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Pulso entre Marchena y Batet: el TS pregunta por la inhabilitación fantasma de Rodríguez
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Tras la condena del diputado de UP

Pulso entre Marchena y Batet: el TS pregunta por la inhabilitación fantasma de Rodríguez

El presidente de la Sala de lo Penal pide que remita al Supremo el informe sobre la fecha del inicio de cumplimiento de la pena "con la finalidad de realizar la liquidación de su condena"

Foto: Marchena junto a Batet. (EFE)
Marchena junto a Batet. (EFE)

La decisión de la Mesa del Congreso de mantener en su escaño al diputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez pese a estar condenado en firme a una inhabilitación ha provocado este miércoles la reacción del Supremo. El presidente de la Sala de lo Penal, Manuel Marchena, se ha dirigido a la presidenta del Congreso de los Diputados, Meritxell Batet, para que remita al tribunal el informe sobre la fecha del inicio de cumplimiento de la pena de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo impuesta. Lo reclama "con la finalidad de realizar la liquidación de su condena".

La Sala de lo Penal condenó a Alberto Rodríguez como autor de un delito de atentado a agentes de la autoridad, con la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas, a la pena de un mes y 15 días de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena. En su sentencia, acordó la sustitución de la pena de prisión por una de multa de 90 días con cuota diaria de 6 euros. El oficio se ha enviado al Congreso de los Diputados a través de la presidencia del Tribunal Supremo.

Foto: Alberto Rodríguez, diputado de UP. (EFE)

La decisión adoptada con los votos de Unidas Podemos y del PSOE ha provocado desconcierto y malestar en el alto tribunal. Además de esas pocas semanas de cárcel, la sentencia dictada hace unas semanas incluye la accesoria de inhabilitación para el sufragio pasivo, es decir, la prohibición de que Rodríguez sea elegido cargo público durante el tiempo de condena. La noticia cayó en el Supremo como un jarro de agua fría. De la incredulidad inicial se pasó a la indignación. "No están acatando la sentencia, la están reinterpretando", indican fuentes jurídicas consultadas.

La reinterpretación a la que se refiere el Supremo es la alcanzada por los letrados de la cámara y avalada por seis de los nueve miembros de la mesa que se apoya en la sustitución de la pena de cárcel por una multa de 540 euros. La mayoría formada por los partidos del gobierno sostiene que la pena privativa de libertad, que sí hubiera conllevado que Rodríguez perdiera el escaño, no llegó "a nacer en ningún momento" al haber sido sustituida desde su origen por una sanción económica.

Sin embargo, el hecho de que no se ejecute el ingreso en la cárcel no significa ni que la pena desaparezca ni que nunca llegara a dictarse, recuerdan las fuentes consultadas. En aplicación del Código Penal, el Supremo sustituyó (no eliminó ni borró) la pena de prisión, que es inferior a tres meses, por una multa que ya ha sido abonada. Una muestra de que la condena sigue existiendo es que, en el caso de que esa sanción no se hubiera pagado, Rodríguez hubiera tenido que ingresar en la cárcel.

Foto: El diputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez. (EFE)

La multa tampoco reemplaza a la inhabilitación mencionada que debe interpretarse en aplicación de la Ley Orgánica del Régimen Electoral. Según establece la norma en su artículo 6.2 son inelegibles los condenados por sentencia firme a pena privativa de libertad, durante el período que dure la pena. El resultado final para Rodríguez es la entrega del acta. Una vez corre el turno y pese a que el periodo de condena es de solo unas semanas, el escaño no vuelve a recuperarse, explican juristas consultados.

Pese al patente malestar en el alto tribunal, las fuentes consultadas insisten en destacar que no es función del TS privar del escaño a nadie, esté condenado o no. El papel del tribunal acaba una vez se declara la citada causa de inelegibilidad sobrevenida. El PP, Ciudadanos y Vox han anunciado ya sin embargo que acudirán a la Sala para solicitar que se le aclare al Congreso que debe consumar la ejecución de forma correcta.

Otra de las vías para las formaciones que discrepan de la decisión, más eficaz y directa que la primera, es la de acudir a la Junta Electoral Central que ya ha intervenido en anteriores ocasiones cuando se ha requerido una interpretación de la ley electoral. La oposición en pleno se dirigirá a este órgano y lo más probable es que sea la decisión última de la JEC la que determine el futuro parlamentario del diputado de Podemos. La propia Loreg indica en el 6.3 que cuando después de ser elegido se pierden las condiciones obligatorias para ello, el afectado tendrá que dejar el cargo.

La decisión de la Mesa del Congreso de mantener en su escaño al diputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez pese a estar condenado en firme a una inhabilitación ha provocado este miércoles la reacción del Supremo. El presidente de la Sala de lo Penal, Manuel Marchena, se ha dirigido a la presidenta del Congreso de los Diputados, Meritxell Batet, para que remita al tribunal el informe sobre la fecha del inicio de cumplimiento de la pena de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo impuesta. Lo reclama "con la finalidad de realizar la liquidación de su condena".

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