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La mascarilla, obligatoria en toda España sin excepciones por distancia de seguridad
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La mascarilla, obligatoria en toda España sin excepciones por distancia de seguridad

Hasta ahora el Gobierno permitía como excepción en espacios públicos abiertos o cerrados, poder no llevar el cubrebocas si era posible mantener una distancia de seguridad de 1,5 m

Foto: Mujer tomando el sol en la Barceloneta, Barcelona. (Reuters)
Mujer tomando el sol en la Barceloneta, Barcelona. (Reuters)

El uso de la mascarilla será obligatorio a partir de este martes para todas las personas mayores de seis años en todo el territorio español, independientemente de si se puede mantener o no la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros que hasta ahora estaba establecida como excepción.

En una nueva ley, publicada este martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y que entra en vigor hoy, se detalla que "en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público" las personas de seis años en adelante quedan obligadas a usar mascarilla. Esta obligación se mantiene también en los medios de transporte público o privado.

Foto: Mensajes escritos en una mascarilla colgada en la reja de la basílica de la Macarena. (EFE)

Sin embargo, hasta ahora el Gobierno permitía como excepción, en espacios públicos abiertos o cerrados, poder no llevar el cubrebocas si era posible mantener una distancia de seguridad de más de 1,5 metros. Esta medida era a nivel estatal, ya que las comunidades autónomas podían regular esta norma para que fuera aún más estricta o regularla en función de las características demográficas de la región.

Algunas, como Aragón, Asturias, Cantabria, Baleares o Castilla-La Mancha, recogieron en sus decretos la norma general vigente hasta ahora. Otras, como es el caso de Andalucía o de Madrid, decidieron establecer como obligatorio usar la mascarilla independientemente de la distancia, pero incluyendo algunas excepciones, como en el momento de ingerir alimentos o bebidas.

En Andalucía, Canarias, País Vasco o Galicia, por ejemplo, hasta ahora "no era exigible" el uso de la mascarilla en las playas y piscinas durante el baño y mientras se permaneciera en un espacio determinado —siempre y cuando se pueda respetar la distancia de seguridad interpersonal entre los usuarios—, aunque seguía siendo obligatorio para los desplazamientos y paseos en las playas y piscinas. Gobiernos como el de Juanma Moreno o el de Alberto Núñez Feijóo añadían como "recomendación" usar la mascarilla en los espacios abiertos o cerrados privados cuando existan reuniones o una posible confluencia de personas no convivientes y aunque pudiera garantizarse la distancia de seguridad. Supuestos parecidos se recogían en otras regiones como la Comunitat Valenciana, Murcia, Navarra o La Rioja.

Ahora, según la nueva norma aplicable a todo el territorio, se debería llevar mascarilla en todos sitios, incluidas playas, parques o espacios naturales de toda España.

placeholder Una mujer vestida de mantilla y protegida con mascarilla se prepara para cantar saetas en la plaza de Capuchinos en Córdoba. (EFE)
Una mujer vestida de mantilla y protegida con mascarilla se prepara para cantar saetas en la plaza de Capuchinos en Córdoba. (EFE)

En Baleares, al igual que la Comunidad de Madrid, incluían como excepción para no tener que llevar mascarilla en los centros de trabajo donde se pudiera garantizar la distancia interpersonal de 1,5 metros entre los trabajadores; los espacios de la naturaleza o al aire libre fuera de los núcleos de población, o playas, paseos marítimos y piscinas "siempre y cuando la afluencia de personas a dichos espacios permita el mantenimiento de la distancia interpersonal".

En Castilla y León afirmaban que se exceptuaba de la obligación de la mascarilla en situaciones de consumo de alimentos y bebidas; durante la práctica de actividad física; en los espacios de la naturaleza o al aire libre fuera de los núcleos de población, o en las piscinas, siempre que se mantenga la distancia interpersonal. En comunidades autónomas como Cataluña o Extremadura, por otro lado, tenían una de las normas más estrictas de toda España y con esta nueva ley no cambiará mucho, puesto que obligaba a la mascarilla a pesar de que se pudiera mantener la distancia de 1,5 metros, sin excepciones adicionales a las de por razones médicas.

Lo que sí queda regulado de la misma manera en esta ley es la obligatoriedad de utilizar esta medida higiénica en los medios de transporte aéreo, marítimo, en autobús, o por ferrocarril, así como en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas.

placeholder Varias personas hacen deporte en un parque de Alpedrete, en la sierra madrileña. (EFE)
Varias personas hacen deporte en un parque de Alpedrete, en la sierra madrileña. (EFE)

En el caso de vehículos privados, tanto el conductor como los demás ocupantes del coche deben llevar mascarilla si no son convivientes. Sí se modifica en el caso de las cubiertas y espacios exteriores de los buques y embarcaciones, donde el uso de la mascarilla pasa a ser obligatorio, algo que ya incluía también la enmienda aprobada en el Senado y ratificada, junto con el resto de la ley, por el Congreso hace dos semanas.

Los únicos supuestos en el que la mascarilla no será exigible será en el caso en el que las personas presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

Tampoco será exigible en el caso de ejercicio de deporte individual al aire libre, ni en los supuestos de "fuerza mayor o situación de necesidad" o cuando, "por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible", con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.

¿Hasta cuándo? ¿Cuál es la multa?

Según la ley que ha sido publicada este martes, estas medidas se aplicarán a todo el territorio de España hasta que el Gobierno declare "de manera motivada y de acuerdo con la evidencia científica disponible", previo informe del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el covid-19.

Incumplir la norma de la obligación de uso de mascarillas será considerado infracción leve a efectos de lo previsto en el artículo 57 de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública y sancionado con multa de hasta 100 euros.

La ley de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el covid fue aprobada el pasado 18 de marzo por el pleno del Congreso tras la la luz verde del Senado, donde se introdujo una enmienda —del PSOE— que fijaba la obligatoriedad de la mascarilla incluso manteniendo la distancia de seguridad.

El texto que llegó al Senado y que no se modificó previamente en el Congreso procede de un decreto aprobado en junio del año pasado que ya recogía que las personas de más de seis años en adelante quedan obligadas al uso de las mascarillas en distintos supuestos.

El uso de la mascarilla será obligatorio a partir de este martes para todas las personas mayores de seis años en todo el territorio español, independientemente de si se puede mantener o no la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros que hasta ahora estaba establecida como excepción.

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