El juez propone juzgar por prevaricar al hombre de Sánchez en Castilla-La Mancha
Santiago Cabañero está acusado de nombrar al jefe de Bomberos de Albacete mediante un procedimiento "ilegal" en el que se obviaron los trámites obligatorios
El Juzgado de Instrucción número 3 de Albacete acaba de proponer juzgar al presidente de la Diputación Provincial de Albacete, el socialista Santiago Cabañero, por un caso de prevaricación. Cabañero, hombre fuerte de Pedro Sánchez en Castilla-La Mancha, está acusado de atribuir la jefatura del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios de forma irregular e incumpliendo el procedimiento oficial. En un escrito al que ha tenido acceso El Confidencial, el magistrado Pablo Pedro Abad ve indicios suficientes para enviar al miembro del PSOE al banquillo por la designación irregular del responsable de Bomberos de la institución provincial. Asegura que la actuación del cargo del PSOE, imputado por esto en 2018, es "indefendible".
En el auto, el magistrado se centra en la redacción de un decreto firmado en noviembre de 2015 en el que se procedió, "salvando los reparos expresos de la Intervención, y previo cese de quien ocupaba provisionalmente el cargo", a conceder a José Ferrer Cuesta una 'atribución temporal de funciones' como jefe de servicio. Considera que lo sucedido encaja en un delito del 404 del Código Penal, por el que se prevé para la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo, una pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de nueve a 15 años.
La atribución temporal de funciones de Ferrer no se sometió al "concursillo" previo entre funcionarios exigido por el Acuerdo Marco
El decreto discutido fue anulado por sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 2 de Albacete. Al igual que hizo en su momento el orden contencioso, el magistrado de penal considera que existen razones o indicios de que esa decisión podría considerarse arbitraria y dictada a sabiendas de su injusticia. Asegura que la atribución temporal de funciones de Ferrer no se sometió al "concursillo" previo entre funcionarios exigido por el art.13.4 del Acuerdo Marco.
"Esto, que constituye una ilegalidad administrativa que motiva las sentencias dictadas, puede además constituir prevaricación a la vista de los antecedentes que advertían al autor del acto, desde muy variadas fuentes y siempre de manera expresa, inequívoca y autorizada, de que no debía dictarse por el mismo sin el citado concursillo previo, por ser ello ilegal, de que su dictado supondría la reiteración de una ilegalidad ya antes declarada judicialmente", explica el juez. El auto especifica que al obviar el trámite oficial se produjo una vulneración de los derechos básicos de los funcionarios de carrera de la Diputación Provincial que hubiran podido acceder a un puesto que se atribuyó a modo de 'dedazo'. No se convocó un proceso selectivo para cubrir las plaza por el sistema de concurso lo que supuso, a fin de cuentas, considerar la plaza como de ''libre designación".
Se vulneraron los derechos básicos de los funcionarios de carrera que hubieran podido acceder a un puesto que se atribuyó a 'dedazo'
Detalla, además, distintos avisos de la irregularidad que fueron obviados. El interventor de la Diputación Provincial avisó de que no constaban algunos informes preceptivos y que carecía de soportes documentales adecuados para realizar su función de fiscalización previa. También el sindicato CSIF presentó un escrito en el que advertía que debía seguirse el procedimiento legalmente establecido. "Pese a todas las anteriores advertencias, el día 20 de noviembre se dictó el Decreto en el que se alzaba sin más explicaciones el reparo de la Intervención —con infracción— y, previo cese del ocupante, se nombraba a Ferrer Cuesta Jefe de Servicio del SEPEI mediante 'atribución temporal de funciones' y sin concursillo previo", pone el juez de manifiesto.
Los estatutos internos del PSOE le obligan a dimitir de su cargo como secretario general del partido, aunque no así de la Diputación
De confirmarse la apertura de juicio oral, los estatutos internos del PSOE le obligan a dimitir de su cargo como secretario general del partido, aunque no así de la Diputación, que preside desde 2015. Cabañero se presentó en 2018 a las primarias socialistas en la provincia desafiando al delegado del Gobierno en la comunidad, que era el candidato oficialista respaldado por el presidente de la Junta y líder del PSOE castellano-manchego, Emiliano García-Page. Albacete es la única provincia donde el sanchismo es dominante. Tampoco podría optar a la reelección en el partido, señalan fuentes socialistas enfrentadas a Cabañero.
Hay otra derivada más. En Albacete ciudad gobierna una coalicion Psoe-Ciudadanos. El partido de Inés Arrimadas siempre ha defendido que no gobernará con imputados en filas de otros partidos. La apertura de juicio oral a Cabañero no afecta al pacto municipal, aunque desde filas populares señalan que varios concejales del Ayuntamiento albaceteño son también diputados provinciales... Y miran a Murcia, donde Cs ha entregado el consistorio de la capital al PSOE denunciando corrupción política.
El Juzgado de Instrucción número 3 de Albacete acaba de proponer juzgar al presidente de la Diputación Provincial de Albacete, el socialista Santiago Cabañero, por un caso de prevaricación. Cabañero, hombre fuerte de Pedro Sánchez en Castilla-La Mancha, está acusado de atribuir la jefatura del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios de forma irregular e incumpliendo el procedimiento oficial. En un escrito al que ha tenido acceso El Confidencial, el magistrado Pablo Pedro Abad ve indicios suficientes para enviar al miembro del PSOE al banquillo por la designación irregular del responsable de Bomberos de la institución provincial. Asegura que la actuación del cargo del PSOE, imputado por esto en 2018, es "indefendible".
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