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Juan Carlos I planea regularizar ya su cuenta con Hacienda y evitar una acusación del fiscal
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Un resquicio previsto en el código penal

Juan Carlos I planea regularizar ya su cuenta con Hacienda y evitar una acusación del fiscal

Se abre una posibilidad hasta ahora inexplorada para que Juan Carlos I eluda la eventual acusación de la Fiscalía del Tribunal Supremo por la comisión de un presunto delito fiscal

Foto: Juan Carlos I. (Alarmy)
Juan Carlos I. (Alarmy)
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Los asesores de Juan Carlos I han encontrado una posibilidad, hasta ahora inexplorada, para que el Rey emérito eluda la eventual acusación de la Fiscalía del Tribunal Supremo por la comisión de un presunto delito fiscal. Las decisiones inequívocas adoptadas por Felipe VI (suspensión de la asignación presupuestaria a su padre y renuncia de la herencia que le podría ser diferida de fondos ilegales depositados en el extranjero) apuntan a que el Rey emérito ocultó a la Hacienda española grandes cantidades de dinero e, incluso, bienes inmuebles. Pero sus asesores estudian el alcance del artículo 305 del Código Penal, que contempla la regularización fiscal voluntaria para evitar la apertura de un procedimiento penal antes de que le sea notificada ninguna investigación.

Este precepto establece en su apartado cuarto que “se considerará regularizada la situación tributaria cuando se haya procedido por el obligado tributario al completo reconocimiento y pago de la deuda tributaria, antes de que por la Administración Tributaria se le haya notificado el inicio de actuaciones de comprobación o investigación tendentes a la determinación de las deudas tributarias objeto de la regularización o, en el caso de que tales actuaciones no se hubieran producido, antes de que el Ministerio Fiscal, el abogado del Estado o el representante procesal de la Administración autonómica, foral o local de que se trate interponga querella o denuncia contra aquel dirigida, o antes de que el Ministerio Fiscal o el juez de instrucción realicen actuaciones que le permitan tener conocimiento formal de la iniciación de diligencias”.

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Este mismo precepto establece que “la regularización por el obligado de su situación tributaria impedirá que se le persiga por las posibles irregularidades contables u otras falsedades instrumentales que, exclusivamente en relación a la deuda tributaria objeto de regularización, el mismo pudiera haber cometido con carácter previo a la regularización de su situación tributaria”.

En los medios jurídicos consultados, se considera que estas previsiones ampararían a Juan Carlos I, ya que no consta que haya recibido notificación de apertura de expediente de inspección tributaria, ni tampoco de instancia judicial o fiscal, dándose así las condiciones que establece el artículo 305 del Código Penal para que el Rey emérito eludiese –al menos por un eventual delito fiscal- cualquier responsabilidad criminal. La regularización voluntaria –siempre por este tipo, no por otros que pudieran concurrir- evitaría en su caso una querella del Ministerio Fiscal. El delito fiscal es la principal amenaza sobre Juan Carlos I. El de blanqueo, el otro delito bajo investigación, requiere un origen ilícito de los fondos pero como era inviolable cuando recibió la donación de Arabia es una camino que fuentes jurídicas consideran vedado a la investigación.

Por otra parte, Juan Carlos I estaría recibiendo sugerencias para que no adujese ni el amparo de la inviolabilidad ni considerase los plazos de la prescripción de las presuntas infracciones para disminuir el coste de la regularización. El problema, se señala, es que “quizás ahora no disponga de los importes que requiere la regularización, ya que esta tendría que ser completa y total, de todos los bienes fiscalmente eludidos”.

La regularización de Juan Carlos I implicaría una confesión en toda regla de la recepción de fondos y otros bienes y el cierre de averiguaciones del fiscal

Las fuentes consultadas reconocen, no obstante, que la regularización fiscal de Juan Carlos I implicaría una confesión en toda regla de la recepción de fondos y otros bienes, una forma de renuncia a la protección de la inviolabilidad –cuyo alcance temporal ha suscitado un debate jurídico- y el cierre de las averiguaciones del fiscal del Supremo solo por las presuntas infracciones fiscales pero no de otras que pudieran concurrir y que estarían siendo también investigadas.

La regularización fiscal voluntaria y previa a la notificación del expediente de inspección tributaria o de la averiguación judicial, fiscal o de la Abogacía del Estado como procedimiento para evitar un proceso penal tiene precedentes recientes y sonados en nuestro país. En 2012, la familia Botín regularizó la herencia del padre y abuelo de la saga, en parte depositada en cuentas en Suiza, abonando a la Hacienda Pública 200 millones de euros. Y aunque hubo una investigación judicial, el titular del Juzgado Central de Instrucción nº 4 de la Audiencia Nacional, Fernando Andreu, consideró que “la regularización practicada por los denunciados se puede considerar que es correcta y anterior a que la Agencia Tributaria incoara un expediente de inspección y verificación”. Los Botín estaban dentro de la lista de 659 contribuyentes que regularizaron cuando Hacienda les avisó de que aparecían en la lista Falciani como titulares de cuentas en el HSBC de Ginebra.

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En febrero de 2015, uno de los fundadores de Podemos, Juan Carlos Monedero, regularizó voluntariamente con Hacienda, mediante declaraciones complementarias del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), un importe de 450.125 euros y que eran honorarios de asesoramiento percibidos de los Gobiernos de Venezuela, Bolivia, Ecuador y Nicaragua. Monedero abonó al fisco 130.000 euros, la diferencia entre los 70.000 que tributó como empresa y los 200.000 que tenía que haber pagado como persona física. Lo hizo antes de que le llegara la notificación y cuando el caso estaba ya en prensa.

Los Reyes de España, a diferencia de otros como los de los Países Bajos y de Bélgica, pagan IRPF, como los suecos, aunque su asignación presupuestaria dobla la que reciben don Felipe y sus padres. La reina Isabel II de Inglaterra los abona desde 1993, mediante un acuerdo entre el fisco y Buckingham Palace según el cual tanto la jefa del Estado como su heredero entregan a la Hacienda el 40% de sus ingresos estrictamente privados, sea cual sea su procedencia, pero las percepciones de Isabel II a costa de la lista civil siguen quedando exentas.

Desde otro punto de vista, la regularización fiscal voluntaria por parte de Juan Carlos I podría disminuir el impacto negativo de las conductas que le son atribuidas y tendría un significado coherente con la ejemplaridad y el cumplimiento de los deberes ciudadanos que él propugnó pública y reiteradamente mientras ejerció la jefatura del Estado.

Los asesores de Juan Carlos I han encontrado una posibilidad, hasta ahora inexplorada, para que el Rey emérito eluda la eventual acusación de la Fiscalía del Tribunal Supremo por la comisión de un presunto delito fiscal. Las decisiones inequívocas adoptadas por Felipe VI (suspensión de la asignación presupuestaria a su padre y renuncia de la herencia que le podría ser diferida de fondos ilegales depositados en el extranjero) apuntan a que el Rey emérito ocultó a la Hacienda española grandes cantidades de dinero e, incluso, bienes inmuebles. Pero sus asesores estudian el alcance del artículo 305 del Código Penal, que contempla la regularización fiscal voluntaria para evitar la apertura de un procedimiento penal antes de que le sea notificada ninguna investigación.

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