Es noticia
La Fiscalía defiende que debe devolverse la causa de Iglesias al juez Castellón
  1. España
Para interrogar a Dina

La Fiscalía defiende que debe devolverse la causa de Iglesias al juez Castellón

El Ministerio Público considera que debe ser la AN quien pide la comparecencia de la exasesora del vicepresidente para comprobar si otorga su perdón al líder de Podemos

Foto: l vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias. (EFE)
l vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias. (EFE)

La Fiscalía del Tribunal Supremo ha tomado una decisión sobre el caso Dina. Después de debatir durante días la postura a adoptar, el equipo de fiscales apoya que se devuelva al juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón su exposición razonada para que practique diligencias que considera esenciales para "culminar la investigación". El Ministerio Público ve indicios de delitos de revelación de secretos y daños informáticos y considera que debe ser el juez instructor del caso Villarejo quien pida la comparecencia de la exasesora del vicepresidente Dina Bousselham y de su marido como testigos para comprobar si otorgan por una parte su perdón al líder de Podemos por acceder a sus datos personales sin autorización y retenerlos durante meses y, por otra, aclaran extremos sospechosos.

placeholder Pinche sobre la imagen para consultar el documento en PDF
Pinche sobre la imagen para consultar el documento en PDF

En un escrito hecho público este viernes, la fiscal ponente indica que la Fiscalía Anticorrupción solicitó al menos dos veces, en mayo y septiembre de 2020 nueva declaración de Dina para concretar su posición. "Tanto Bousselham, como (Ricardo) De Sa Ferreira deben ser oídos. En concreto deberá concretarse por Bousselham, respecto de estos hechos: Si le pidió permiso o autorización Pablo Iglesias, el día 20 de enero de 2016, para que examinara sin restricciones el contenido de su tarjeta de memoria. En caso negativo, si manifiesta ahora que consiente, tolera y acepta que aquél hubiera entrado en el conocimiento de todos los documentos, fotografías, incluidas las íntimas y personales, archivos y comunicaciones contenidos en la tarjeta de su titularidad, pues de haber conocido que iba a hacerlo le hubiera otorgado su expreso consentimiento", destaca.

El Ministerio Público también pide que el instructor del caso Tándem escuche a la exasesora para aclarar las manifestaciones que esta realizó en sede judicial sobre el daño informático que había sufrido la tarjeta que albergaba sus datos y que remitió a una empresa especializada para tratar de recuperar. Aprecia contradicción en su testimonio ya que en inicio dijo que no consiguió acceder al contenido y luego, en un escrito, matizó inicialmente funcionaba y cuando volvió a tratar de acceder a ella, dejó de funcionar. Para la Fiscalía, todos los indicios "permiten con una solidez fundada, estimar la indiciaria existencia de un delito de daños informáticos, en tanto la tarjeta llegó a poder del aforado de forma que se pudo acceder a su contenido y cuando es recuperada por Bousselham, al parecer el acceso a su contenido no fue posible".

"En el actual estado de la investigación es necesario seguir practicando diligencias para acreditar los hechos, entre ellas la ampliación de la prueba pericial para poder concretar cuáles son las causas que impiden acceder a la información de la tarjeta, cual fue el sistema o la técnica empleada para proceder al borrado, eliminación, deterioro, inservibilidad o inaccesibilidad de los archivos que la tarjeta contenía, y si es posible proceder a la recuperación de todos estos datos y fecha del último acceso", agrega el escrito.

Sin embargo, los fiscales consideran que no se puede acusar a Iglesias de denuncia falta. Indican que los hechos que relata el juez Castellón que atribuye al presidente una ocultación de datos para obtener intereses partidistas "están repletos de valoraciones que no se revelan lógicas sólidamente".

Foto: El vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias. (EFE)

La decisión de consenso se ha alcanzado después de que hubiera posturas divergentes. Varios integrantes del equipo de fiscales de sala defendían en un inicio informar a favor de abrir causa contra Iglesias con la finalidad de escuchar en declaración a la exasesora y comprobar ante el tribunal competente si esta le otorga o no su perdón como víctima de una revelación de secretos. Sin embargo otro grupo, apoyaba un criterio contrario y consideraba que la exposición razonada debe archivarse porque Dina nunca denunció a Iglesias por acceder a la información privada e íntima que conservaba en la tarjeta microSD del teléfono móvil que le fue robado.

El grupo de fiscales que estudiaba el caso incluye a los cuatro fiscales del 'procés' —Jaime Moreno, Javier Zaragoza, Consuelo Madrigal y Fidel Cadena— además de otros destacados miembros como Juan Ignacio Campos o Pilar Fernández ha alcanzado, sin embargo, un consenso y ha presentado su informe. Su criterio no condiciona en ningún caso al Supremo, de quien depende, en última instancia, la decisión.

placeholder La exasesora de Podemos Dina Bousselham (i) a su llegada a la Audiencia Nacional en Madrid, en una foto de archivo. (EFE)
La exasesora de Podemos Dina Bousselham (i) a su llegada a la Audiencia Nacional en Madrid, en una foto de archivo. (EFE)

El escrito remitido por el titular del Juzgado Central de Instrucción 6 sobre la pieza apuntaba a tres delitos: descubrimiento de secretos —con agravante de género—, daños informáticos y denuncia falsa o simulación de delito.

El primero de ellos es el que obligaría, según el criterio de un sector, a abrir causa. La pieza Dina gira sobre el contenido del móvil de la antigua asesora de Iglesias. El relato de hechos que el instructor de la Audiencia Nacional considera acreditados explica cómo fueron sucediéndose los acontecimientos.

Todo arranca con la desaparición del móvil en un Ikea. El contenido de la microSD que alojaba el teléfono apareció varios meses después del robo del aparato, en un sobre, en la revista 'Interviú'. Después de que la revista comprobara su contenido y entendiera que estaba relacionado con Iglesias, se le citó para devolvérsela. El líder de Podemos recuperó así la tarjeta del móvil en enero de 2016 pero, en lugar de entregar a la asesora sus datos privados, los conservó. "Se guardó la tarjeta en su poder, sin decírselo a su propietaria, aun cuando ambos eran personas cercanas y pese al conocimiento que tenía de la desaparición de los objetos de Dina desde noviembre de 2015", explica el juez.

Según sostiene García-Castellón, este silencio puede vincularse al hecho de que Iglesias accediera a la tarjeta microSD y viera capturas de pantalla hechas por la propia Bousselham, que en la Audiencia Nacional reconoció haber enviado a terceros conversaciones privadas que no dejaban en buen lugar al vicepresidente. Sea cual sea el motivo, el uso que pudo hacer Iglesias de la tarjeta en ese tiempo es uno de los pilares sobre los que se apoya su posible imputación por un delito de revelación de secretos. Parece claro que Iglesias consultó un contenido privado de una tercera persona sin su consentimiento, y eso es —en inicio— delito, como ya ha determinado el TS en numerosas sentencias.

Perdón expreso

El Código Penal indica en su artículo 130.5 que el perdón del ofendido, entendido como la declaración de voluntad de este de poner fin a una "intervención punitiva por él mismo excitada", comporta la extinción de la responsabilidad criminal. Precisa que el perdón habrá de ser otorgado de forma expresa antes de que se haya dictado sentencia, a cuyo efecto el juez o tribunal sentenciador deberá oír al ofendido por el delito antes de dictarla.

Además de la revelación de secretos, el juez de la Audiencia Nacional que remitió la exposición razonada atribuye a Iglesias un delito de daños informáticos y señala que devolvió a Bousselham la tarjeta inoperativa. Si bien no se ha podido determinar la fecha de la devolución, indica que debió de ser antes del 23 de agosto de 2017: él había comprobado su contenido en 'Interviú' en enero de 2016, pero cuando se la entregó a su exasesora meses después, la microSD ya no funcionaba. "La única explicación posible, a partir de los indicios recabados, para entender la inoperatividad de la tarjeta, es que los daños se causaran mientras estaba en poder de Iglesias, pues la micro tarjeta funcionaba en el momento en que el Sr. Asensio se la entrega, y ya no lo hace cuando Iglesias se la devuelve", dice Castellón.

El tercero de los delitos atribuidos por el instructor es el de denuncia falsa o simulación de delito. Indica que Iglesias actuó de forma "falsaria" y que de forma "consciente y planificada (...), fingió ante la opinión pública y ante su electorado haber sido víctima de un hecho que sabía inexistente".

La Fiscalía del Tribunal Supremo ha tomado una decisión sobre el caso Dina. Después de debatir durante días la postura a adoptar, el equipo de fiscales apoya que se devuelva al juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón su exposición razonada para que practique diligencias que considera esenciales para "culminar la investigación". El Ministerio Público ve indicios de delitos de revelación de secretos y daños informáticos y considera que debe ser el juez instructor del caso Villarejo quien pida la comparecencia de la exasesora del vicepresidente Dina Bousselham y de su marido como testigos para comprobar si otorgan por una parte su perdón al líder de Podemos por acceder a sus datos personales sin autorización y retenerlos durante meses y, por otra, aclaran extremos sospechosos.

Tribunal Supremo Audiencia Nacional