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El Consejo de Estado recomienda al Gobierno una reforma legislativa tras el fin de la alarma
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La de Medidas Especiales de Salud Pública

El Consejo de Estado recomienda al Gobierno una reforma legislativa tras el fin de la alarma

Sánchez ha asegurado que el estado de alarma llegará a su fin el próximo 9 de mayo, con lo que las comunidades tendrán que volver a pasar por los tribunales al aplicar restricciones

Foto: El presidente Pedro Sánchez en su visita a Angola este jueves. (EFE)
El presidente Pedro Sánchez en su visita a Angola este jueves. (EFE)

Ante la previsión de que el estado de alarma finalice el próximo 9 de mayo, el Consejo de Estado ha recomendado al Gobierno que reforme la Ley de Medidas Especiales de Salud Pública para poder aplicar futuras restricciones. En un reciente dictamen, el órgano consultivo sugiere al Ejecutivo de Pedro Sánchez que aporte "mayor detalle y concreción" a esta ley, de manera que las autoridades sanitarias puedan contar con "el mejor marco jurídico posible para afrontar las situaciones presentes y futuras de riesgo grave para la salud pública". Sin el armazón legal que otorga la alarma, considera que hace falta un plan B.

El razonamiento llega tras lo ocurrido el pasado 21 de junio, cuando el primer estado de alarma llegó a su fin y a las comunidades autónomas solo les quedó agarrarse a una combinación de leyes de salud pública, protección civil y seguridad nacional, entre ellas la de Medidas Especiales. La fórmula funcionó a la hora de aplicar restricciones puntuales durante el verano, pero siempre con la incógnita de que un tribunal se negase a ratificar las mismas. La fragilidad de esta combinación de leyes hizo que cualquier patinazo llevara a rechazar las medidas, como cuando el Tribunal Superior de Justicia de Madrid tumbó el cierre de la capital el pasado octubre.

Foto: Ana Pastor (c) pregunta al ministro de Sanidad, Salvador Illa, ante la Comisión de Sanidad del Congreso. (EFE)

Ese mismo mes, Sánchez optó entonces por aprobar un nuevo estado de alarma: esta vez, por un plazo de seis meses y pasando una sola vez por el Congreso, lo que provocó críticas por parte de diversos juristas. Pese a ello, la medida salió adelante y durante este tiempo ha permitido sortear a los tribunales, una situación que, según aseguró Sánchez esta misma semana, llegará a su fin el próximo 9 de mayo. Con esta promesa sobre la mesa y para evitar que los tribunales vuelvan a tumbar restricciones, la sugerencia del Consejo de Estado es clara: "El contenido de la Ley Orgánica 3/1986 podría estar necesitado de una adecuación legislativa".

La recomendación se enmarca en un dictamen elaborado a petición del Gobierno sobre si conviene presentar un recurso de inconstitucionalidad contra la recién aprobada Ley de Salud de la Comunidad Autónoma de Galicia. "Existen fundamentos jurídicos suficientes para interponer recurso de inconstitucionalidad", reconoce el Consejo de Estado en el texto aprobado el pasado marzo. Pero lejos de dejar ahí su argumentación y "con independencia" del dictamen solicitado, incluye un último párrafo para "sugerir" la reforma de la Ley de Medidas Especiales de Salud Pública.

El plan B que nunca llegó

Para entender la recomendación del Consejo de Estado hay que remontarse a mayo de 2020. El Congreso votaba la cuarta prórroga del primer estado de alarma y la oposición se revolvía contra ella. "No hay plan B. El único plan es el estado de alarma", repetía Sánchez. No mentía. El Gobierno jamás preparó un plan B y, cuando el estado de alarma llegó a su fin, comenzaron los problemas. La aprobación de un segundo estado de alarma en octubre se erigió entonces como una forma de esquivar a los tribunales, pero seis meses después, la historia se repite: el estado de alarma llega a su fin y las comunidades vuelven a quedar en manos de los jueces.

Andrés Boix, profesor de Derecho Administrativo de la Universidad de Valencia, ya apuntaba en mayo de 2020 a la combinación de leyes que terminaron por utilizar las comunidades autónomas: la primera, la Ley Orgánica 3/1986 de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública, que permite restringir derechos fundamentales si se cuenta con autorización de un juez. La segunda, la Ley 14/1986 General de Sanidad, que no es orgánica y no permite limitar derechos fundamentales, pero en su artículo 26 dice que las autoridades pueden adoptar 'las medidas preventivas que estimen pertinentes'. Y la última, la Ley 33/2011 General de Salud Pública, que en su artículo 54 establece que las autoridades podrán adoptar de manera extraordinaria "cuantas medidas sean necesarias para asegurar el cumplimiento de la ley".

Foto: El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. (EFE)

Ya entonces, otros juristas como Javier Albar, magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Aragón y miembro de la Asociación Francisco de Vitoria, avisaba del riesgo que conllevaba restringir derechos fundamentales con La Ley de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública: "Se aplicó los primeros días [sin estado de alarma], cuando en Canarias los internaron en un hotel o en La Rioja se produjo una situación similar. En esos caos hubo autorización". "El problema es que eso implica un uso más o menos concreto y circunstancial de las medidas, y el concepto de pandemia no se ha contemplado de forma clara en estas leyes. Quizá a lo mejor nos falte algún instrumento o habría que mejorarlo", advertía.

Esta misma opinión se refleja ahora en la sugerencia del Consejo de Estado: si el estado de alarma llega a su fin y las comunidades necesitan aplicar nuevas restricciones, "el mejor marco jurídico posible" no puede pasar por una ley de hace más de 40 años. Tras más de 12 meses en los que no se ha aprobado ningún plan B, consideran que ha llegado el momento de que el Gobierno mueva ficha.

Ante la previsión de que el estado de alarma finalice el próximo 9 de mayo, el Consejo de Estado ha recomendado al Gobierno que reforme la Ley de Medidas Especiales de Salud Pública para poder aplicar futuras restricciones. En un reciente dictamen, el órgano consultivo sugiere al Ejecutivo de Pedro Sánchez que aporte "mayor detalle y concreción" a esta ley, de manera que las autoridades sanitarias puedan contar con "el mejor marco jurídico posible para afrontar las situaciones presentes y futuras de riesgo grave para la salud pública". Sin el armazón legal que otorga la alarma, considera que hace falta un plan B.

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