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El TS cierra la puerta a la participación de Vox en los debates electorales de CyL
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Por no tener grupo parlamentario

El TS cierra la puerta a la participación de Vox en los debates electorales de CyL

La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha rechazado este jueves el recurso de la formación de Abascal que no estará en las dos citas de los próximos días

Foto: Mitin de Vox en León. (EFE / J.Casares)
Mitin de Vox en León. (EFE / J.Casares)

La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha rechazado este jueves el recurso presentado por Vox contra su exclusión de los debates electorales durante la campaña de Castilla y León. Los magistrados consideran que no procede acordar como medida cautelar la participación de la formación política en aquellos previstos para el 31 de enero y 9 de febrero, por no reunir las condiciones exigidas en la ley electoral de Castilla y León, es decir, por carecer de grupo parlamentario propio.

"Los candidatos a la presidencia de la Junta de Castilla y León de las formaciones políticas que tengan grupo parlamentario propio en las Cortes de Castilla y León deberán celebrar, al menos, dos debates públicos durante la campaña electoral", establece el artículo 31 Bis de la ley Electoral de Castilla y León.

Foto: Mañueco, candidato del PP; Gallardo, de Vox y Fernández, de Unidas Podemos (EFE/Hidalgo/Gallego/Alvarado)

La formación de Santiago Abascal recurrió al alto tribunal el acuerdo de la Junta Electoral del pasado 20 de enero que había confirmado que no participarían. El organismo realizó la misma interpretación que ahora confirma el Supremo y apuntó a que la norma se muestra muy clara a la hora de determinar que solo pueden participar aquellos que hayan tenido grupo propio en la legislatura terminada.

La Sala Tercera acuerda, además, que por la administración electoral debe ahora asegurarse que las medidas establecidas por esta ausencia "respondan al principio de información compensatoria suficiente establecido en el punto tercero de la Instrucción 1/2019 de la Junta Electoral de Castilla y León". La exclusión afecta también a Unidas Podemos, que tampoco cuenta con grupo parlamentario.

El recurso de Vox

En su recurso, Vox incidía en el criterio de la Junta Electoral Central y, en concreto, en el acuerdo del 9 de mayo de 2019 para mantener el pluralismo político y proporcionalidad, según el cual "se otorgaría información compensatoria suficiente a las formaciones que aún teniendo representación en las Cortes no tuvieran grupo parlamentario propio".

"La exigencia legal de dos debates de formato restringido en una campaña de 15 días hace difícil la celebración de otros debates más amplios de carácter general”, advertía. "Corresponde a las Juntas velar para que la información compensatoria sea realizada cumpliendo con los requisitos de pluralismo político y proporcionalidad que impone la LOREG".

La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha rechazado este jueves el recurso presentado por Vox contra su exclusión de los debates electorales durante la campaña de Castilla y León. Los magistrados consideran que no procede acordar como medida cautelar la participación de la formación política en aquellos previstos para el 31 de enero y 9 de febrero, por no reunir las condiciones exigidas en la ley electoral de Castilla y León, es decir, por carecer de grupo parlamentario propio.

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