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El Senado da luz verde al cambio que penaliza el acoso ante las clínicas abortistas
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MODIFICA EL CÓDIGO PENAL

El Senado da luz verde al cambio que penaliza el acoso ante las clínicas abortistas

Ninguna de la docena de enmiendas que PP, PNV, EH Bildu y ERC han presentado a la norma en la Cámara alta han sido aceptadas, por lo que el texto aprobado en el Pleno es, finalmente, el mismo que salió del Congreso

Foto: Protesta de activistas contrarios al aborto. (EFE/Lizón)
Protesta de activistas contrarios al aborto. (EFE/Lizón)

El Pleno del Senado ha dado luz verde, este miércoles, a la proposición de ley que modifica el Código Penal para penalizar el acoso ante las clínicas abortistas y que solo ha tenido los votos en contra de PP, Vox y Unión del Pueblo Navarro (UPN). El texto queda, tras este trámite, aprobado definitivamente por las Cortes. Con este texto, impulsado por el PSOE, todos aquellos "actos molestos, ofensivos, intimidatorios o coactivos" que "menoscaben la libertad de las mujeres", serán castigados con la pena de prisión de 3 meses a 1 año o bien con trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 80 días, y establece que el tribunal podrá imponer, además, la prohibición de acudir a determinados lugares durante un periodo de 6 meses a 3 años.

Además, se recoge que el acoso que se ejerza a los trabajadores y profesionales de las propias clínicas también será objeto de pena, así como los cambios necesarios para que no sea necesaria la denuncia para la persecución de estos hechos. Ninguna de la docena de enmiendas que PP, PNV, EH Bildu y ERC han presentado a la norma en la Cámara alta han sido aceptadas, por lo que el texto aprobado en el Pleno es, finalmente, el mismo que salió del Congreso.

Foto: Marquesina con la campaña en Vitoria. (EFE/David Aguilar)

Los portavoces de los partidos nacionalistas han lamentado en su turno de intervención que estas medidas no hayan sido aceptadas. En e caso del PNV, y tal y como ha recordado su portavoz en el debate, Imanol Landa, es una iniciativa que ya intentaron incluir en la proposición de ley en el Congreso y que aplicaba una "zona de seguridad" en torno a las clínicas abortivas, para crear un "cordón de seguridad" para las mujeres que allí acudan.

Mientras EH Bildu y ERC han presentado dos propuestas relacionadas, una de ellas con la inclusión del término "persona embarazada", para hacer la norma "transinclusiva", según ha explicado la senadora de la formación catalana Sara Bailac; mientras que la otra enmienda tiene que ver con garantizar el secreto de las operaciones policiales en este sentido.

A pesar del rechazo a estas enmiendas, estas formaciones han apoyado el texto que, según Landa, lo hacen "por convicción" y en "defensa de los derechos fundamentales" que, en este caso, es el "de las mujeres a interrumpir de forma voluntaria su embarazo". Bailac, por su parte, ha defendido que esta propuesta de ley es "una oportunidad de garantizar y consolidar una maternidad libre y deseada" y "el derecho a la salud sexual y reproductiva de las mujeres" frente "a la derecha y la ultraderecha".

"Utilización partidista del Código Penal"

Diferentes han sido las intervenciones de los portavoces de PP y Vox, partidos que han presentado propuestas de veto a la norma. El representante de los 'populares' en este debate, Fernando de Rosa, ha calificado este texto como "un ejemplo de sectarismo del PSOE y sus socios", a los que ha acusado de "utilización partidista del Código Penal".

En su argumentación, ha criticado que esta medida va en contra de derechos, como el de reunión, asociación o de libertad de expresión que, según ha indicado, se "consideran esenciales para el funcionamiento de una sociedad pluralista y democrática". También ha puesto en valor la opinión del servicio jurídico del Senado que, según ha explicado, ha "puesto pegas a la refacción" por "falta de calidad jurídica" por falta de definiciones concretas que, según ha señalado, provocará que "jueces y magistrados no tengan capacidad para poder usar esta figura".

Argumentos similares ha usado su homólogo de Vox, Jacobo González-Robatto, quien además se ha referido específicamente a quienes están a las puertas de las clínicas como "rescatadores". En este sentido, ha explicado que su labor es rezar y ofrecer alternativas habitacionales, económicas y médicas a aquellas mujeres que acudan a la clínica y no quieran interrumpir su embarazo. "Siempre pensando en el bienestar de la madre y del bebé", ha apuntado.

Foto: Marcha impulsada por la Plataforma "Sí a la Vida". (EFE Miguel Osés)

Estas declaraciones han sido criticadas por las portavoces del PSOE que han intervenido durante la sesión. Mientras la senadora Eva María Granados ha apuntado que estas personas llaman "zorras" a las mujeres que acuden, la senadora socialista Donelia Roldán, ha criticado que los defensores de los vetos sean "dos hombres" que no se han referido a las mujeres en sus intervenciones y de dos partidos que "niegan a las mujeres cualquier derecho que tenga que ver con el hecho de ser mujer y no se supedite a su utilización al servicio del propio hombre y de la familia".

Por su parte, el senador del Partido Aragonés, Clemente Sánchez, aunque a apoyado la finalidad del texto, sí ha señalado las advertencias sobre la redacción que han hecho los servicios jurídicos de la Cámara; mientras que Koldo Martínez, representante de Geroa Bai, ha contestado a las formaciones que defienden a quienes acuden a las clínicas recordando que "no hace falta" ir hasta allí para que Dios escuche sus plegarias.

El Pleno del Senado ha dado luz verde, este miércoles, a la proposición de ley que modifica el Código Penal para penalizar el acoso ante las clínicas abortistas y que solo ha tenido los votos en contra de PP, Vox y Unión del Pueblo Navarro (UPN). El texto queda, tras este trámite, aprobado definitivamente por las Cortes. Con este texto, impulsado por el PSOE, todos aquellos "actos molestos, ofensivos, intimidatorios o coactivos" que "menoscaben la libertad de las mujeres", serán castigados con la pena de prisión de 3 meses a 1 año o bien con trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 80 días, y establece que el tribunal podrá imponer, además, la prohibición de acudir a determinados lugares durante un periodo de 6 meses a 3 años.

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