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Los fiscales insisten en que los presos cometieron rebelión para oponerse al indulto
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Indican que la gracia rozaría la ilegalidad

Los fiscales insisten en que los presos cometieron rebelión para oponerse al indulto

Los hechos "acreditan un cierto desbordamiento de los contornos legales propios de la sedición y la incursión en la ejecución de algunos de los elementos típicos de la rebelión"

Foto: Oriol Junqueras. (EFE)
Oriol Junqueras. (EFE)

De nuevo, la rebelión. La Fiscalía ha vuelto a insistir en la comisión de este delito por parte de los condenados por el 'procés' en los informes presentados a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo en los que se opone a indultar a los políticos catalanes que fueron declarados culpables de delitos de sedición y de malversación. El Ministerio Público insiste en su teoría y argumenta que las conductas de Oriol Junqueras y los otros 11 afectados encajan en gran parte en el delito de rebelión.

En uno de los fragmentos de los 12 escritos, uno por cada uno de los condenados, los fiscales Consuelo Madrigal, Jaime Moreno y Javier Zaragoza aseguran que pese que el tribunal consideró que los hechos cometidos "no tuvieron suficiente eficacia lesiva para el orden constitucional", lo cierto que el propio relato de hechos probados "acredita un cierto desbordamiento de los contornos legales propios de la sedición y la incursión de los mismos en la ejecución de algunos de los elementos típicos de la rebelión".

Foto: Oriol Junqueras, uno de los políticos presos. (EFE)

Los fiscales recuerdan que las condenas se basaron en hechos que, a su parecer, superan la sedición. Hubo —dicen— un alzamiento público, violencia, una declaración de independencia y la derogación del marco constitucional. Esta especial gravedad de los hechos se combina con el argumento de que conceder la gracia a los condenados rozaría la ilegalidad en aplicación de la Constitución.

Además de incidir en argumentos ya empleados en sus anteriores escritos, en los que se oponían al tercer grado o la flexibilización del régimen penitenciario, como la falta de arrepentimiento, los fiscales señalan que la Carta Magna prohíbe expresamente en su artículo 100.2 eliminar la responsabilidad penal de los miembros del Gobierno central que hayan cometido traición o delitos contra la seguridad del Estado. Pese a que esta previsión constitucional no se refiere a los ejecutivos autonómicos, los fiscales la ven aplicable. De forma bastante directa, argumentan que los indultos en este caso rozarían la ilegalidad. Sería una decisión "tan injustificada como arbitraria", agregan sin tapujos.

Foto: Imagen capturada de la señal institucional del Tribunal Supremo de los fiscales Javier Zaragoza (i) y Jaime Moreno (d). (EFE)

Para ellos, el espíritu de la ley legitima que la prohibición incluya aquellas conductas que lleva a cabo un Gobierno autonómico al completo, como fue el caso, y que además afectan a todo el territorio nacional y no solo a la autonomía. Los delitos de Junqueras y el resto de condenados representaron "un deliberado y planificado ataque al núcleo esencial del Estado democrático, la soberanía nacional, la unidad territorial y el respeto a las leyes como principios vertebradores del Estado constitucional", dicen.

Indultos ajenos a la política

Los escritos están cuajados de avisos a las intenciones del Gobierno, que no oculta su intención de indultar a los condenados y combinar esa medida con una reforma legal que aligere las penas de la sedición. Avisan los fiscales de que la gracia que se solicita debe analizarse desde la perspectiva de la justicia, la equidad y la utilidad pública. No ven que los casos analizados concuerden con estos principios, por lo que consideran que si se concedieran, los motivos serían otros, para ellos inasumibles. Los indultos, precisan, nunca se deben identificar con motivaciones de índole política o derivadas de acuerdos políticos.

Foto: El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, durante su intervención en la sesión de control al Gobierno este miércoles en el Congreso. (EFE / Emilio Naranjo)

Otro de esos avisos se refiere al riesgo de vaciar de contenido la sentencia que les condenó. El indulto —indican— no puede ser un medio, en abstracto y al margen de las particulares circunstancias, para alterar a modo de tercera instancia el sentido o signo de una resolución judicial. "No se trata de una medida que pueda concederse en general, por la mera discrepancia con el tenor de la sentencia o la mera conveniencia de una situación política global".

De nuevo, la rebelión. La Fiscalía ha vuelto a insistir en la comisión de este delito por parte de los condenados por el 'procés' en los informes presentados a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo en los que se opone a indultar a los políticos catalanes que fueron declarados culpables de delitos de sedición y de malversación. El Ministerio Público insiste en su teoría y argumenta que las conductas de Oriol Junqueras y los otros 11 afectados encajan en gran parte en el delito de rebelión.

Tribunal Supremo Indulto Oriol Junqueras Esquerra Republicana de Catalunya (ERC)
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