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El TSJ de Aragón suspende de forma cautelar el protocolo sobre cuarentenas en colegios
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DA TRES PARA PRESENTAR ALEGACIONES

El TSJ de Aragón suspende de forma cautelar el protocolo sobre cuarentenas en colegios

El tribunal atiende parte del recurso interpuesto por la Asociación Liberum junto a profesores y padres, quienes denunciaban una discriminación entre vacunados y no vacunados

Foto: Foto: EFE/Ángel Medina G.
Foto: EFE/Ángel Medina G.

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha suspendido de forma cautelar dos apartados del protocolo de Educación ante la aparición de casos de covid-19 en los colegios de la comunidad. En ellos se hacía referencia a las "actuaciones" a seguir e imponía cuarentenas de siete días a los contactos estrechos que no estuvieran vacunados.

“Excede con creces los límites de lo que debe ser una instrucción, imponiendo a terceros determinadas pautas y actuaciones obligatorias y estableciendo luego ciertas exenciones por razón de vacunación”, advierte el tribunal. La Fiscalía y el Gobierno de Aragón tienen ahora tres días para presentar sus alegaciones. El Ejecutivo aragonés ya ha anunciado su intención de recurrir y ha explicado que el Departamento de Educación ha seguido los criterios marcados en el ámbito nacional en el Consejo Interterritorial de Salud, de acuerdo con fuentes del Gobierno.

Foto: Varios padres con sus hijos esperan para realizarse TAR y PCR en el Centro de Atención Primaria de Villa Olímpica, en Barcelona. (EFE/Alejandro García)

Los magistrados atienden así parcialmente el recurso interpuesto por la Asociación Liberum junto a profesores y padres de alumnos, quienes denunciaban una discriminación entre vacunados y no vacunados. La conclusión del tribunal frente a este tipo de medidas es tajante: “Han de imponerse única y exclusivamente por las autoridades en salud pública con competencia y por criterios estrictamente médicos que aquí echamos en falta de forma absoluta y no pueden venir reguladas en decisiones como una instrucción o un protocolo, que no tiene rango normativo”. Al afectar a derechos fundamentales, consideran que debería haberse dictado "una norma con rango suficiente".

Los apartados suspendidos

Los apartados que se suspenden de forma cautelar son los que hacen referencia a las "actuaciones ante la confirmación de un positivo en los centros de educación especial" y a las "actuaciones ante la confirmación de positivos covid en profesorado y otro personal del centro". Ambos incluyen párrafos similares a la hora de explicar cómo deben actuar los contactos estrechos de un positivo, diferenciando para ello entre vacunados y no vacunados:

  • "Los contactos estrechos vacunados con pauta completa estarán exentos de cuarentena con las excepciones que se recogen en la estrategia de detección precoz, vigilancia y control de covid-19 del 22 de diciembre".
  • "Para los contactos estrechos identificados que no estén con la pauta completa de vacunación, la duración de la cuarentena será de siete días siempre y cuando no desarrollen síntomas durante este periodo. En los siguientes 10 días tras el último contacto deberán extremar las medidas de protección (utilización de mascarilla, limitación del número de contactos sociales…). La información respecto a la pauta de vacunación se puede consultar en Educovid".

Pese a ello, las actuaciones a seguir variaban entre los centros de educación especial y el resto en lo que se refiere a la "prueba diagnóstica de infección activa". En el primer caso, apuntaba a que "se priorizará" su realización tanto con vacunados como con no vacunados, mientras que en el resto de centros solo extendía esta exigencia "a personas vulnerables".

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha suspendido de forma cautelar dos apartados del protocolo de Educación ante la aparición de casos de covid-19 en los colegios de la comunidad. En ellos se hacía referencia a las "actuaciones" a seguir e imponía cuarentenas de siete días a los contactos estrechos que no estuvieran vacunados.

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