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El PP insinúa en el TS que Sánchez prevaricó al usar la maquinaria de Moncloa contra la JEC
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POR RECURRIR AL SECRETARIO DE COMUNICACIÓN

El PP insinúa en el TS que Sánchez prevaricó al usar la maquinaria de Moncloa contra la JEC

El cruce de escritos en el Supremo llega tras lo ocurrido el pasado mes de enero, cuando la JEC sancionó a Sánchez con 500 euros por conceder una entrevista electoral desde Moncloa

Foto: El líder del PP, Pablo Casado, durante una rueda de prensa en septiembre. (EFE)
El líder del PP, Pablo Casado, durante una rueda de prensa en septiembre. (EFE)
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El PP ha ido un paso más allá en la batalla que mantiene contra Pedro Sánchez. Esta vez, en el Tribunal Supremo. Después de que el presidente del Gobierno y la ministra Isabel Celaá recurrieran ante el alto tribunal la multa que les impuso la Junta Electoral Central (JEC) por usar el Palacio de la Moncloa para hacer campaña electoral en las generales del 10-N, el partido que lidera Pablo Casado ha cargado contra sus argumentos. En un escrito remitido a la sala tercera al que ha tenido acceso El Confidencial, pide mantener la sanción y acusa a Sánchez de creerse que "está por encima de la ley" por "ordenar al secretario de Estado de Comunicación [Miguel Ángel Oliver] que presentase ante la Junta Electoral Central los escritos en su defensa, en un procedimiento que le alcanza personalmente y no como presidente".

El cruce de escritos en el Supremo llega tras lo ocurrido el pasado mes de enero, cuando la JEC sancionó a Sánchez con 500 euros y a Celaá con 2.200. Consideraba probado que, como denunció el PP, el presidente había usado el Palacio de la Moncloa para hacer campaña al conceder desde allí una entrevista a La Sexta. La ley electoral prohíbe, "desde la convocatoria de las elecciones hasta la celebración de las mismas, cualquier acto organizado o financiado, directa o indirectamente, por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos por las autoridades públicas", requisito que la JEC considera que se vulneró en este caso: "Incurrió en la infracción tipificada en el artículo 153.1 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General", argumentaba en su resolución.

Foto: Pedro Sánchez, durante la entrevista en cuestión. (Moncloa)

Lejos de dar por buena la misma, tanto Sánchez como Celaá la recurrieron ante el Supremo. Moncloa alega para ello, entre otras cuestiones, que no solo Sánchez participó en la gestación de la entrevista y que otros presidentes habían hecho lo mismo, cuestión que ahora queda en manos de la Sala de lo Contencioso-Administrativo y de la que el PP no quiere quedar al margen. "Hasta en tres ocasiones consta en el expediente que el Secretario de Estado de Comunicación acude en defensa del actor, en la mejor prueba del desprecio por la legalidad del recurrente; se le acusa de usar medios públicos en el proceso electoral, y su defensa en ese expediente sancionador la asume (por cierto, sin poder de representación alguno) un cargo público tan cualificado como el secretario de Estado de Comunicación", argumenta.

Apoyándose en esta idea, considera probado el "empleo de medios y recursos públicos en su propio beneficio personal", aspecto "que quizá podría suponer la infracción de otras normas más graves". En la misma línea, apunta a que "quizá sea esta la mejor forma de probar que es la propia Secretaría de Estado la que más sabe de los hechos sancionados, porque los hechos sancionados se organizaron desde Moncloa", subrayando a su vez que este es "el mejor reconocimiento de que se emplearon sin medida medios y recursos públicos para empaquetar mensajes electorales del Sr. Sánchez". La conclusión que el PP expone en su escrito es tajante: "Alguien, en definitiva, que no se siente alcanzado por la Ley, porque cree estar muy por encima de ella".

Foto: Pablo Casado y Pedro Sánchez. (David Mudarra)

En cuanto al hecho de que el Gobierno cargue contra la sanción porque la misma parte de una reclamación del PP y, por tanto, existe una "contaminación" en el procedimiento, el partido que lidera Pablo Casado sostiene que este argumento no tiene sentido: "Lo cierto es que el recurrente no lo alegó en su momento, ni recusó tampoco a los miembros de la JEC que acordaron el inicio del expediente, ni a los que resolvieron después, invocando esa inexistente 'contaminación' que se le ha ocurrido mucho después", denuncia. "Por lo demás, no nos dice el recurrente qué garantías del procedimiento sancionador no se han observado, ni la clase de indefensión que se le ha podido causar, cuando ha presentado (a través de un organismo público subordinado) escritos de alegaciones y prueba".

También destaca que "el hecho de que la entrevista objeto del presente procedimiento fuera realizada por un medio privado no es óbice para que en la previsión y el desarrollo de la misma no exista una potente intervención pública", pues "resulta evidente que la cesión de espacios del Palacio de la Moncloa para la celebración de la entrevista comporta un modo de organización que dota al propio acto de la singularidad que permite su examen desde el punto de vista de la neutralidad electoral". Para reforzar esta idea, el PP incide una vez más en "la intervención de la Secretaría de Estado de Comunicación", y pone como ejemplo que, para "la reciente entrevista del presidente con el opositor venezolano Leopoldo López", Sánchez lo recibió en la sede de su partido y no en el Palacio de la Moncloa.

Como argumento final, el PP apunta a "la difusión a través de la web oficial de Presidencia de la entrevista" y quita peso al hecho de que supuestamente se retirara después. "El Sr. Sánchez fue apercibido, como el resto de los miembros de su Gobierno. No se puede alegar desconocimiento, imprudencia, ni error. No se puede confundir creencia en la legalidad de una acción con negligente desprecio por la aplicación de la norma, pretender que la norma no va con él, colocarse de modo deliberado por encima de la norma pretendiendo que no le resulte de aplicación, que es lo que ha hecho el Sr. Sánchez", critica en su escrito, al pedir que se mantenga la sanción y se eche por tierra el recurso de Sánchez ante el Supremo. "La ley no le alcanza, no va con él. Lo reconoce la propia demanda", concluye.

El PP ha ido un paso más allá en la batalla que mantiene contra Pedro Sánchez. Esta vez, en el Tribunal Supremo. Después de que el presidente del Gobierno y la ministra Isabel Celaá recurrieran ante el alto tribunal la multa que les impuso la Junta Electoral Central (JEC) por usar el Palacio de la Moncloa para hacer campaña electoral en las generales del 10-N, el partido que lidera Pablo Casado ha cargado contra sus argumentos. En un escrito remitido a la sala tercera al que ha tenido acceso El Confidencial, pide mantener la sanción y acusa a Sánchez de creerse que "está por encima de la ley" por "ordenar al secretario de Estado de Comunicación [Miguel Ángel Oliver] que presentase ante la Junta Electoral Central los escritos en su defensa, en un procedimiento que le alcanza personalmente y no como presidente".

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