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La Abogacía no apoya los indultos del 'procés' pero destaca la reparación del daño
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Informe sobre la gracia

La Abogacía no apoya los indultos del 'procés' pero destaca la reparación del daño

Los servicios jurídicos del estado destacan que no es su labor como integrantes de la Administración del Estado valorar si se debe o no conceder el indulto

Foto: Oriol Junqueras. (EFE)
Oriol Junqueras. (EFE)

La Abogacía del Estado no ha apoyado expresamente la concesión de indultos a los políticos condenados del 'procés' en el informe que acaba de entregar ante el Tribunal Supremo pero sí ha puesto el acento en la reparación del daño económico aparejado al delito de malversación tras la entrega de una fianza de 4,1 millones de euros en el Tribunal de Cuentas. Los servicios jurídicos del Estado no emiten un informe favorable y se limitan a realizar esta apreciación que, eso sí, puede servir de 'percha' al Ejecutivo para posicionarse en un futuro sobre la gracia.

En un escrito aportado al alto tribunal, la abogada Rosa María Seoane destaca que no es su labor como integrante de la Administración del Estado valorar si se debe o no conceder el indulto. En un escrito remitido al Tribunal Supremo hace semanas, los servicios jurídicos estatales reclamaron que se preguntara al Tribunal de Cuentas si los condenados por el 'procés' han devuelto ya las cantidades reclamadas por destinar fondos públicos a sufragar el referéndum. Lo hicieron en 2020 aportando, con cargo a la caja de solidaridad, 4,1 millones de euros que el organismo exigía como fianza. Esa aportación que cubriría la responsabilidad contable, abre la vía para considerar que el daño al erario ha sido ya subsanado y facilitaría al Ejecutivo el gesto.

placeholder Pinche para leer el informe.
Pinche para leer el informe.

La Abogacía del Estado consideró relevante esta información antes de posicionarse y quiso que se le indicara si existen cantidades devueltas. El Tribunal Supremo solicitó su informe, además del de la Fiscalía, considerando que la personación en el procedimiento vino justificada por el perjuicio provocado al Estado. El TS no cuantificó la cantidad exacta en su condena por malversación y el delito quedó en manos del Tribunal de Cuentas. Este valoró de forma provisional el daño económico generado en 4,1 millones, aunque otros cálculos, como el de la Fiscalía, elevan la cantidad hasta los ocho millones.

A lo largo del escrito la Abogacía se centra en el delito de malversación que fue el que provocó su presencia en el procedimiento que acabó con la condena de Oriol Junqueras y el resto de políticos catalanes. Evita mencionar la sedición, al considerar que sólo debe valorar el motivo que le llevó a personarse como parte ofendida. Se refiere a los millones depositados a modo de "afianzamiento" para destacar que, con esas cantidades, el perjuicio económico producido quedaría reparado.

Foto: Fachada del Tribunal Supremo. (EFE)

"Habiéndose determinado provisionalmente el alcance y sus presuntos responsables y encontrándose garantizada ese cantidad a día de hoy, tal y como establecen la Providencia de 24 de febrero de 2020 del Tribunal de Cuentas y el informe de la Subsecretaria del Ministerio de Hacienda de 25 de marzo de 2021, ese afianzamiento constituye un elemento que repararía el perjuicio económico producido a la Hacienda Pública. Y todo ello sin perjuicio del posterior desarrollo del proceso de reintegro por alcance que, con carácter jurisdiccional, vaya a celebrarse ante la Sección de Enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas", indica en concreto.

Sobre su decisión de no posionarse, ni a favor ni en contra, recuerda que la "parte ofendida" que emite el informe es la Administración General del Estado. Y que, precisamente, forman parte de la Administración General del Estado tanto el órgano que debe formular la propuesta de indulto (el Ministro de Justicia) como el órgano que debe acordarlo (el Gobierno por Real Decreto, ex artículo 30 de la Ley de Indulto). Concluye que si toma una posición podría entenderse "que con ello se estaría anticipando o determinando el sentido de una decisión que sólo al Gobierno compete".

Foto: La sede del Tribunal Constitucional, en una fotografía de archivo. (EFE)

El criterio de la Abogacía viene a sumarse al de la Fiscalía. Su valoración será así una de las tres que remitirá el alto tribunal al Gobierno para su estudio por parte del Consejo de Ministros. El Ministerio Público ya se ha pronunciado en contra de indultar a los 12 penados por la comisión de delitos de sedición, malversación y desobediencia.

Para los fiscales -mucho más rotundos en sus argumentos- condonar las penas cuando la función pública que desempeñaban los condenados ha sido el vehículo necesario para la comisión del delito sería una decisión "tan injustificada como arbitraria". Subrayaron, además, que el artículo 102.2 de la Constitución prohíbe el indulto para los presidentes y los demás miembros del Gobierno "si la acusación fuere por traición o por cualquier delito contra la seguridad del Estado en el ejercicio de sus funciones". El criterio del tribunal será el último, pero, en anteriores resoluciones, como la del tercer grado, los magistrados han dejado clara su postura y se espera que se opongan a esta gracia.

Revisión

El indulto es siempre de carácter excepcional y consiste en la remisión total o parcial de las penas de los condenados por sentencia firme. Requiere, para su tramitación, de la elaboración de un informe del tribunal sentenciador que no tiene carácter vinculante para el Gobierno, que puede hacer lo que considere. No obstante, y aunque la prerrogativa de concederlo es del Ejecutivo, otra Sala del Tribunal Supremo, la de Contencioso, se encargaría de revisarlo si se interpusiera un recurso en contra, que el PP ya ha anunciado que presentará. La posibilidad de revisión por parte de la Justicia se remonta al año 2000. Por entonces, la Sala Tercera reconoció por primera vez su capacidad para controlar esta medida de gracia y desde entonces ha ido desarrollando doctrina al respecto.

La Abogacía del Estado no ha apoyado expresamente la concesión de indultos a los políticos condenados del 'procés' en el informe que acaba de entregar ante el Tribunal Supremo pero sí ha puesto el acento en la reparación del daño económico aparejado al delito de malversación tras la entrega de una fianza de 4,1 millones de euros en el Tribunal de Cuentas. Los servicios jurídicos del Estado no emiten un informe favorable y se limitan a realizar esta apreciación que, eso sí, puede servir de 'percha' al Ejecutivo para posicionarse en un futuro sobre la gracia.

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