Es noticia
La Audiencia rechaza levantar "con especial urgencia" las restricciones en Madrid
  1. España
A LA ESPERA DEL RECURSO DE MADRID

La Audiencia rechaza levantar "con especial urgencia" las restricciones en Madrid

Recuerda que para adoptar esta medida tienen que darse circunstancias que pongan de manifiesto una urgencia excepcional, requisito que considera que no se cumple en este caso

Foto: Control policial en el acceso a la capital este lunes. (EFE)
Control policial en el acceso a la capital este lunes. (EFE)

La Audiencia Nacional ha desestimado este lunes la medida cautelarísima solicitada por un abogado particular contra las restricciones decretadas en Madrid por el Gobierno de Pedro Sánchez. La sala de lo contencioso administrativo considera que no concurren las razones de especial urgencia para adoptar su suspensión, con lo que mantiene las mismas por el momento. La decisión queda ahora a la espera de que se estudie el recurso de la Comunidad de Madrid, que a diferencia del mencionado abogado y de Vox, pidió levantarlas de forma cautelar, solicitud que da un mayor plazo a la Audiencia Nacional para estudiar el caso a fondo.

Por ahora, la Audiencia recuerda que para adoptar esta medida tienen que darse circunstancias que pongan de manifiesto una urgencia excepcional o extraordinaria de mayor intensidad que las exigibles para la adopción de las cautelares. La sección octava explica que, tras analizar las resoluciones impugnadas, estas van dirigidas a las comunidades autónomas y no a las personas, destacando que aquellas que se prevén en el apartado dos, que son las más duras, solo afectan a los municipios de más de 100.000 habitantes cuando concurren determinadas circunstancias.

Foto: Una mujer con una mascarilla pasea frente a un mural en Orcasitas, Madrid (REUTERS)

Por ello, concluye la sala, las resoluciones impugnadas, en ausencia de la ulterior actividad administrativa de las comunidades autónomas, no tienen un efecto directo sobre de los derechos fundamentales del actor, que es un simple abogado. La afección tendría lugar, en su caso, cuando los gobiernos autonómicos dicten resoluciones y adopten medidas que ya afecten a los ciudadanos directa e individualmente, en cuyo caso estaría legitimado para solicitar las cautelarísimas.

El auto, de diez páginas, subraya este aspecto al explicar que el procedimiento especial por el que ha optado el recurrente de protección derechos fundamentales tiene unos límites: no puede extenderse más allá de la comprobación de si un acto del poder público afecta o no a los derechos fundamentales de la persona, “siendo en relación con sus propios y únicos derechos fundamentales que debe apreciarse la lesión invocada, y en este concreto trámite, la urgencia de la adopción de la medida solicitada”.

Apoyándose en este razonamiento, la sala rechaza la medida cautelarísima y abre pieza separada para solicitar informe de la Abogacía del Estado antes de pronunciarse sobre el recurso presentado por el Gobierno de la Comunidad de Madrid: "Procede denegar, en consecuencia, la medida cautelar urgente, así como la solicitada con carácter subsidiario, y acordar la apertura de la correspondiente pieza separada de medidas cautelares conforme al artículo 131 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-administrativa", concluye.

El recurso de Ayuso

El 1 de octubre, la presidenta Isabel Díaz Ayuso anunció en la Asamblea que recurriría la orden del Ministerio de Sanidad que implica el cierre de Madrid. Aseguró que su Gobierno "no está en rebeldía" y "cumplirá todas las órdenes de manera estricta", pero avisó de que acudiría a los tribunales —como ya hizo en el cambio de fases de desescalada— "para defender los intereses legítimos de los madrileños y que las normativas se ajusten a la realidad y sean justas".

Foto: La presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso. (EFE)

Al no pedir cautelarísimas, la Audiencia Nacional ha concedido ahora un plazo de 10 días hábiles a la Abogacía del Estado para que se pronuncie sobre las cautelares solicitadas, lo que implica que, si esta agota el plazo, podría contestar el 20 de octubre y la Sala resolver a continuación. En principio, las restricciones tienen una duración de 14 días, que empezaron a correr el pasado viernes a las diez de la noche, por lo que estas pueden llegar a su fin antes de que el tribunal se pronuncie.

A esto se suma que, mientras la Justicia no diga lo contrario, la Comunidad de Madrid debe aplicar las mencionadas restricciones, por lo que este lunes pidió al Tribunal Superior de Justicia de Madrid que ratifique las mismas. En otras palabras: el Gobierno de Díaz Ayuso se ha visto obligado a pedir al TSJM que dé luz verde a las restricciones y, mientras tanto, está tratando de tumbarlas en la Audiencia Nacional.

La Audiencia Nacional ha desestimado este lunes la medida cautelarísima solicitada por un abogado particular contra las restricciones decretadas en Madrid por el Gobierno de Pedro Sánchez. La sala de lo contencioso administrativo considera que no concurren las razones de especial urgencia para adoptar su suspensión, con lo que mantiene las mismas por el momento. La decisión queda ahora a la espera de que se estudie el recurso de la Comunidad de Madrid, que a diferencia del mencionado abogado y de Vox, pidió levantarlas de forma cautelar, solicitud que da un mayor plazo a la Audiencia Nacional para estudiar el caso a fondo.

Audiencia Nacional
El redactor recomienda