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Absuelto de violar a su ex porque los jueces no la creen: "Se fue de vacaciones a Mallorca"
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"No acudió al médico"

Absuelto de violar a su ex porque los jueces no la creen: "Se fue de vacaciones a Mallorca"

Los jueces argumentan que la mujer tardó semanas en denunciar para decir que su relato “ofrece poca consistencia”. Un informe forense sí avaló sus manifestaciones

Foto: Concentración de estudiantes contra la sentencia de 'la manada'. (EFE)
Concentración de estudiantes contra la sentencia de 'la manada'. (EFE)

Los jueces de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Lugo no se creen a una mujer que denunció a su exnovio por agresión sexual. El tribunal ha absuelto al hombre para el que la Fiscalía pedía siete años de prisión y una indemnización por daños morales. Para justificar sus dudas, los magistrados destacan en su sentencia que ella tardó más de un mes en presentar la denuncia o que se fue de vacaciones a Mallorca días después de los hechos.

“No se compadece la reacción de la denunciante con la de una persona que fue víctima de una agresión sexual, según refiere brutal, llegando a referir que llegó a sentir un dolor enorme debido a problemas médicos y que incluso llegó a sangrar. Pese a ello, no acudió al médico, cuando refiere que tiene problemas ginecológicos graves, lo que conllevaría que acudiese al servicio de urgencias, o al menos en días posteriores a su ginecólogo”, dice la resolución dictada el pasado 3 de mayo.

Añaden que tampoco se puso en contacto con su psiquiatra, “pese a que refirió que estaba en estado de shock y que no se levantaba de la cama, y se fue de vacaciones a Mallorca a principios de julio”, es decir, días después de los hechos denunciados por ella. El tribunal - integrado por dos juezas y un juez- resuelve la cuestión en seis folios de sentencia. Dicen que “no existen otros datos directos” más allá de la declaración de la joven, que no tiene “suficiente consistencia”.

El informe médico forense: "Es muy probable que sean ciertas sus manifestaciones"

La propia resolución recoge unas líneas más arriba que la Unidad de Psicología Forense de la Universidad de Santiago de Compostela realizó un estudio según el cual “es muy probable que sean ciertas sus manifestaciones”. En la causa consta también el informe emitido por el psicólogo da Casa da Muller de Lugo. A pesar de ello, los jueces dictan la libre absolución del denunciado contra la que todavía cabe posibilidad de recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

La víctima pedía para él hasta 12 años de prisión y una indemnización de 20.000 euros. Ambos fueron pareja durante un año y medio y cortaron la relación en diciembre de 2017. La denuncia la presentó siete meses después de la ruptura, el 30 de julio de 2018. La mujer aseguraba haber sido agredida sexualmente a finales de junio de ese año en una casa de su ex a la que había acudido a pasar la tarde.

Él dice que está resentida

En su descargo, el hombre, de 64 años de edad, afirma que fue una relación sexual consentida y enmarca la denuncia en “un ánimo de resentimiento” al no querer mantener la relación y enterarse ella de que había empezado a salir con una conocida suya. A partir de ahí, la sentencia recuerda que la jurisprudencia del Tribunal Supremo admite la mera declaración de una víctima para condenar, pero matiza que para ello el relato debe ser ajeno a cualquier motivo de venganza y mostrarse verosímil y persistente.

A juicio del tribunal, el testimonio de la denunciante es “mantenido en el núcleo esencial del relato”, pero destaca una serie de razones para restarle credibilidad. Una de ellas es que la mujer no recuerda con claridad la fecha en la que se produjeron los hechos. Ella lo sitúa entre el 27 o el 28 de junio mientras que él cree que debió ser el 21 de ese mes.

Foto: Foto: Policía Nacional

Los jueces dicen que las fechas son importantes por las comunicaciones telefónicas posteriores existentes entre ellos. Con posterioridad al día 21 hablaron varias veces, y con posterioridad al 27 únicamente el día 7 de julio, "cumpleaños del procesado, conversación que duró 39 minutos”. Según los datos personales que figuran del hombre en la sentencia, su cumpleaños no es el día 7, sino el 12. El tribunal se hace eco de que en los mensajes que se intercambiaron posteriores a la presunta agresión se aprecia "un contenido cariñoso”.

Sufrió un proceso depresivo

“El relato que efectúa -sigue la sentencia- ofrece poca consistencia en algunos extremos. En primer lugar, la denunciante reconoce que sufría desde tiempo atrás un proceso depresivo, acudía periódicamente al psiquiatra, y que después de finalizada la relación con el procesado, ya en marzo de 2018, señala que tiene una recaída”.

La resolución no especifica en sus seis folios qué incidencia tienen estos problemas psíquicos sobre los hechos, pero destaca que la mujer desatendió el consejo de su psiquiatra de romper lazos afectivos y se fue de puente con su ex semanas antes de la presunta agresión. Los jueces valoran como argumento que aquel viaje juntos se desarrolló “sin que ocurriese ningún percance y sin que mantuviesen relaciones sexuales”.

“Todas estas circunstancias, unidas a la interposición de la denuncia el 30 de julio, por tanto, transcurrido más de un mes de la agresión, diluyen la credibilidad del relato”, zanja la sentencia absolutoria.

Los jueces de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Lugo no se creen a una mujer que denunció a su exnovio por agresión sexual. El tribunal ha absuelto al hombre para el que la Fiscalía pedía siete años de prisión y una indemnización por daños morales. Para justificar sus dudas, los magistrados destacan en su sentencia que ella tardó más de un mes en presentar la denuncia o que se fue de vacaciones a Mallorca días después de los hechos.

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