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El TS condena a un año de prisión a cinco sargentos por vejar y acosar a su compañera
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LA INSULTABAN POR SU CONDICIÓN SEXUAL

El TS condena a un año de prisión a cinco sargentos por vejar y acosar a su compañera

Se dirigían a ella con bromas e insultos reiterados como "minion", "enana" y "rata". Otro de sus compañeros la insultaba por su condición sexual: "Es lesbiana y gandula", decía

Foto: Tenientes del Ejército de Tierra. (EFE)
Tenientes del Ejército de Tierra. (EFE)

La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha condenado a cinco sargentos a un año de prisión por acosar laboral y profesionalmente a una compañera, que sufrió comentarios con desdén, menosprecio y vejaciones continuas durante un año por su condición sexual.

Así, los acusados cuestionaban su preparación y profesionalidad hasta crear una burla generalizada hacia la sargento con comentarios despectivos para referirse a ella: "Chihuahua", "grandula", "minion", "rata", "hombre frustrado en cuerpo de mujer" o "lesbiana", decían.

Los hechos ocurrieron entre 2015 y 2016 en la Batería Mistral de Regimiento de Artillería de Campaña 93 de Tenerife, donde estaban destinados. Ahora, el juez ha estimado el recurso de la Fiscalía contra la sentencia del Tribunal Militar Territorial Quinto, de 30 de octubre de 2020, que liberó a los sargentos del Ejército de Tierra por no considerar los hechos como "acoso".

Foto: El presidente del Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes. (EFE)

El alto tribunal avala un año de prisión para los cinco integrantes del Ejército, suspensión militar de empleo y pérdida de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena de cada uno y una indemnización de 15.000 euros por daños morales a la sargento. Sin embargo, la sentencia no impone su salida del ámbito de las Fuerzas Armadas.

Los delitos han sido probados y tipificados en el marco relativo al "ejercicio de los derechos fundamentales y las libertades públicas", reflejado en el artículo 50 del Código Penal Militar dentro de la modalidad de acoso laboral y profesional.

Insultos y humillaciones por su condición sexual

Durante los meses que la sargento permaneció en Tenerife, sus compañeros se burlaban de ella de "forma regular" cuando la víctima no estaba presente. En una ocasión, utilizaron la expresión "hombre frustrado en cuerpo de mujer" o "minion", cuando veían que la militar se aproximaba al Cuerpo de Guardia.

Además, cuando estaba en el hangar de la Batería otro de sus compañeros decía que "había muchas ratas", refiriéndose a ella. Pero las vejaciones continuaron todavía más cuando otro de los acusados se dirigía a la víctima a sus espaldas como "gandula y lesbiana" achacando su condición sexual y cuestionando las actuaciones que realizaba.

Pero la situación se agravaba cuando sus compañeros la desprestigiaban y la desautorizaban profesionalmente delante de subordinados. Los condenados tenían un chat de WhatsApp, en el que no estaba la sargento, donde se mofaron después de que uno de ellos subiera una foto de ella junto con un "minion" —de los de la película 'Gru, mi villano favorito'—.

Foto: Maniobra militar. (EFE)

La sargento no denunció lo ocurrido, sino que, cuando declaró en otro procedimiento judicial, las autoridades decidieron investigar los hechos. Además, estuvo de baja y se reincorporó días previos a su cambio de destino.

Los cinco acusados fueron absueltos por el Tribunal Militar Territorial después de que un juez militar considerara que "las conductas protagonizadas por los procesados (...) no integraban un delito relativo al ejercicio de los derechos fundamentales y las libertades públicas, (...) consistente en la realización de actos de acoso tanto sexual y por razón de sexo como profesional".

Por otro lado, entendió que los delitos no encajaban en la tipología de acoso profesional o discriminación, que tiene lugar cuando se agrede el bienestar de otra persona mediante "sentimientos de vejación, humillación y cosificación".

El Supremo declara que existe delito de acoso y remarca la reiteración de forma "grave"

Los mandos de la Unidad "no corrigieron ni se enteraron de lo que sucedía" con la sargento, a pesar de que la actuación de los suboficiales era conocida "hasta por la tropa", según recoge la sentencia. Por ello, el Supremo declara que existe delito de acoso y remarca la reiteración "grave".

"Efectivamente, determinadas conductas realizadas en la vida civil pueden calificarse como intrascendentes penalmente, mientras que los mismos hechos en el ámbito castrense exigen una respuesta punitiva de mayor gravedad atendiendo a los principios que rigen en el ámbito de las Fuerzas Armadas y la Guardia Civil", apunta el escrito.

El juez ha incidido en que el comportamiento daña "las reglas de conducta de un militar" y merma "una relación normal de convivencia". Así, ha subrayado la importancia de condenar estos hechos, dada su "gravedad" porque "no pueden quedar en un mero reproche disciplinario".

La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha condenado a cinco sargentos a un año de prisión por acosar laboral y profesionalmente a una compañera, que sufrió comentarios con desdén, menosprecio y vejaciones continuas durante un año por su condición sexual.

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