La Fiscalía recurre el tercer grado de los presos del 'procés' horas después del 14-F
El Ministerio Público reclama el efecto suspensivo de la decisión adoptada por la Generalitat, es decir, que no disfruten en tanto no recaiga resolución firme en el expediente
La Fiscalía de Barcelona ha recurrido este lunes, solo unas horas después del 14-F, el nuevo tercer grado concedido a los presos del 'procés'. El Ministerio Público reclama el efecto suspensivo de la decisión adoptada por la Generalitat, es decir que no lo disfruten en tanto no recaiga resolución firme en el expediente, y dependerá del Juzgado de Vigilancia número 1 (para las dos mujeres) y del número 5 (para los siete hombres) conceder o no dicho efecto.
Los fiscales han presentado nueve escritos independientes respecto a Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Cuixart, Jordi Sànchez, Josep Rull, Jordi Turull, Joaquim Forn, Carme Foracell y Dolors Bassa. En ellos, abundan en los argumentos que ya emplearon para reclamar que se anulara la anterior concesión del tercer grado. Recalcan así que no puede obviarse la extrema gravedad de los delitos cometidos. "La conducta por la que se condenó el interno fue muy grave, no sólo en términos jurídicos, sino en términos de repercusión social e institucional", destaca —por ejemplo— en el caso concreto de Oriol Junqueras.
"En última instancia el perjuicio causado lo ha sido a la estructura de nuestro Estado Social y Democrático de Derecho, así como a la Constitución Española, habiéndose querido vulnerar la unidad territorial que tal y como recoge la sentencia condenatoria (...) no es una extravagancia que singularice nuestro sistema constitucional. La práctica totalidad de las constituciones europeas incluye preceptos encaminados a reforzar la integridad del territorio sobre el que se asientan los respectivos Estados", añaden los escritos.
Insisten —además— en que la desobediencia tanto a las leyes como a los mandatos judiciales "ha sido constante" no pudiendo trasmitirse a la sociedad que "puede quedar impune el haber convertido la propia voluntad en ley fuera de los cauces legalmente establecidos, pues la legalidad es una condición necesaria para la existencia de la libertad política y solo esta es posible cuando la ley precede a la acción".
La solicitud de suspender la decisión de dejarles en una semilibertad que les ha permitido participar en la campaña se basa en la aplicación del efecto suspensivo que el apartado 5º de la disposición adicional quinta de la LOPJ proclama para aquellos casos en los que "la resolución objeto del recurso de apelación se refiera a materia de clasificación de penados o concesión de la libertad condicional y pueda dar lugar a la excarcelación del interno". Además, la Fiscalía cuenta con una de las últimas decisiones del Supremo sobre Carme Forcadell. En ella, además de destacar que solo su presentación desactiva las salidas hasta que se falle sobre el fondo, la Sala de lo Penal fijó con ella doctrina y determinó que es la competente para resolver los recursos que se presenten.
No es la primera vez que el tercer grado es impugnado, porque no es la primera vez que se ha concedido. Que se ha concedido y se ha anulado por la Sala de lo Penal con una argumentación que ahora será para la Fiscalía la mejor de las bazas para recurrir. Ya hace 15 días, en ese avance de la decisión que dieron las Juntas de Tratamiento Penitenciario, el asombro en el Ministerio Público fue mayúsculo. Fuentes fiscales apuntaron entonces que si la Generalitat la aprobaba, la decisión "rozaría la prevaricación".
Argumentos
En todas las ocasiones anteriores, tanto los fiscales como los magistrados del Supremo han tenido advertencias respecto a la política penitenciaria de la Generalitat. En el último de sus recursos ante el TS, los fiscales argumentaron que conceder el tercer grado antes del cumplimiento de la tercera parte de las condenas a penas de entre nueve y 13 años por sedición y malversación transmitiría una sensación de "impunidad" intolerable. Es algo —añaden— "excepcional" y, en este caso, hay motivos para dudar de los motivos.
"El goteo cronológicamente medido de esas decisiones; su aplicación a todos ellos sin excepción; el haberse adoptado con el cumplimiento efectivo de una parte poco significativa de las penas impuestas (en muchos de los casos ni siquiera cumplida la cuarta parte); la gravedad de los delitos cometidos; el hecho de que la mayoría no reconoce la comisión delictiva y no asume su responsabilidad, y, finalmente, la pública manifestación de alguno de ellos de su voluntad de volverlo a hacer; son todas ellas circunstancias que permiten inferir una política penitenciaria dirigida no tanto a su rehabilitación sino directamente al objetivo de alterar la decisión condenatoria", recalcan los escritos.
La sala, por su parte, el pasado 4 de diciembre —hace solo unas semanas—, desactivó las semilibertades. En ese plazo no ha cambiado nada y sus argumentos siguen siendo válidos. El tribunal indicó que beneficios penitenciarios como el concedido ahora de nuevo son prematuros y que es necesario que transcurra más tiempo de cumplimiento de sus condenas. Ninguno ha cumplido la mitad. También indicaba que los órganos administrativos no se pueden convertir en una tercera instancia que decide a voluntad si las decisiones de los tribunales son justas o injustas, y avisaba contra la tentación de utilizar este tipo de flexibilización "en fraude de ley y para mostrar un desacuerdo más o menos encubierto con la condena impuesta".
La Fiscalía de Barcelona ha recurrido este lunes, solo unas horas después del 14-F, el nuevo tercer grado concedido a los presos del 'procés'. El Ministerio Público reclama el efecto suspensivo de la decisión adoptada por la Generalitat, es decir que no lo disfruten en tanto no recaiga resolución firme en el expediente, y dependerá del Juzgado de Vigilancia número 1 (para las dos mujeres) y del número 5 (para los siete hombres) conceder o no dicho efecto.