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Absuelven a Antena 3 y a una tertuliana que llamó “violador” al “putero de Podemos”
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Abre la puerta a una indemnización

Absuelven a Antena 3 y a una tertuliana que llamó “violador” al “putero de Podemos”

El juez no ve delito en las palabras que le dedicó en el programa Espejo Público una activista abolicionista a un reconocido cliente de servicios sexuales: "No precisó el hecho concreto"

Foto: Jesús interviene en el programa de A3 y tiene un encontronazo con una tertuliana.
Jesús interviene en el programa de A3 y tiene un encontronazo con una tertuliana.

El plató del programa Espejo Público de Antena 3 albergó un acalorado debate sobre la prostitución en 2018. Una mujer abolicionista se enzarzó con un reconocido cliente de servicios sexuales: "Nosotras hablamos con las prostitutas y no abusamos de ellas como hace usted que es un violador de mujeres”. La frase acabó en un Juzgado y tanto la mujer como la cadena televisión fueron acusadas por el hombre, que se prodigó aquellos días en los medios bajo la presentación de “el putero de Podemos”. La sentencia ha resultado absolutoria al no apreciar el juez un delito de calumnias.

La resolución a la que ha tenido acceso El Confidencial dice que le llamó violador, pero no precisó “el hecho concreto que le imputa”. Se hace eco de que en el vídeo “se transmite tensión” y que “no existe el ánimo de difamar de la acusada, que de una forma inadecuada e incluso irrespetuosa, hace la expresión, pero esta frase no es constitutiva del delito de calumnias”. “Por eso no es calumnia, en principio, llamar a otra persona estafador o ladrón, si no se le atribuyen específicamente hechos que sean constitutivos de tales figuras penales”, explica el juez de lo Penal número 23 de Madrid, Juan Antonio Toro.

“Se reconoce que la acusada no tuvo la prudencia exigida en un programa televisivo en directo”, pero no aprecia motivos suficientes para condenarla penalmente. Se hace eco de que el propio denunciante contestó con otra frase de lo que se desprende que no tomó en consideración el comentario: “Me lo voy a tomar de donde viene y de quien viene”. También destaca la intervención de la presentadora, Susana Griso, quien enmarcó la reacción de la contertulia en “un calentón del momento”.

“La frase puede ser objeto de indemnización en el ámbito civil”

No obstante, el juez sí advierte de que “la frase puede ser objeto de indemnización en el ámbito civil”. El denunciante anuncia un recurso ante esta sentencia. Sobre el debate de la libertad de expresión, la resolución estipula que sus límites “se amplían de forma considerable cuando la crítica se hace en el ámbito político”. “Ciertos excesos son permisibles siempre que aparezcan como una forma de reforzar la crítica, aunque sea destemplada, exagerada, abrupta o ácida”, matiza.

El juez dice que tampoco existe intencionalidad de calumniar –atribuir un hecho injurioso a sabiendas de su falsedad– por parte de la acusada. Se basa en que el invitado apareció en distintos medios de comunicación escrita presentado como “un putero de Podemos defiende en prensa su derecho a comprar mujeres”.

Susana Griso declaró ante el juez que ella no entendió la frase como un ataque personal, sino ideológico. Recordó que cortó dos veces el programa para ir a publicidad y que en ningún momento el denunciante le pidió una rectificación de la tertuliana. De hecho, la presentadora contó que el joven dijo que no iba a “tener en cuenta” las palabras de la denunciada porque representa al “feminismo radical”. Aclaró que ninguno de los invitados cobró.

La acusada fue al espacio televisivo acompañada de otra mujer para presentar un vídeo contra la prostitución. Esta acompañante declaró también ante el juez que el denunciante “iba contra ellas” y que “estuvo provocando”. Le pareció que su compañera “estaba ofendida, y defendía su posición ideológica”, pero “no quería acusar de un delito al querellante”, quien “no le dijo nada de una querella”, sino que “se río” por lo que “no lo vio como una calumnia”.

Por su parte, el representante legal de Antena 3 Televisión dijo en su defensa que, a diferencia de los programa en diferido, los espacios que son en directo –como fue el día de los hechos– no hay asesores para decirle al presentador cuándo debe parar un programa. Al no apreciar la existencia de delito penal por parte de la tertuliana, el juez absuelve también a la cadena.

Le afectó laboralmente

El denunciante –que fue expulsado del juicio “por su inadecuado comportamiento”-- reivindicó ante el juez que participó en el programa con la intención de defender su punto de vista y que no faltó al respeto a ninguno de los tertulianos ni insultó a nadie. Se quejó de que el insulto le afectó a su vida “gravemente, tanto personal, como familiar y laboralmente”.

Precisó que a su hijo en el colegio le decían que su padre era un violador y reivindicó que no tiene antecedentes de ningún tipo. Sobre el apelativo de “el putero de Podemos”, manifestó que es una denominación usada por el periodista. En sus intervenciones, él no tenía reparos en presentarse como militante de la formación morada y criticar la posición de su partido en materia de prostitución.

La acusada manifestó que sólo conocía al hombre por las declaraciones en los medios de comunicación, aclaró que no se refería a un juicio legal, sino a una opinión personal, pero en el sentido de la ética y moral. No obstante, defendió que a su juicio los clientes de la prostitución hacen un abuso de poder. Se definío como una activista contra la prostitución. Acudió a la televisión junto a su compañera para presentar un vídeo titulado “Hola putero” en el que se defendía la abolición de los servicios sexuales y se ponía el acento en el cliente.

El plató del programa Espejo Público de Antena 3 albergó un acalorado debate sobre la prostitución en 2018. Una mujer abolicionista se enzarzó con un reconocido cliente de servicios sexuales: "Nosotras hablamos con las prostitutas y no abusamos de ellas como hace usted que es un violador de mujeres”. La frase acabó en un Juzgado y tanto la mujer como la cadena televisión fueron acusadas por el hombre, que se prodigó aquellos días en los medios bajo la presentación de “el putero de Podemos”. La sentencia ha resultado absolutoria al no apreciar el juez un delito de calumnias.

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