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El Gobierno se desdice de sus argumentos de octubre sobre los toques de queda
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El Gobierno se desdice de sus argumentos de octubre sobre los toques de queda

La exposición de motivos del decreto de la alarma defendía, hace seis meses, que las limitaciones horarias necesitaban del estado de alarma para ser impuestas

Foto: Un grupo de personas en un parque de Barcelona. (Reuters: Nacho Doce)
Un grupo de personas en un parque de Barcelona. (Reuters: Nacho Doce)
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Cambio de criterio. El mismo Ejecutivo que ahora defiende que las leyes generales sanitarias son suficientes para que las comunidades autónomas motiven con éxito ante los tribunales la necesidad de mantener toques de queda sin que se cuente con el estado de alarma, defendía hace seis meses todo lo contrario. En la exposición de motivos del decreto de declaración del estado de alarma del pasado 25 de octubre, consideró "imprescindible" el derecho de "excepción" para ordenar medidas limitativas de derechos de alcance general como esta regulación de horarios.

En la introducción del texto, el Gobierno combinó dos tipos de actuaciones diferenciadas. En un primer grupo, colocó aquellas medidas que las administraciones sanitarias regionales competentes en salud pública podían continuar adoptando sin necesidad de alarma para afrontar la situación de emergencia de salud pública. En este grupo, entrarían cuestiones como los aforos en establecimientos, comercios, teatros o prohibiciones específicas como la de fumar en la vía pública. En un segundo, introdujo tres aspectos que —según defendía entonces— no encajaban en esta categoría: los confinamientos perimetrales, los toques de queda y las limitaciones de las reuniones.

La exposición de motivos asegura, en concreto, que las comunidades pueden gestionar las restricciones del primer grupo con arreglo a la legislación sanitaria: la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública, la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, y la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública. "No obstante, en una situación epidemiológica como la actual, resulta imprescindible combinar las medidas previstas en la legislación sanitaria con otras del ámbito del derecho de excepción", destacaba a continuación.

La alarma, "indispensable"

En esa declaración de hace seis meses, el Ejecutivo consideraba "indispensable" la alarma para aplicar estas medidas, aunque ahora defiende que las comunidades autónomas tienen herramientas para declararlas sin necesidad de ella. La exposición de motivos indicaba en concreto que, para hacer frente a esa situación "grave y excepcional", es "indispensable proceder a la declaración del estado de alarma". "Las medidas que se contienen en el presente real decreto son las imprescindibles para hacer frente a la situación, resultan proporcionadas a la extrema gravedad de la misma y no suponen la suspensión de ningún derecho fundamental, tal y como prevé el artículo 55 de la Constitución", agregaba.

Foto: El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. (EFE)

Esta premisa fue matizándose a medida que se acercaba el fin del periodo de alarma. Unos días antes de que terminara, el pasado 4 de marzo, el mismo día en que el Gobierno anunciaba un decreto ley para implicar al Tribunal Supremo en la regulación de las restricciones frente al covid que adopten las comunidades autónomas, la vicepresidenta Carmen Calvo insistía en rueda de prensa en que las comunidades autónomas podrían mantener toques de queda tras decaer el estado de alarma.

Aseguraba ahora que la alarma solo es necesaria para un toque de queda que afecte a todo el territorio nacional, pero que no lo es para que lo mantengan las comunidades que lo desearan, en concreto, País Vasco, Navarra, Valencia, Canarias y Baleares. Para Calvo, los gobiernos autonómicos tienen forma de justificar esta medida ante los jueces siempre que lo "argumenten" y lo "propongan". La vicepresidenta confiaba en esta comparecencia pública en que los tribunales entenderían las distintas situaciones de riesgo e insistía en que, en el pasado, han existido "avales jurídicos" a medidas limitativas de derechos fuera de la situación de alarma.

Foto: Jóvenes en la Puerta del Sol con el fin del estado de alarma. (EFE)

Este mismo lunes, y en contra de la argumentación de hace seis meses, el ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, insistió en que los presidentes autonómicos cuentan con "mecanismos suficientes" en el ordenamiento jurídico para afrontar "la fase de la pandemia" actual. "Esa normalidad pasa por que las autoridades vuelvan a ejercer, fuera ya del estado de alarma, sus competencias en salud pública", defendió. Insistió en declaraciones a La Sexta en que el estado de alarma no es la única solución y dijo que las autonomías ya cuentan con un "arsenal" de normas para hacer frente a un empeoramiento de los contagios.

El presidente se pronunció del mismo modo desde Grecia: "El Gobierno de España tiene claro que ahora mismo todas las comunidades autónomas tienen los instrumentos suficientes para hacer frente" a la pandemia en este estadio, ha recalcado en sus primeras declaraciones a la prensa desde las elecciones en la Comunidad de Madrid hace una semana. Durante los seis meses del estado de alarma se ha acumulado un "acervo" y se ha dado "cobertura jurídica" a decisiones difíciles que se han tenido que "tomar entre todos", añadió.

El Ejecutivo ha repescado en las últimas horas la posibilidad de que cada región reclame decretar el estado de alarma en su territorio si el plan A no funciona. El plan A descansa en el Supremo. En resumen: si la sala contenciosa del alto tribunal se pronuncia a favor de que una región mantenga el toque de queda sin alarma, las microalarmas autonómicas no serían necesarias. Si no lo hace, sí. En los próximos días, el TS tendrá que responder al recurso que ha anunciado el Gobierno de Canarias, cuyo Tribunal Superior de Justicia no ha autorizado su intención de mantener los toques de queda.

El TS estrenará con esta decisión el nuevo recurso de casación creado por el Ejecutivo en busca de una unificación de doctrina. Al Supremo no le convence la fórmula —como dejó patente su gabinete técnico en un informe crítico— y la novedad ha provocado una sucesión de reuniones. El presidente de la Sala Tercera se reunirá el próximo miércoles con los presidentes contenciosos de los TSJ mientras que la fiscal general del Estado, Dolores Delgado, lo hará con los fiscales superiores.

Cambio de criterio. El mismo Ejecutivo que ahora defiende que las leyes generales sanitarias son suficientes para que las comunidades autónomas motiven con éxito ante los tribunales la necesidad de mantener toques de queda sin que se cuente con el estado de alarma, defendía hace seis meses todo lo contrario. En la exposición de motivos del decreto de declaración del estado de alarma del pasado 25 de octubre, consideró "imprescindible" el derecho de "excepción" para ordenar medidas limitativas de derechos de alcance general como esta regulación de horarios.

Pedro Sánchez Comunidades Autónomas
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