La Audiencia Nacional da oxígeno a Marlaska y avala el cese de Pérez de los Cobos
El cese se precipitó tras la elaboración, por parte del Instituto Armado, de un informe sobre la manifestación del 8-M a petición del Juzgado de Instrucción número 51 de Madrid
La Sección Quinta de la Sala de Contencioso de la Audiencia Nacional ha sentenciado que la destitución del jefe de la Comandancia de la Guardia Civil de Madrid, el coronel Diego Pérez de los Cobos, fue legal. En una decisión que da oxígeno al ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, el tribunal estima el recurso de la Abogacía del Estado y revoca la resolución del pasado marzo del magistrado Celestino Salgado, quien dispuso que el cese no fue conforme a derecho y ordenó al Ministerio del Interior que dejara sin efecto el mismo.
La destitución de Pérez de los Cobos se precipitó tras la elaboración por parte de la Guardia Civil de un informe sobre la manifestación del 8-M a petición del Juzgado de Instrucción número 51 de Madrid. Las pesquisas ponían el foco en la actuación de la Delegación del Gobierno durante los primeros días de la pandemia y su decisión de autorizar manifestaciones como esta. En el foco se encontraba el entonces delegado del Gobierno en Madrid, el socialista José Manuel Franco.
Como destapó El Confidencial, la directora general del cuerpo, María Gámez, reconocía en un documento interno que el mando había relevado por "no informar del desarrollo de investigaciones y actuaciones de la Guardia Civil, en el marco operativo y de Policía Judicial, con fines de conocimiento", un razonamiento que el magistrado Celestino Salgado consideró "ilegal" el pasado marzo. La Sección Quinta de la Sala de Contencioso, sin embargo, corrige ahora esta resolución.
La nueva sentencia supone por tanto un espaldarazo al ministro Fernando Grande-Marlaska en este asunto. La instancia superior da la razón a la Abogacía del Estado en representación de Interior, que alegó que el coronel ocupaba un cargo de confianza y no se requería por ello justificación para el cese. "La pérdida de confianza es por la 'no información' del 'desarrollo', no del contenido, de 'investigaciones y actuaciones' llevadas a cabo por la Guardia Civil", sostiene el tribunal.
"Habiendo quebrado la confianza, no tiene sentido la declaración de reincorporación al destino, manteniendo al interesado en el mismo e imponiendo una relación profesional sustentada, además de en motivos reglados (idoneidad), también, en esa circunstancia subjetiva, como hemos declarado, es decir, por la pérdida de la confianza, cualidad que acompaña y mediatiza el nombramiento para dicho cargo y destino", concluye.
El tribunal contradice así la sentencia previa y su argumento de que el cese conllevó una "desviación de poder", para lo que destaca que "la Administración ha actuado conforme a la normativa específica". También considera que cuentan con "suficiente motivación" tanto la propuesta de cese de la directora general de la Guardia Civil como las resoluciones del secretario de Estado de Seguridad y la del ministro del Interior.
La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso apoya a su vez esta idea en la jurisprudencia del Tribunal Supremo: "En los supuestos de puestos de libre designación, declara que, si bien estamos en el ámbito de la discrecionalidad, lo que no cabe es la arbitrariedad en su ejercicio, de ahí la exigencia de una motivación suficiente, tanto de la designación como del cese", argumenta. Si el coronel había "quebrado la confianza" de sus superiores, considera que el cese fue conforme a derecho.
La Sección Quinta de la Sala de Contencioso de la Audiencia Nacional ha sentenciado que la destitución del jefe de la Comandancia de la Guardia Civil de Madrid, el coronel Diego Pérez de los Cobos, fue legal. En una decisión que da oxígeno al ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, el tribunal estima el recurso de la Abogacía del Estado y revoca la resolución del pasado marzo del magistrado Celestino Salgado, quien dispuso que el cese no fue conforme a derecho y ordenó al Ministerio del Interior que dejara sin efecto el mismo.