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Aristrain será juzgado 10 años después por el tribunal que no quería hacerlo
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YA HABÍA COMENZADO EL JUICIO, ARGUMENTA EL TS

Aristrain será juzgado 10 años después por el tribunal que no quería hacerlo

El Supremo resuelve que será la Audiencia Provincial la que dirija la vista oral del empresario, acusado por la Fiscalía de defraudar 200 millones de euros a la Agencia Tributaria

Foto: José María Aristrain de la Cruz. (Fernando Ruso)
José María Aristrain de la Cruz. (Fernando Ruso)

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha decidido que sea la Audiencia Provincial de Madrid la que se encargue de juzgar al empresario José María Aristrain por haber defraudado presuntamente 200 millones de euros. Así lo ha determinado en un auto firmado el pasado 19 de diciembre, aunque conocido ahora. Da respuesta a la exposición razonada planteada por la Sección Segunda del tribunal madrileño. Esta última sala quiso trasladar la responsabilidad de juzgar al procesado a la Audiencia Nacional, que sin embargo rechazó la 'patata caliente' al entender que no era competente y devolvió la causa a la Audiencia Provincial, que elevó el asunto al Supremo, al considerar que tampoco tenía la potestad para dirigir la vista oral.

La Audiencia Provincial entendía que la magnitud de la cifra supuestamente defraudada requería que fuera el tribunal nacional el que se encargara, pero no lo ha visto así el Supremo, que en su auto ha rechazado la cuestión planteada por los jueces territoriales y ha ordenado que sean estos precisamente quienes asuman la competencia. Es un tumbo más de este caso que acumula 10 años de salto en salto, de tribunal en tribunal.

El Supremo argumenta que la vista oral fue iniciada por la Audiencia Provincial y que, por lo tanto, tiene que continuar en dicha instancia. "Existen numerosos pronunciamientos de esta sala en relación con la competencia cuando ya se ha abierto el juicio oral", explica la máxima estancia judicial del país, que recuerda que en estos casos prevalece la denominada 'perpetuatio iurisdictionis', que conlleva el "mantenimiento de una competencia declarada una vez abierto el juicio oral", y la doctrina de las inhibiciones tardías, que rechaza derivar la causa en el mencionado momento procesal, pues ya se ha actuado en esa línea "durante un tiempo prolongado" y no cabe hacer cambios en mitad del partido.

Foto: José María Aristrain de la Cruz, en los toros en Sevilla en la pasada feria de Abril. (Fernando Ruso)

El Supremo recuerda que la Audiencia Provincial señaló juicio oral para el 2 de octubre de 2019, día en el que efectivamente comenzó la vista, que el tribunal suspendió durante esa misma jornada después de que así lo pidieran el Ministerio Fiscal y la Abogacía del Estado, que solicitaron más tiempo para estudiar la "voluminosa" causa. Dos semanas después, sin embargo, la sala territorial acordó inhibirse a favor de la Audiencia Nacional. "Remítase la causa con todo lo actuado a la mayor brevedad a la Sala Penal de la Audiencia Nacional", determinó el tribunal provincial con el apoyo de la Abogacía y de la Fiscalía, pero en contra de las defensas, que argumentaron en línea con lo que ahora ha resuelto el Supremo que aquello fue una "inhibición tardía porque la competencia la fijó el juez de instrucción cuando dictó la apertura del juicio oral". La misma postura mostró cuando le llegó la causa la Audiencia Nacional, que se la devolvió a la Provincial por "falta de competencia para el enjuiciamiento".

El Supremo no entra de este modo al fondo de la cuestión de competencia, pues considera que esta se ha planteado tarde, en un momento procesal demasiado avanzado. No resuelve qué hubiera pasado si el planteamiento se hubiera hecho antes, cuestión que queda en el aire. Casos con montantes similares a los de Aristrain, como el procedimiento contra los Carceller, por ejemplo, se llevaron en la Audiencia Nacional. Desde el primer momento, sin embargo, el asunto de Aristrain lo llevaron primero un juzgado de Pozuelo y luego la mencionada Audiencia Provincial de Madrid.

Tras la resolución del Supremo, el tribunal territorial ha fijado ya para el próximo 20 de octubre la nueva fecha de juicio. Para entonces, habrán pasado ya más de 10 años desde que en julio de 2011 agentes de la Policía Nacional y de la Agencia Tributaria registraran las oficinas y el domicilio de Aristrain, al que inicialmente acusaron de haber defraudado 100 millones de euros, cifra que más tarde Hacienda elevó hasta los 200 millones. La Fiscalía pide para él 64 años de prisión y 1.400 millones de euros, cantidad resultante de la suma de la cuota que la Agencia Tributaria considera que defraudó el empresario y la multa que según el ministerio público debería abonar. La Abogacía del Estado, por su parte, reduce este último monto a los 700 millones de euros.

Foto: La antigua embajada británica en Madrid está valorada en 40 millones.

En el marco de este mismo procedimiento, Aristrain está acusado de fingir su residencia en Suiza y ocultar acciones en Luxemburgo. Suiza, sin embargo, asegura que el empresario es contribuyente en ese país y pide a España que aplique el convenio de doble imposición, un movimiento que sin duda beneficia al acusado y que será un argumento para su defensa durante el juicio. La década que ha pasado ya desde el auto del juzgado de Pozuelo que ordenó la entrada y registro en las propiedades del acusado, por otra parte, provocará con toda seguridad que el tribunal madrileño tenga en cuenta la existencia de dilaciones indebidas que también beneficiarán a Aristrain en el caso de que finalmente haya una condena, pues previsiblemente reducirían la pena.

Los 10 años que han pasado, por otro lado, han destruido gran parte de la vida de Aristrain tanto en el terreno personal como profesional. Su familia se encuentra muy afectada. Sus propiedades en España, que suman 64 millones de euros en valor catastral, están bajo régimen de embargo y sujetas a subastas desde que comenzó la instrucción de su procedimiento. En el caso de que el acusado resultara inocente, el daño en ambos campos habría sido muy elevado. La mayor acusación por fraude fiscal realizada por la Fiscalía y por la Abogacía del Estado en nombre de la Agencia Tributaria en la historia de España mantiene en juego una elevada cantidad de millones, pero también el prestigio del ministerio público y de la propia Hacienda.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha decidido que sea la Audiencia Provincial de Madrid la que se encargue de juzgar al empresario José María Aristrain por haber defraudado presuntamente 200 millones de euros. Así lo ha determinado en un auto firmado el pasado 19 de diciembre, aunque conocido ahora. Da respuesta a la exposición razonada planteada por la Sección Segunda del tribunal madrileño. Esta última sala quiso trasladar la responsabilidad de juzgar al procesado a la Audiencia Nacional, que sin embargo rechazó la 'patata caliente' al entender que no era competente y devolvió la causa a la Audiencia Provincial, que elevó el asunto al Supremo, al considerar que tampoco tenía la potestad para dirigir la vista oral.

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