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El Supremo 'corrige' al TSJ de Aragón y da luz verde al toque de queda en cuatro municipios
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Huesca, Jaca, Monzón y Barbastro

El Supremo 'corrige' al TSJ de Aragón y da luz verde al toque de queda en cuatro municipios

El tribunal atiende la postura del Ejecutivo de Javier Lambán y apunta a que "las circunstancias concurrentes imprimen una especial urgencia en obtener un fallo definitivo"

Foto: El presidente de Aragón, Javier Lambán. (EFE)
El presidente de Aragón, Javier Lambán. (EFE)

El Tribunal Supremo ha atendido los argumentos del Gobierno de Aragón y ha dado luz verde a implementar el toque de queda en Huesca, Jaca, Monzón y Barbastro. Su sentencia contradice así el rechazo del Tribunal Superior de Justicia de esta comunidad, para lo que apunta a que las restricciones "se hallan justificadas por razones de salud pública y ante la necesidad de evitar la propagación de la pandemia". También destaca que la Ley de Salud Pública de Aragón "permite la aplicación de medidas restrictivas de derechos fundamentales".

"El artículo 75 de esta ley permite adoptar las medidas necesarias sobre, entre otras, las personas, con el objeto de contener el riesgo y proteger la salud pública", explica la sentencia del Supremo. "No restringe las medidas y queda claro que pueden ser limitativas de derechos fundamentales", y más cuando "el artículo 77 de la misma ley 5/2014 señala expresamente, en su apartado 5, que cuando las medidas especiales o cautelares recaigan sobre las personas, estas podrán consistir en el restablecimiento de restricciones en la libertad deambulatoria".

Foto: Una turista en Gran Canaria. (Reuters)

El TSJ apoyó su negativa en que los toques de queda fueron propuestos por el director general de Salud Pública, un órgano que sin duda es "competente para hacerlo, pero no ante esta Sala que no es, conforme al artículo 10.8 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (LJCA), la que debe adoptar lo solicitado, sino autorizar lo ya previamente adoptado". De esta manera, concluyeron que la adopción de las medidas cuya autorización se solicitaba incumbía a la consejera de Sanidad, Sira Repollés, como autoridad superior sanitaria.

El TSJ recordaba, además, que ya han planteado ante el Tribunal Constitucional una aclaración sobre este artículo de LJCA, a cuyo amparo se solicitaba la autorización de los toques de queda. Según argumentaban, dar luz verde a estas restricciones se volvía entonces imposible, pues deben esperar a la respuesta del tribunal de garantías.

Foto: Una turista en Gran Canaria. (Reuters)

En caso contrario, el Supremo advierte sobre las consecuencias que conllevaría la interpretación del TSJ: "No solo la suspensión de la nueva redacción del artículo 10.8 de la LJCA en esta comunidad autónoma, sino que, mientras no recaiga resolución en la cuestión de inconstitucionalidad, está privando a la administración autonómica de la posibilidad de utilizar el mecanismo, que, conforme a la legislación sanitaria, permite la adopción de medidas urgentes y necesarias".

Una vez rechazada esta idea y con la Ley de Salud Pública de Aragón como telón de fondo, el Supremo da por bueno el informe con el que el Gobierno autonómico avisaba sobre cómo, "en el contexto de la sexta onda epidémica en Aragón, los municipios de Huesca, Jaca, Monzón y Barbastro presentan una incidencia acumulada superior a la autonómica que, a fecha de 20 de julio, es de 453 casos por 100.000 habitantes".

El Tribunal Supremo ha atendido los argumentos del Gobierno de Aragón y ha dado luz verde a implementar el toque de queda en Huesca, Jaca, Monzón y Barbastro. Su sentencia contradice así el rechazo del Tribunal Superior de Justicia de esta comunidad, para lo que apunta a que las restricciones "se hallan justificadas por razones de salud pública y ante la necesidad de evitar la propagación de la pandemia". También destaca que la Ley de Salud Pública de Aragón "permite la aplicación de medidas restrictivas de derechos fundamentales".

Tribunal Supremo Javier Lambán