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El Supremo desactiva el pacto político para elegir al presidente del CGPJ
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El Supremo desactiva el pacto político para elegir al presidente del CGPJ

El reciente auto del TS sobre la Agencia de Protección de Datos cierra la puerta al acuerdo previo sobre la presidencia del Consejo entre el PSOE y el Partido Popular

Foto: Pedro Sánchez y Núñez Feijóo. (EFE/Ballesteros)
Pedro Sánchez y Núñez Feijóo. (EFE/Ballesteros)

"Prácticamente desde que el mundo es mundo, la presidencia del Consejo General del Poder Judicial se ha pactado entre los partidos". Con esta reflexión, un antiguo vocal del órgano de gobierno de los jueces se refiere a una situación que puede estar a punto a acabar a la vista de un reciente auto del Tribunal Supremo. Hace solo unos días, el alto tribunal congeló la designación de los candidatos pactados por el PSOE y el PP para dirigir la Agencia de Protección de Datos. Los nombramientos en la institución están especialmente regulados por una ley y amparados por la normativa europea. La Sala de lo Contencioso-Administrativo concluyó que la preselección de nombres estuvo "viciada de raíz al apartarse de la normativa vigente".

Las consecuencias de esta decisión van mucho más allá de lo que se refiere al organismo concreto. Se trata, aseguran fuentes jurídicas, "de un aviso a navegantes" sobre otra costumbre irregular, pero tan asimilada al imaginario colectivo que se ha convertido en habitual. Hasta tal punto es así, que tanto los socialistas como los populares no han tenido pudor alguno en los últimos años en anunciar de forma pública a los candidatos fruto del acuerdo.

Foto: El presidente español, Pedro Sánchez (c), conversa con el alto comisionado de la UE para la Política Exterior, Josep Borrell (i). (EFE/Chema Moya)

Sin embargo, el presidente del Consejo y del Tribunal Supremo no debe seleccionarse de forma pactada. Según indica la Ley Orgánica del Poder Judicial, por indicación de la Constitución, en su artículo 122. El presidente es designado por el pleno del Consejo en su sesión constitutiva. Es necesario ser miembro de la carrera judicial con la categoría de magistrado del Tribunal Supremo o bien ser un jurista de reconocida competencia con más de 25 años de antigüedad en el ejercicio de su profesión. En la citada sesión, presidida por el vocal de más edad, deberán presentarse y hacerse públicas las diferentes candidaturas. La elección tendrá lugar en una sesión a celebrar entre tres y siete días más tarde, siendo elegido quien en votación nominal obtenga el apoyo de la mayoría de tres quintos de los miembros del pleno.

Eso es lo que dice la ley, con la intención de preservar la independencia, pero la realidad siempre ha sido distinta. En origen, los vocales convocados a ese pleno constitutivo esperaban la llamada de los grupos parlamentarios que les habían designado para hacer sus propuestas. Posteriormente, la identidad del candidato trascendía como elección fruto de la negociación. Fue así con los dos últimos presidentes: Carlos Dívar, elegido en 2008, y Carlos Lesmes, en el año 2013.

Foto: La magistrada Pilar Teso. (EFE/Mariscal)

El nombramiento de Lesmes fue ya objeto de un recurso presentado ante el TS por la Asociación Francisco de Vitoria y la sentencia resultante incluía ya varias advertencias pese a avalar aquella designación. Decía el Supremo en ese caso que el meollo de la cuestión no es si hay o no acuerdo previo entre el presidente del Gobierno y el jefe de la oposición para nombrar a una persona preseleccionada, sino si es posible deducir que los vocales del CGPJ "lo asumieron como un mandato imperativo, con voluntad viciada, como cumplimiento de una orden o condición ilegal".

En el caso de Lesmes, las actas permitieron al TS descartarlo. Su candidatura se propuso junto a la de otra candidata, la magistrada del Supremo Pilar Teso, lo que, a ojos del TS, demostró entonces "que existió para los vocales una real alternativa". "La voluntad libre de los vocales que votaron a favor de Lesmes no puede ponerse en duda a causa de la teórica existencia de tratos o convenios políticos previos, a la vista de las razones circunstanciadas que todos ellos expusieron en su explicación de voto, como se ve en las actas", decía la resolución.

Foto: Carlos Lesmes, presidente del CGPJ y el TS, en la apertura del año judicial de 2019. (EFE/Mariscal)

Esa voluntad libre o ese cumplimiento de mandato sería, sin embargo, mucho más evidente si los partidos que deben pactar la renovación anuncian de forma pública cuál es el presidente o presidenta de su elección. Más aún a la vista de la decisión cautelar sobre Protección de Datos, que dificulta más si cabe esta preselección con la que los partidos se arriesgarían al fracaso.

Sin cerrar la presidencia

En la última etapa de conversaciones sobre la renovación, antes de la salida de Pablo Casado del PP, ambas partes decidieron que la presidencia del Consejo no quedara cerrada para que, en cumplimiento de lo que indica la Constitución, sean los vocales los que propongan y voten a su presidente. Resolvieron mantener un silencio al menos estético sobre esta cuestión. Es previsible que este acuerdo se mantenga bajo la batuta de Alberto Núñez Feijóo, que tomará las riendas del partido con la intención de potenciar los pactos y resolver esta parálisis que se prolonga ya más de tres años.

Foto: Enrique Arnaldo, en una imagen reciente y con mascarilla. (EFE)

En 2018, el PP y el PSOE acordaron los nombres de los 20 nuevos vocales y eligieron al presidente de la Sala de lo Penal del Supremo, Manuel Marchena, como candidato de consenso para presidirlos. Sin embargo, Marchena declinó la oferta reivindicando su independencia. En febrero de 2021 llegó la siguiente oportunidad. Socialistas y populares rozaban el acuerdo cuando los vetos cruzados entre Unidas Podemos y el PP volvieron a romperlo. Las conversaciones avanzaban a buen ritmo hasta que la irrupción del socio del PSOE propició el apoyo a los magistrados Vicky Rosell y José Ricardo de Prada. Este último siempre ha constituido una línea roja para los populares, que le atribuyen la responsabilidad de la moción de censura que descabalgó a Mariano Rajoy. En aquella ocasión, la presidencia también se acordó y debía ocuparla la magistrada de la Sala de Contencioso del TS Pilar Teso.

El compromiso para dejar en blanco la casilla del presidente no implica que cada partido se contenga a la hora de indicar a los vocales a los que promocione candidatos de su elección para que entren en la votación, aunque el resultado final es mucho más incierto.

"Prácticamente desde que el mundo es mundo, la presidencia del Consejo General del Poder Judicial se ha pactado entre los partidos". Con esta reflexión, un antiguo vocal del órgano de gobierno de los jueces se refiere a una situación que puede estar a punto a acabar a la vista de un reciente auto del Tribunal Supremo. Hace solo unos días, el alto tribunal congeló la designación de los candidatos pactados por el PSOE y el PP para dirigir la Agencia de Protección de Datos. Los nombramientos en la institución están especialmente regulados por una ley y amparados por la normativa europea. La Sala de lo Contencioso-Administrativo concluyó que la preselección de nombres estuvo "viciada de raíz al apartarse de la normativa vigente".

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