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Salvar a Juan Carlos I: una polémica reforma legal de 2012 le permite salir indemne si paga
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APROBADA TRAS LA AMNISTÍA FISCAL

Salvar a Juan Carlos I: una polémica reforma legal de 2012 le permite salir indemne si paga

Tras la amnistía fiscal, el Gobierno promovió una reforma legal que daba todavía más facilidades para hacer borrón y cuenta nueva a quien regularizase su situación

Foto: Juan Carlos I en una corrida de toros en 2019. (Reuters)
Juan Carlos I en una corrida de toros en 2019. (Reuters)
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Juan Carlos I tiene ante sí una gatera, un desvío legal que le permite evitar cualquier acusación de delito fiscal y otros relacionados de los que pudiera ser acusado. Una reforma legal de 2012 abrió aún más la mano para que los evasores salieran limpios si regularizaban su situación con Hacienda antes de que se les notificara el inicio de una investigación.

Desde los años 90, si un evasor acude ante Hacienda y regulariza su situación antes de que le cacen eso exime de la pena. De alguna forma, se le imponía una multa pero evitaba la cárcel aunque reconocía haber cometido un delito y así constaba.

El Código Penal de 1995 establecía en su artículo 305.4: "Quedará exento de responsabilidad penal el que regularice su situación tributaria [...] antes de que se le haya notificado por la Administración tributaria la iniciación de actuaciones de comprobación tendentes a la determinación de las deudas tributarias objeto de regularización, o en el caso de que tales actuaciones no se hubieran producido, antes de que el Ministerio Fiscal, el Abogado del Estado o el representante procesal de la Administración autonómica, foral o local de que se trate, interponga querella o denuncia contra aquel dirigida, o cuando el Ministerio Fiscal o el Juez de Instrucción realicen actuaciones que le permitan tener conocimiento formal de la iniciación de diligencias".

Foto: Juan Carlos I. (Alarmy)


En 2012, con la mayoría absoluta del PP, el artículo fue reformado. Acababa de entrar en vigor la amnistía fiscal y el Ministerio de Hacienda quiso dar garantías a los amnistiados y cambió la redacción del texto. Si hasta entonces quedaba eximida la responsabilidad penal por el delito fiscal y los posibles fraudes asociados —falsedad...—, ahora ya directamente no se podía perseguir nada relacionado con los fondos no declarados y su origen.

"El 305.4 era una excusa absolutoria, lo que en la teoría del delito significa la eliminación, por razones de política criminal, de la punibilidad de un hecho que por lo demás se considera típico, antijurídico y culpable. La Ley orgánica alteró completamente la naturaleza jurídica de la regularización, configurándola como una causa de exclusión de la ilicitud penal del hecho. Vamos, que si antes robabas la moto, pero la devolvías, te perdonaban la pena. Ahora la devuelves y es como si no la hubieras robado nunca", compara gráficamente Leopoldo Gandarias, asesor fiscal y socio de Alliantia abogados.

Jacobo Dopico, catedrático acreditado de Penal y experto en la materia, da el contexto en el que se aprobó esa reforma: "Desde la Ley antiblanqueo de 2010 se entendía que la realización de operaciones de ocultación con el dinero defraudado a Hacienda podía constituir blanqueo. Y la regularización tributaria te perdonaba la pena por el delito fiscal y por las falsedades contables, pero no por el blanqueo. Claro: esto era un problema para la amnistía fiscal de Montoro, porque ¿qué defraudador iba a regularizar el dinero que tuviese en el extranjero si nada más hacerlo el Sepblac le iba a saltar encima para perseguir los actos de ocultación que había realizado con ese dinero? No obstante, tampoco podía decir en la Ley 'le perdonamos el blanqueo también', porque el GAFI y otras instituciones internacionales se lo hubiesen comido".

"Si los defraudadores fiscales regularizan y pagan lo defraudado, es 'como si nunca hubiesen cometido el delito'. Es como modificar el pasado"


La solución fue un enrevesado juego de palabras: "Por eso el preámbulo de la reforma de 2012 se inventó este retruécano: si los defraudadores fiscales regularizan y pagan lo defraudado, es 'como si nunca hubiesen cometido el delito'. Es como modificar el pasado: 'usted nunca cometió delito fiscal'. Y si nunca cometió delito fiscal, ¡tampoco pudo cometer blanqueo con el dinero procedente del delito fiscal! Con este juego de palabras se hizo un guiño a los defraudadores: 'Tranquilos, si regularizáis tampoco se os perseguirá por blanquear el producto del fraude fiscal. Creo que no por casualidad esta reforma se publicó en el BOE el día de los santos inocentes de 2012'".

En el caso de Juan Carlos I la Fiscalía del Supremo no le ha notificado que le investiga, lo que permitiría acogerse a esa regularización —hay fuentes que consideran que una nota de prensa pública como la que dio la Fiscalía podría interpretarse como una notificación— y esa es una de las opciones que manejan sus asesores, como adelantó este diario. En ese caso, Juan Carlos I podría llevar a cabo una regularización de todo lo defraudado e intentar limpiar su hoja de servicios. Al menos la penal.

Aun así, la posibilidad de que acabe condenado no es sencilla. Todos los hechos anteriores a 2014, lo que incluye "la donación" de 65 millones de euros de Arabia Saudí en Suiza, están vedados a la Fiscalía porque era inviolable. El delito fiscal no agravado prescribe a los cinco años por lo que el primero de julio pasado prescribió el del ejercicio 2014, el del año en que siguió disponiendo junto a Corinna de bienes conseguidos con el dinero saudí. Hay más movimientos, como el ático en Londres regalado por Omán, pero las causas con comisiones rogatorias y petición de información a muchos países a menudo se eternizan.

Si Juan Carlos I llega a ser denunciado aún tendría otra opción: acogerse a la superatenuante que consiste en pagar en los dos primeros meses después de se produzca la primera citación judicial como investigado. En ese caso, pagaría una multa reducida y la pena de prisión se conmutaría con toda seguridad. Al final, siempre hay un camino para hacer borrón y cuenta nueva. Al menos en los tribunales.

Juan Carlos I tiene ante sí una gatera, un desvío legal que le permite evitar cualquier acusación de delito fiscal y otros relacionados de los que pudiera ser acusado. Una reforma legal de 2012 abrió aún más la mano para que los evasores salieran limpios si regularizaban su situación con Hacienda antes de que se les notificara el inicio de una investigación.

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