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El juez de Neurona subraya los indicios de delito y cuestiona los pagos de Podemos
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rechaza los recursos de los investigados

El juez de Neurona subraya los indicios de delito y cuestiona los pagos de Podemos

El instructor del caso Neurona, Juan José Escalonilla, recuerda que solo se ha podido acreditar que la agencia mexicana cubrió una pequeña parte de los actos electorales de Podemos en las generales de abril de 2019

Foto: Ione Belarra, secretaria general de Podemos, en un acto del partido del pasado 15 de enero. (EFE)
Ione Belarra, secretaria general de Podemos, en un acto del partido del pasado 15 de enero. (EFE)

El instructor del caso Neurona, Juan José Escalonilla, ha desestimado los recursos de reforma interpuestos por Podemos y dos de sus dirigentes contra el auto que dictó el pasado noviembre acordando que un experto independiente evaluara económicamente los trabajos que el partido contrató con la agencia de origen mexicano para su campaña de las elecciones generales de abril de 2019 y por los que pagó 363.000 euros más IVA.

El juez acordó la pericial ante los indicios de que Podemos habría inflado el importe de las facturas de Neurona para desviar fondos electorales a entidades de Sudamérica. El partido; el tesorero de la formación, Daniel de Frutos, y el exjefe de Gabinete de Pablo Iglesias, Juanma del Olmo, reaccionaron al auto alegando que no tenía sentido evaluar los trabajos de Neurona porque, a su juicio, ya se había acreditado que empleados de esta agencia desplazados a España realizaron centenares de vídeos e imágenes para la campaña electoral del partido. Asimismo, Podemos aseguró que durante la instrucción se ha dado más importancia a las diligencias “que servían para denunciar los hechos” que a los que “servían para negarlos”.

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En tres autos dictados el pasado 19 de enero para responder a cada uno de los recursos de reforma y a los que ha tenido acceso El Confidencial, el juez Escalonilla niega que se haya producido un trato dispar de las pruebas, recordando que la documentación aportada por Podemos se tuvo en cuenta para confirmar, por ejemplo, “los viajes, hospedajes e identidad de las personas que contratadas por Neurona Consulting SA de CV se desplazaron a España para prestar los servicios objeto del contrato”.

“Lo que no puede en modo alguno admitirse es considerar como indiciariamente acreditado”, señala el juez, “que el contenido de la memoria externa aportada por dicha recurrente [Podemos], que contiene 3.236 archivos y 165 subcarpetas con un tamaño total de 50,1 GB, se corresponda con los servicios prestados por los trabajadores de Neurona Consulting S.A. de CV”. El magistrado recuerda que los investigadores de la UDEF han determinado que, de todo ese material, los empleados de Neurona únicamente fueron autores de 48 vídeos y 48 diseños gráficos, y cubrieron tan solo siete actos electorales, una pequeña parte de los mítines que celebró el partido.

En opinión del instructor del caso, las diligencias han permitido aflorar discordancias entre el objeto del contrato de servicios que suscribió Podemos con Neurona el 27 de febrero de 2019, el contenido de las facturas emitidas a Neurona por una mercantil mexicana llamada Creative Advance Interactive Group SA y que acabó recibiendo el grueso del dinero abonado por el partido, la factura presentada por la coalición electoral Unidas Podemos ante el Tribunal de Cuentas para justificar sus gastos y los únicos trabajos que constan indiciariamente como efectivamente realizados por los trabajadores de Neurona. Esas discrepancias obligan a “proceder a la determinación del precio o coste de los servicios prestados por dichos trabajadores, a los efectos de determinar si se compadecen con los 363.000 euros más IVA abonados por la coalición Unidas Podemos en base a dicho contrato”, sostiene el juez.

El auto rechaza que, como argumenta Podemos, los testigos hayan avalado la participación de Neurona en la cobertura de su campaña electoral

Podemos pretendía que el magistrado tomara como referencia del precio de los trabajos tasado por un informe pericial que presentó su defensa, pero el juez también desestima esa posibilidad, considerando que es necesario que lo haga una mercantil independiente, “que haya participado en campañas electorales, y que por lo tanto tenga experiencia suficiente de cara a valorar dichos servicios”.

Además, el auto rechaza que, como argumenta Podemos, los testigos hayan avalado la participación de Neurona en la cobertura de su campaña electoral. “En contra de lo que alega [el partido], Mikel Oibar Cano afirmó que ‘Neurona no trabajó en la cobertura de los actos electorales’; e igualmente Guillermo Magariños, coordinador del equipo de campaña electoral, manifestó que fueron contratados puntualmente para grabar algún acto, tratándose dichos trabajadores de Franco Bertozzi y de Alejandro Neyra, constando que únicamente se llevó a cabo la cobertura de siete actos electorales”, expone el instructor del caso.

Sobre otros dos aspectos que formaban parte de los servicios pactados por Podemos con Neurona en el contrato firmado el 27 de febrero de 2019, elaboración de líneas estratégicas de precampaña electoral” y “cobertura gráfica y audiovisual de la precampaña electoral”, el auto señala que “no sólo no cabe entender que dichos servicios puedan ser cubiertos con cargo al numerario existente en una cuenta electoral como gasto electoral, sino que además no consta indiciariamente acreditado que [los trabajadores de Neurona] realizaran dichos servicios”.

El instructor del caso Neurona, Juan José Escalonilla, ha desestimado los recursos de reforma interpuestos por Podemos y dos de sus dirigentes contra el auto que dictó el pasado noviembre acordando que un experto independiente evaluara económicamente los trabajos que el partido contrató con la agencia de origen mexicano para su campaña de las elecciones generales de abril de 2019 y por los que pagó 363.000 euros más IVA.

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