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La Justicia apoya la vacunación a los niños en los casos de discrepancia entre sus padres
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Se espera un aluvión de denuncias

La Justicia apoya la vacunación a los niños en los casos de discrepancia entre sus padres

La especial vulnerabilidad de los menores a quienes se dirige la nueva campaña provoca dudas en las familias e incrementará la intervención de los tribunales para resolver los enfrentamientos

Foto: Una enfermera vacuna a un niño este miércoles en Vitoria. (EFE)
Una enfermera vacuna a un niño este miércoles en Vitoria. (EFE)
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Los Juzgados de familia se preparan estos días para una segunda ola relacionada con el covid. La vacunación de los menores de entre 5 y 11 años dará lugar a un aluvión de solicitudes de autorización o de paralización judicial de la inoculación de las dosis en aquellos casos en los que existe discrepancia entre los padres sobre si sus hijos deben o no inmunizarse. Las dudas se incrementan al tratarse de la población más vulnerable y las diferencias de criterio, sobre todo en parejas separadas o divorciadas, obligan a la Justicia a pronunciarse.

El inicio de la campaña en todas las comunidades autónomas esta semana ha supuesto el pistoletazo de partida. No pilla, sin embargo, desprevenidos a los jueces porque ya se vivió algo similar el pasado verano, cuando comenzaron a inyectarse los sueros en los mayores de 12 años. En un abrumador número de casos, los tribunales fallaron entonces a favor del tutor favorable a vacunar y lo hicieron teniendo en cuenta las recomendaciones de las autoridades sanitarias y la falta de evidencias que demuestren que existe peligro.

Las primeras sentencias sobre la cuestión comenzaron a publicarse a partir del pasado septiembre. Tribunales, primero de Barcelona y después de Alicante, dieron la razón al progenitor que quería vacunar frente al que se oponía. Fuentes jurídicas consultadas explican que para decidir en contra de una recomendación pública de esta magnitud, los magistrados necesitan indicios concretos de la existencia de un riesgo en el caso particular que estudian. De este modo, la única posibilidad de que se paralice cautelarmente la inyección, es que aquel que se oponga presente una pericial con datos precisos que acrediten el peligro para el menor por sus circunstancias específicas.

Foto: Una adolescente se hace una foto tras vacunarse. (EFE/Manuel Lorenzo)

"Como servidor público, un juez no puede dejarse llevar por su ideología y debe basarse en datos objetivos. Si las autoridades sanitarias recomiendan la vacunación de los menores de edad, la Justicia no es quien para cuestionarlo por prejuicios y sin datos objetivos", explica una magistrada de familia consultada. La voluntad de un padre no es en ningún caso condición para que se haga dudar de la autorización.

Los jueces aceptan dirimir este tipo de casos a regañadientes. "Se debe destacar también que el orden legal, en su actuación por medio de los tribunales de justicia, carece de la capacidad de erigirse en ente sustitutivo de las responsabilidades paternas y maternas filiales en muchos ámbitos. La judicialización de estos conflictos es, cuanto menos, inapropiada", dice una de las sentencias consultada.

"Incertidumbre y reacciones"

De hecho, la resolución pionera no entró a discutir la conveniencia o inconveniencia y se limitó a asignar la responsabilidad de la decisión a uno de los progenitores. El que quería vacunar, eso sí. El padre manifestó su rechazo a la vacunación por la "incertidumbre" sobre la eficacia de los fármacos y por las posibles reacciones. Sus hijos explicaron a la jueza que no querían recibir los pinchazos porque el padre les hablaba de los "efectos negativos" de los preparados, aunque no supieron concretar cuáles eran esas consecuencias. Según la resolución, el padre no argumentó su oposición a la vacuna "más allá de información que parece haber recogido en internet y redes sociales".

Una segunda jueza, en este caso de Alicante, se pronunció posteriormente con argumentos similares. La magistrada destacó que prevalecen los dictámenes a favor de la vacunación de menores emitidos tanto por la Agencia Europea del Medicamento como por parte del Ministerio de Sanidad, y el deseo de la menor de inmunizarse frente a la opinión del padre, que cuestionaba los beneficios de las vacunas, según recoge la sentencia. La niña, que ya había recibido la primera dosis antes del juicio, fue inoculada por segunda vez un día después de la emisión del fallo, informó la prensa alicantina.

Foto: Protestas contra la vacunación obligatoria en Viena. (Reuters/Lisi Niesner)

En aquel caso, el padre y la madre estaban separados y él denunció tras conocer que su exmujer había inmunizado a la niña. Sus alegaciones volvían a ser, como en el primer caso, genéricas. "Las vacunas están en fase experimental, que en los estudios practicados no se habían introducido a menores, que no consta prescripción médica ni receta o que no hay consentimiento informado", relata la sentencia que adelantó 'Alicante Plaza'. También aducía que la menor "padecía un desorden genético" sin prescripción facultativa y dudaba de si los efectos secundarios de los sueros podían constituir una agravante. Y finalmente, siempre según el fallo, "cuestionaba los beneficios de la vacunación en menores".

La conclusión fue parecida. El padre no aportó prueba alguna tendente a acreditar que las circunstancias de la menor, "por la patología que refiere", supusieran en realidad "un riesgo" para su vacunación. Y, por último, tuvo en cuenta que la niña, "de forma libre y voluntaria", expresó "su deseo, voluntad y preferencia" de ser inmunizada contra el covid. La jueza atribuyó a la madre la capacidad de decisión un día antes de la segunda cita de la niña para vacunarse.

Sin audiencia

Pese a todo, existen diferencias con el caso de los mayores de 12 años cuya madurez les permite ser escuchados por los jueces y que se tenga en cuenta su voluntad. Sin embargo, en el caso de los menores en la franja que acaba de comenzar, esa "madurez" es menos evidente y su determinación queda sustituida por la de sus padres. Los mayores de 16 pueden decidir por sí mismos en aplicación de la Ley de Autonomía del Paciente que especifica que a partir de esa edad, el consentimiento no es adoptado por representación.

Otra muestra del aval de la Justicia a la vacunación de los niños se ha producido esta misma semana. Dos Tribunales Superiores distintos, el de Extremadura y el de Valencia, han rechazado suspender de forma cautelar el proceso que, en esas comunidades, se lleva a cabo en los centros escolares y no médicos. Asociaciones de padres y varios particulares impugnaron la decisión al considerar que los colegios no cumplen las garantías necesarias para que la inmunización sea segura. Ambos tribunales recordaron, sin embargo, que la vacunación no es obligatoria en España y depende así de una elección personal que no supone un quebranto de derechos.

Los Juzgados de familia se preparan estos días para una segunda ola relacionada con el covid. La vacunación de los menores de entre 5 y 11 años dará lugar a un aluvión de solicitudes de autorización o de paralización judicial de la inoculación de las dosis en aquellos casos en los que existe discrepancia entre los padres sobre si sus hijos deben o no inmunizarse. Las dudas se incrementan al tratarse de la población más vulnerable y las diferencias de criterio, sobre todo en parejas separadas o divorciadas, obligan a la Justicia a pronunciarse.

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