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Primera sentencia que reconoce el covid-19 como enfermedad profesional
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A UN AUXILIAR ADMINISTRATIVO

Primera sentencia que reconoce el covid-19 como enfermedad profesional

La titular del Juzgado de lo Social número 3 de Talavera de la Reina (Toledo) falla a favor de un auxiliar que se contagió de coronavirus y que sufrió secuelas respiratorias

Foto: Sanitarias aplauden durante la primera ola de covid en un hospital de Madrid. (Reuters)
Sanitarias aplauden durante la primera ola de covid en un hospital de Madrid. (Reuters)

Hasta ahora, no pasaba de ser una incapacidad temporal, pero, por primera vez en España, el covid-19 ha sido considerado una enfermedad profesional por la Justicia. Así se pronuncia una sentencia del Juzgado de lo Social número 3 de Talavera de la Reina (Toledo), que falla a favor de un auxiliar administrativo que trabajaba en un mostrador del hospital y que se contagió y sufrió secuelas respiratorias.

Según consta en la sentencia, el 13 de septiembre de 2020 solicitó su baja al dar positivo, que se prolongó hasta el día 22 de octubre, sufriendo durante este intervalo un "síndrome respiratorio agudo severo asociado al coronavirus". Un día después, el 23, inicia otra incapacidad laboral prescrita por su médico de cabecera con el diagnóstico de "disnea [sensación de falta de aire] y alteraciones respiratorias", que duró hasta que se emite el alta el 15 de enero de 2021.

[Consulte la sentencia al completo]

Como recalca la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), que ejerció su defensa, "tanto la Seguridad Social como la mutua colaboradora Solimat le denegaron el reconocimiento de la enfermedad profesional, fundamental para la futura protección en caso de secuelas graves o las indemnizaciones derivadas del fallecimiento". Esta catalogación, además, conlleva la cobertura de las posibles consecuencias del contagio durante toda la vida del trabajador.

Foto: El llamador de una cama de un hospital. (Pixabay)

Sin embargo, ahora, la juez Cristina Peño Muñoz sí da por probado que el sanitario sufrió un contagio recogido en el listado de infecciones "causadas por el trabajo de las personas que se ocupan de la prevención, asistencia médica y actividades en las que se ha probado un riesgo de infección" y que debe ser catalogado como enfermedad profesional, ya que considera acreditado que estuvo expuesto al coronavirus durante su jornada laboral, en un centro médico de Talavera. Además, en la segunda incapacidad temporal que sufrió el funcionario —esposo de una celadora del hospital que también estuvo contagiada— y que le provocó la disnea, la magistrada no tiene dudas de que se trata de una consecuencia derivada de este contagio.

"Queda acreditado (...) que estuvo expuesto a un riesgo probado de exposición al agente causal específico para esa enfermedad; y cuando realizaba una profesión con actividades en las que se está expuesto a dicho riesgo causante de la enfermedad, de modo que es aplicable al caso de autos", reza la sentencia. Respecto al segundo periodo de baja, "no existe ninguna duda que trae lógica consecuencia y son patologías derivadas del contagio por Sars-Cov-2 que dio lugar al primer proceso incapacidad y, en consecuencia, debe ser considerada igualmente como enfermedad profesional, dada la continuidad y sucesión inmediata (...), sin que entre uno y otro hubiese ninguna circunstancia que impidiera calificar de enfermedad profesional el segundo proceso", añade el documento, contra el que aún se puede interponer un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia.

CSIF: "Hasta esta sentencia, el covid-19 solo se había considerado una incapacidad temporal"

Tal y como reitera la agrupación sindical, "hasta esta sentencia, el covid-19 solo se había considerado una incapacidad temporal, lo que significa que, cuando finalice la pandemia, sus secuelas no podrían justificarse como un daño derivado de su puesto de trabajo". El pasado mes de febrero, el Gobierno, mediante un decreto-ley, comenzó a considerar los contagios de coronavirus como posibles casos de enfermedad profesional a los trabajadores de centros sanitarios y sociosanitarios —con efectos retroactivos desde que comenzó la pandemia— y abrió la puerta a que fuesen catalogados como bajas por enfermedad laboral y no bajas comunes, un reconocimiento del que este ha sido su primer caso avalado, en primera instancia, por la Justicia. En toda España, unos 120.000 profesionales sanitarios se han contagiado de coronavirus desde el inicio de la enfermedad.

Hasta ahora, no pasaba de ser una incapacidad temporal, pero, por primera vez en España, el covid-19 ha sido considerado una enfermedad profesional por la Justicia. Así se pronuncia una sentencia del Juzgado de lo Social número 3 de Talavera de la Reina (Toledo), que falla a favor de un auxiliar administrativo que trabajaba en un mostrador del hospital y que se contagió y sufrió secuelas respiratorias.

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