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Archivada la denuncia por la iluminación de Ferrero Rocher en bienes de interés cultural
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En la fachada de un Ayuntamiento

Archivada la denuncia por la iluminación de Ferrero Rocher en bienes de interés cultural

Un particular llegó hasta el Supremo contra el alcalde de Puebla de Sanabria al que acusaba de saltarse la ley de patrimonio

Foto: El senador del PSOE y alcalde de Puebla de Sanabria, José Fernández Blanco. (EFE)
El senador del PSOE y alcalde de Puebla de Sanabria, José Fernández Blanco. (EFE)

El Tribunal Supremo no ha admitido a trámite la denuncia contra José Fernández Blanco, alcalde de Puebla de Sanabria y senador del PSOE de Zamora, por un posible delito de prevaricación en los preparativos de 'Envuelve de luz tu pueblo' de Ferrero Rocher, concurso que el municipio ganó en 2018. La denuncia contra el regidor fue interpuesta por un ciudadano que le acusaba de haberse saltado la Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León al colocar en la fachada del ayuntamiento un alumbrado navideño con el logotipo de la marca de bombones, pero en un auto al que ha tenido acceso El Confidencial, la Sala de lo Penal del alto tribunal opta por el archivo al considerar que "no se aporta en ella indicio alguno de que la persona aforada hubiera dictado una 'resolución' que pueda ser calificada de 'injusta' en sentido jurídico penal".

"Para la comisión del delito denunciado no basta, según la jurisprudencia reiterada de esta Sala, la mera ilegalidad, la mera contradicción con el derecho, pues ello supondría anular en la práctica la intervención del control de los tribunales del orden contencioso-administrativo, ampliando desmesuradamente el ámbito de actuación del derecho penal'", explica el tribunal. "El derecho penal solamente se ocupará de la sanción a los ataques más graves a la legalidad, constituidos por aquellas conductas que superan la mera contradicción con el derecho por suponer un ataque consciente y grave a los intereses que precisamente las normas infringidas pretenden proteger", añade. "En definitiva, de la denuncia presentada no se deriva elemento alguno que apoye la afirmación de que la persona aforada pudo cometer un delito de prevaricación".

placeholder Logo de la firma de bombones en la fachada del Ayuntamiento de Puebla de Sanabria. (Ferrero)
Logo de la firma de bombones en la fachada del Ayuntamiento de Puebla de Sanabria. (Ferrero)

Con este razonamiento, el Supremo da carpetazo a una polémica que arrancó en 2019, cuando un ciudadano anónimo denunció el alumbrado colocado en el casco antiguo del municipio con el logo de la marca de bombones: "Yo estuve en esa plaza y cuando vi que Ferrero Rocher había instalado un cartel enorme con su nombre en la misma fachada del ayuntamiento no me lo podía creer. Me pareció demasiado obsceno, más cuando el edificio del ayuntamiento es Bien de Interés Cultural. Así que llamé a la sección de Patrimonio de la Junta de Castilla y León para saber si ellos habían autorizado eso. Y mira por dónde un técnico me confirmó que nadie les había pedido permiso. Entonces fue cuando decidí ponerlo por escrito para que Patrimonio tomara las medidas oportunas", explicaba a El Confidencial en marzo de 2019.

Por mucho que el Supremo archive ahora su denuncia, su argumentación se centra en que los hechos no encajan con un posible delito de prevaricación, sin entrar a valorar si la iluminación navideña es contraria a Derecho. Esta idea se refleja en que el auto apunte a la posible competencia de los tribunales de lo contencioso-administrativo a la hora de valorar esta cuestión, lo que no quita que, al haber optado por una vía distinta, se inadmita a trámite la denuncia por "no ser los hechos constitutivos de ilícito penal alguno". El 26 de febrero de 2019, de hecho, la delegación de la Junta en Zamora llegó a iniciar el expediente sancionador contra el Ayuntamiento de Puebla de Sanabria por no solicitar los permisos de alumbrado de Ferrero Rocher, una decisión que no sentó bien a gran parte de los habitantes de Puebla de Sanabria.

Foto: Instante en que el presentador Jesús Vázquez anuncia el pueblo ganador del concurso de Ferrero Rocher. (Ferrero)

"Tras mandar mi escrito a Patrimonio, vi cómo desde la prensa local, en redes sociales y también por parte del alcalde se iniciaba una campaña de descrédito hacia mi persona. Esto ha derivado en los últimos días en mensajes en los que directamente me buscan para darme un escarmiento. Tengo miedo a que se sepa quién soy y me hagan la vida imposible. Quieren echarme de Puebla con el visto bueno del alcalde. He pedido protección policial porque no me siento seguro", explicaba un mes después a este diario el denunciante. La ira vecinal contra él se apoyaba siempre en la misma idea: la campaña de Ferrero Rocher atraía a miles de visitantes en Navidad, y el propio alcalde dejó caer que "no sé si [el denunciante] es de aquí o no, pero no lo es porque el sentimiento y la raíz no los tiene".

Las críticas de Fernández Blanco también se extendieron a otras instituciones, como él mismo explicaba a El Confidencial en marzo de 2019: "Yo con quien realmente estoy ofendido y decepcionado es con la comisión de Patrimonio por aceptar a trámite algo totalmente ridículo y con la delegación de la Junta. Si tuviéramos que pedir permiso cada vez que colgamos una banderola con el nombre de una empresa, sería imposible gestionar un ayuntamiento". Ferrero Rocher, por su parte, emitió un comunicado en el que sostenía que siempre trabajan "con el beneplácito e implicación de los municipios interesados: y respetando "al máximo nuestro Patrimonio, cuyo ensalzamiento y difusión es uno de los objetivos que buscamos con la acción de iluminado Navideño 'Envuelve de luz tu Pueblo'", concurso que este 2020 encara una nueva edición.

El Tribunal Supremo no ha admitido a trámite la denuncia contra José Fernández Blanco, alcalde de Puebla de Sanabria y senador del PSOE de Zamora, por un posible delito de prevaricación en los preparativos de 'Envuelve de luz tu pueblo' de Ferrero Rocher, concurso que el municipio ganó en 2018. La denuncia contra el regidor fue interpuesta por un ciudadano que le acusaba de haberse saltado la Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León al colocar en la fachada del ayuntamiento un alumbrado navideño con el logotipo de la marca de bombones, pero en un auto al que ha tenido acceso El Confidencial, la Sala de lo Penal del alto tribunal opta por el archivo al considerar que "no se aporta en ella indicio alguno de que la persona aforada hubiera dictado una 'resolución' que pueda ser calificada de 'injusta' en sentido jurídico penal".

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