristain consiguió que Estrasburgo le estimara el recurso y condenara a España a indemnizarle con la cantidad de 12.000 euros en concepto de daño moral sufrido. Fue condenado a 17 años de prisión por delitos de pertenencia a banda armada y tenencia y depósito de armas y municiones. Quedó en libertad el pasado 17 de febrero en cumplimiento de esta sentencia.

Hasta el 18 de abril

Fue la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo quien solicitó a Justicia información. En un oficio, pidió informe acerca de si la Abogacía del Estado había declarado formalmente su deseo de no remitir el asunto ante la Gran Sala o si, por el contrario, había formalizado recurso o tiene intención de hacerlo en el plazo previsto por la ley de tres meses, que expiraría el próximo 18 de abril. Lo hizo después de que el miembro de ETA presentara recurso de revisión respecto a su condena.

En su escrito a Llop, la Sala de lo Penal explicaba que la viabilidad de este recurso de Atristrain está condicionada a la firmeza de la sentencia dictada por el TEDH "en la medida en que de esa información depende el desenlace del procedimiento incoado, conocer si la resolución mediante la que el recurrente pretende respaldar su petición es o no firme".

Foto: Una protesta organizada por Sare. (EFE/Diges)

"Desde la AVT queremos alertar de que, en caso de que la Abogacía del Estado no presente este recurso, corremos el riesgo de que se consolide esta jurisprudencia del TEDH, o lo que es lo mismo: la excarcelación de muchos presos etarras que aleguen que se les tomó declaración en régimen de incomunicación. Y no sólo esto: de llegar a este terrible punto, España tendría que hacer un gran desembolso económico en forma de pago de indemnizaciones a todos los etarras ya en libertad que aleguen este hecho y pidan la anulación de su condena y su correspondiente indemnización", avisa la asociación.

También avisa de que el camino incorrecto es el que se tomó cuando se produjo la derogación de la Doctrina Parot. "Se abrió una herida que aún supura en las víctimas del terrorismo. Una vez más, las víctimas del terrorismo pedimos Justicia. Simple y llanamente, Justicia. El final del terrorismo nunca puede ser sinónimo de impunidad y una vez más está en juego que tanta sangre y tanto dolor no salga gratis a los asesinos", concluye.

La Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) ha avisado este miércoles del riesgo de excarcelaciones masivas de miembros de ETA si el Gobierno no recurre, a través de la Abogacía del Estado, una reciente sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que condenó a España por no permitir a un miembro de la organización terrorista acceder a un abogado de su elección durante el periodo de incomunicación que regula la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

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