Es noticia
Alberto Rodríguez recurre la sentencia que le dejó sin escaño en el Congreso
  1. España
Ante el TC

Alberto Rodríguez recurre la sentencia que le dejó sin escaño en el Congreso

La defensa del exdiputado destaca el daño provocado por la pena accesoria de inhabilitación del derecho de sufragio pasivo que le generó su salida de la Cámara Baja

Foto: Alberto Rodríguez. (EFE/Zipi)
Alberto Rodríguez. (EFE/Zipi)

El exdiputado Unidas Podemos Alberto Rodríguez ha presentado este viernes, unas horas después de que su escaño del Congreso de los Diputados resultara determinante en la crisis parlamentaria generada por la votación sobre la reforma laboral, un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional en contra de la sentencia del Tribunal Supremo que le provocó la pérdida de su condición de diputado. En el escrito al que ha tenido acceso El Confidencial, la defensa del canario destaca el daño provocado por la pena accesoria de inhabilitación del derecho de sufragio pasivo que le generó su salida de la Cámara Baja.

El Supremo condenó el pasado octubre al parlamentario por un delito de atentado a la autoridad al considerar probado que dio una patada a un policía durante una protesta en 2014. La sentencia le aplica la atenuante de dilaciones indebidas en el proceso y la pena de cárcel se sustituyó por una multa de 540 euros, pero con la accesoria de inhabilitación para ser elegido cargo público durante el tiempo de condena. La interpretación que la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, realizó de esta última precipitó su salida y causó una crisis cuyos ecos llegaron a la accidentada votación de este jueves que se saldó a favor de los intereses del Gobierno tras el error de un diputado del PP. Podemos no ha sustituido a Rodríguez y su escaño, por tanto, permanece vacío restando un voto que, ante casos como el de la última votación, resulta trascendental.

Foto: Alberto Rodríguez. (EFE/Ramón de la Rocha)

En su recurso, Rodríguez considera que la condena vulneró sus derechos fundamentales al juez imparcial, a la presunción de inocencia, a la tutela judicial efectiva por vulneración del principio de legalidad, los derechos de reunión y manifestación, el derecho de representación política y el principio de proporcionalidad. A su vez, estima también infringidos los artículos 6, 7 y 11 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales.

El escrito destaca que el presente asunto "trasciende del caso particular, planteando una cuestión jurídica relevante y de repercusión social con carácter general" y destaca el alcance de la condena impuesta que, según defiende, provocó que la pena accesoria resultara más lesiva que la principal. Para Rodríguez, la condena ha supuesto "una privación de un derecho político que afecta a más de 64.000 electores de su circunscripción".

Reclama al TC que declare vulnerados sus derechos, decrete la nulidad y que "revoque todos los efectos lesivos de dichas vulneraciones"

En él, acusa, además, al tribunal del TS de no haber sido imparcial a la vista del reproche efectuado por la mayoría de los miembros de la Sala Segunda del Tribunal Supremo acerca de determinadas expresiones “inapropiadas” vertidas en el uso del derecho a la última palabra que quedaron reflejadas en la resolución. Destaca también la falta de prueba suficiente en su contra.

Su abogado, Gonzalo Boye, apunta que en la vista solo se escuchó un testimonio único de cargo, "que no describe suficientemente los hechos" y adolecía de una "ostensible falta de corroboración objetiva". También se vulneró, dice el recurso, su derecho de libertad de expresión y de manifestación, "dada la arbitrariedad padecida" por ser activista. "Se ha visto sometido a este procedimiento y ha sido condenado, sin la más mínima prueba, con el fin de criminalizar la protesta social", agrega.

Por todo ello, reclama al TC que declare vulnerados sus derechos y decrete la nulidad de la resolución y que "revoque todos los efectos lesivos de dichas vulneraciones".

La patada al agente

La sentencia impugnada se apoyaba en lo ocurrido el 25 de enero de 2014, cuando el entonces ministro José Ignacio Wert acudió a La Laguna (Tenerife) a inaugurar la catedral, y Rodríguez participó en una protesta de rechazo a la LOMCE. “En el curso de los enfrentamientos físicos que, como consecuencia de la actitud violenta de algunos de los congregados, tuvieron lugar entre estos y agentes policiales, el acusado Alberto Rodríguez Rodríguez (…), que en ese momento se encontraba entre los primeros, propinó una patada en la rodilla al agente”, explica el fallo.

Foto: El diputado de Unidas Podemos, Alberto Rodríguez. (EFE/Ramón de la Rocha)

El diputado de Unidas Podemos resultó absuelto de un delito leve de lesiones como consecuencia de la despenalización de las faltas en 2015, pero tendrá que pagar 50 euros como indemnización de responsabilidad civil al agente. El Supremo argumenta que, para determinar la agresión, la principal prueba que ha tenido en cuenta es la versión del policía afectado, que “en sus declaraciones no expresó duda alguna respecto a que el acusado fue quien le propinó, voluntariamente, una patada en su rodilla izquierda, en el curso de los incidentes que tuvieron lugar”.

“Tal declaración aparece corroborada por el hecho de haber acudido inmediatamente después de los sucesos a recibir asistencia médica y por la temprana identificación policial del acusado como autor de los hechos", concluyen los magistrados. "La credibilidad del testigo viene avalada, además, por la persistencia en la versión mantenida desde el principio y por la inexistencia de cualquier clase de animadversión contra el acusado”. Frente a esta decisión, los magistrados Susana Polo y Leopoldo Puente han formulado un voto particular para desmarcarse de sus cinco compañeros y defender que debería haber sido absuelto porque las pruebas están “muy lejos” de ser suficientes.

El exdiputado Unidas Podemos Alberto Rodríguez ha presentado este viernes, unas horas después de que su escaño del Congreso de los Diputados resultara determinante en la crisis parlamentaria generada por la votación sobre la reforma laboral, un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional en contra de la sentencia del Tribunal Supremo que le provocó la pérdida de su condición de diputado. En el escrito al que ha tenido acceso El Confidencial, la defensa del canario destaca el daño provocado por la pena accesoria de inhabilitación del derecho de sufragio pasivo que le generó su salida de la Cámara Baja.

Alberto Rodríguez Tribunal Supremo Tribunal Constitucional