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La Audiencia de Madrid rechaza que Interior prevaricara con el cese de Pérez de los Cobos
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ARCHIVA LA DENUNCIA DE VOX

La Audiencia de Madrid rechaza que Interior prevaricara con el cese de Pérez de los Cobos

Subraya que el puesto era de libre designación y dice que para que exista delito es necesario que el acto llevado a cabo sea una ilegalidad del rango más grave

Foto: El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, en el Senado. (EFE)
El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, en el Senado. (EFE)

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado el archivo de la denuncia planteada por el partido Vox sobre el cese por parte del Ministerio del Interior del coronel Diego Pérez de los Cobos por pérdida de confianza después de que se negara a informar sobre la evolución de la investigación judicial respecto a la manifestación del 8 de marzo en Madrid. Los magistrados avalan el criterio del juez instructor que ya sobreseyó los hechos e indican que para que exista delito de prevaricación es necesario que el ataque a la legalidad sea de muy grave. "Es necesario distinguir la ilegalidad del acto administrativo, incluso de carácter grave y determinante de su nulidad, del delito penal", indica la resolución.

El auto al que ha tenido acceso El Confidencial y que ha sido adelantado por 'Vozpópuli' explica que el coronel era un cargo de libre designación. "El hecho de que en los ceses de cargos administrativos de libre designación deban expresarse los motivos so pena de nulidad nada tiene que ver con el delito de prevaricación", dice. También rechaza que la formación denunciante esté legitimada para alegar la existencia de una obstrucción a la justicia. "Carece de fundamento abrir una investigación penal y menos todavía practicar diligencias de investigación de carácter especulativo con el fin de comprobar la eventual existencia de otros delitos", destaca.

Foto: El coronel Diego Pérez de los Cobos. (EFE)

El Ministerio Fiscal impugnó el recurso y concluyó que el cese del coronel Pérez de los Cobos no podía considerarse una manifiesta ilegalidad o contradicción con el Derecho en el sentido exigido por la jurisprudencia. El auto recrimina a Vox su papel de denunciante y destaca que el ejercicio de la acción penal no comporta un derecho incondicional a la plena sustanciación del proceso penal, sino solo el derecho a obtener un pronunciamiento motivado del órgano judicial en la fase. Le reprocha también su "lectura interesada" de lo sucedido.

La denuncia de Vox —cursada contra la directora de la Guardia Civil, María Gámez— se produjo pocos días después del cese. La decisión de la Audiencia se produce después de la adoptada por un magistrado de Contencioso de la Audiencia Nacional que, en respuesta a un recurso del propio afectado, anuló hace unas semanas el cese por considerarlo nulo e "ilegal" y ordenó la restitución del mando del Instituto Armado.

El Ministerio del Interior, recurrió recientemente esta última decisión. Desmintió la versión ofrecida por Pérez de los Cobos y puso de manifiesto que este había informado hasta cuatro veces e incide en que no se le reclamaba que ofreciera datos sobre la investigación, sino únicamente "sobre incidencias relevantes" de la misma. Para el departamento, la obligación de guardar rigurosa reserva sobre la evolución y resultado de las investigaciones es perfectamente compatible con la comunicación de incidencias. "No entiende esta parte en qué modo la información anteriormente referida podía dañar el correcto funcionamiento de la Policía Judicial o la dependencia funcional de jueces y tribunales", destacaba.

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado el archivo de la denuncia planteada por el partido Vox sobre el cese por parte del Ministerio del Interior del coronel Diego Pérez de los Cobos por pérdida de confianza después de que se negara a informar sobre la evolución de la investigación judicial respecto a la manifestación del 8 de marzo en Madrid. Los magistrados avalan el criterio del juez instructor que ya sobreseyó los hechos e indican que para que exista delito de prevaricación es necesario que el ataque a la legalidad sea de muy grave. "Es necesario distinguir la ilegalidad del acto administrativo, incluso de carácter grave y determinante de su nulidad, del delito penal", indica la resolución.

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