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Cómo renovar el pasaporte: cita previa, precio y documentación necesaria
  1. España
el precio es de 30 euros

Cómo renovar el pasaporte: cita previa, precio y documentación necesaria

Aunque durante el confinamiento han estado cerradas las oficinas, ya se puede acudir a las oficinas a renovar el pasaporte o el DNI. Estos son los requisitos, plazos y costes del procedimiento

Foto: Así es el procedimiento para renovar el pasaporte español. Montaje: E. Villarino.
Así es el procedimiento para renovar el pasaporte español. Montaje: E. Villarino.

Nadie se esperaba una situación como la que ha vivido el mundo entero durante los últimos meses: tras detectarse algunos casos a finales de 2019 en China, lo que empezó siendo un posible brote de una gripe peculiar acabó convirtiéndose en una auténtica pandemia global, provocada por un coronavirus hasta entonces desconocido y que ha paralizado a medio planeta. España entró en el mes de marzo en estado de alarma, con medidas de supresión de determinados movimientos para limitar los contagios; entre todas ellas, se procedió al cierre de las oficinas que prestaban servicio en las comisarías para hacerse o renovar pasaportes y DNI, por lo que el Gobierno acordó la prórroga de todos los documentos de identidad que caducasen durante el confinamiento, extendiendo su periodo de validez hasta el 13 de marzo de 2021, es decir, cuando se cumpla un año menos un día desde la entrada en vigor del estado de alarma.

Tras el confinamiento, durante la fase 2 de desescalada se reabrieron las oficinas para poder renovar pasaporte o DNI, con algunas medidas de seguridad extra; desde entonces, vuelve a ser posible renovar todos los documentos que se habían quedado desfasados durante este tiempo. Si bien lo de viajar fuera de la Unión Europea es relativamente complicado para los españoles en este punto —todavía hay muchos países que mantienen las fronteras cerradas a todo el que proceda de España—, muchos pueden ver este momento una oportunidad para renovar este documento y tenerlo a punto en caso de que las fronteras empiecen a abrirse y se pueda viajar por todo el mundo sin restricciones. Eso sí, hay que recordar siempre que existen destinos a los que no se puede acceder si el pasaporte expira en los siguientes seis meses desde que se pretende la entrada al territorio.

Qué es el pasaporte

Según puede leerse en la página web del Ministerio del Interior, el pasaporte es el "documento público, personal, individual e intransferible que, salvo prueba en contrario, acredita la identidad y nacionalidad de los ciudadanos españoles fuera de España; y dentro del territorio nacional, las mismas circunstancias de los españoles no residentes".

Cómo pedir cita para renovar el pasaporte

En caso de estar en posesión de un pasaporte caducado o querer solicitar su primera expedición, se puede pedir cita a través del teléfono 060 o a través de internet en la web citapreviadnie.es. En caso de que los solicitantes sean españoles mayores de edad sin DNI o sean españoles menores de edad hijos de padres extranjeros sin NIE, la petición de cita solo se aceptará de manera presencial en una oficina de expedición. Para hacerlo 'online' estos son los pasos a seguir:

  • Acceder a citapreviadnie.es y elegir una de las tres opciones: hacerlo a través de los datos del DNI o NIE; con el DNI electrónico y una tercera opción en caso de no disponer de estos datos por "pérdida o sustracción del DNI".
  • Rellnar los datos solicitados; muchos de ellos incluidos en el carnet físico
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  • Elegir la opción de la operación a realizar, es decir, renovar DNI o pasaporte. En este caso, es la segunda opción.
  • Localizar la provincia donde tiene intención de realizar la renovación del pasaporte en el mapa que se ofrece en la página web.
  • En el siguiente punto existen dos opciones: buscar la oficina en la que se quiere solicitar la cita previa, la fecha y hora que mejor convenga, u optar por la 'cita rápida': en este caso, el sistema informa directamente de la primera cita disponible en cualquiera de las oficinas de toda la provincia escogida. Si se opta por la 'cita rápida' solo tendrás que elegir los días que podrías acudir a la cita y los tramos horarios en los que te viene mejor, y el sistema ofrece un listado con los primeros turnos disponibles. Si se opta por la primera, habrá que elegir una oficina concreta y aparecerán desglosados los meses y días en los que se puede proceder a confirmar la cita.
  • Rellenar datos para la confirmación de la cita: un número de teléfono y un correo electrónico al que enviarán los datos de la reserva de cita, que aparecen desglosados en la parte inferior.

En la actualidad, el Pasaporte 3.0 permite la expedición del documento "en unos minutos", por lo que el ciudadano interesado podrá renovarlo acudiendo una sola vez a la oficina.

Qué documentación hay que llevar

Una vez que se acude la oficina, hay que hacerlo sabiendo qué se va a pedir: para renovar un pasaporte ordinario, el ciudadano en cuestión debe aportar la siguiente documentación:

  • El DNI en vigor, que se presentará al inicio de la solicitud y será devuelto una vez que se comprueben los datos del mismo con los reflejados en la solicitud.
  • Una fotografía a color, reciente, con fondo uniforme (blanco y liso). La foto tiene que estar tomada de frente, sin gafas de cristales oscuros ni ninguna prenda que pueda impedir la identificación de la persona; es decir, en la imagen deben mostrarse claramente el óvalo de la cara, incluyendo cejas, ojos, nariz, boca y mentón; además, deberá ser de alta resolución y en papel fotográfico de buena calidad. Además, debe ser de 32x26 milímetros. No obstante, si la persona en cuestión ha renovado el DNI en los últimos dos años, no será necesario llevar la fotografía (el sistema utilizará aquella que disponga).
  • Si ya se tiene un pasaporte en vigor, habrá que presentarlo para que sea anulado.
placeholder Varios pasaportes españoles entregados a brasileños que adoptaron la ciudadanía española en Brasilia (Brasil) en 2013 (EFE)
Varios pasaportes españoles entregados a brasileños que adoptaron la ciudadanía española en Brasilia (Brasil) en 2013 (EFE)

Quienes realicen la renovación o solicitud del pasaporte en las representaciones diplomáticas o consulares, como ocurre en el caso de los residentes en el extranjero, el requisito de aportar el DNI en vigor se puede sustituir por el pasaporte en vigor (o pendiente de renovar) o la certificación literal de nacimiento del Registro Civil o consulado en el que se encuentre inscrito; esta última deberá haber sido expedida, como mucho, en los seis meses anteriores al proceso, y su presentación "será preceptiva cuando existan dudas sobre la nacionalidad española del solicitante".

Cuánto cuesta el pasaporte

El importe a pagar por la obtención del pasaporte es de 30 euros, aunque quedan exentos los miembros de familia numerosa, que no tendrán que pagar esta tasa, ni tampoco los que realicen la renovación por cambios de filiación y o modificación del domicilio estando el documento aún en periodo de validez. Uno de los requisitos para poder acudir a la cita previa de renovación o expedición del pasaporte es llevar en efectivo la cantidad exacta, ya que no se puede abonar tal coste con tarjeta de crédito en la oficina.

Sí existe, no obstante, una opción para hacer el pago de manera telemática, aunque solo en los casos de renovación, nunca para las primeras expediciones. El pago sólo podrá realizarse a través de tarjeta de crédito o cuenta bancaria, pero siempre que el titular sea el mismo que el que solicita el documento. El Ministerio del Interior dispone de una guía completa para realizar el pago telemático de la tasa, cuyo justificante podrá ser requerido en el momento de expedición del pasaporte.

¿Cuánto tiempo dura cada pasaporte?

Por norma general, cada pasaporte tiene una validez improrrogable determinada, en función de la edad de cada solicitante:

  • Para los menores de cinco años, vale durante dos años
  • Para los menores de 30 años, la validez del pasaporte es de cinco años
  • A partir de los 30 años, la validez del pasaporte es de 10 años

En el caso en que el solicitante haya sido "condenado a penas o medidas de seguridad que conlleven privación o limitación de su libertad de residencia o movimientos", o que un juez o tribunal haya acordado alguna resolución judicial privativa de libertad o que conlleve la prohibición de abandonar el territorio nacional, la validez del documento podría estar limitada al tiempo que fijen las autoridades. La validez también podría quedar limtiada en el caso de que, por motivos de urgencia u otros "debidamente acreditados", el solicitante no pudiera presentar alguno de los documentos que se requieren para la renovación del pasaporte; así pues, siempre que puedan acreditar su identidad y nacionalidad, se le puede expedir un pasaporte con validez temporal de un año; tiempo durante el cual deberá obtener su pasaporte ordinario.

Foto: Visado en el pasaporte (EFE)

¿Qué pasa con los menores o tutelados?

Son casos diferentes: cuando el que solicita el pasaporte es menor de edad y no tiene DNI —porque no están obligados a tenerlos—, será necesario aportar una certificación literal de nacimiento expedida por el Registro Civil correspondiente con una antelación máxima de seis meses a la fecha de presentación de la solicitud de expedición del pasaporte, aunque debe tener, además, una anotación de que este certificado se ha emitido únicamente para poder solicitar el pasaporte.

En el caso de menores de edad o personas incapacitadas, quienes tengan atribuida la patria potestad o la tutela deberán hacer constar el consentimiento expreso para realizar el proceso, indicando además que su ejercicio no se encuentra limitado. En caso contrario, hay que suplir esta 'ausencia' con una autorización judicial. En todo caso, el consentimiento debe prestarse ante un órgano competente para la expedición del pasaporte por todas las personas que tengan atribuida la patria potestad, pudiendo hacerlo tanto juntos como por separado, y tanto en el mismo como en diferentes equipos de expedición; también se puede hacer ante fedatario público, aunque en este caso habría que adjuntar a la solicitud una copia auténtica del documento del que resulte el citado consentimiento. En el momento de prestar el consentimiento, las personas que tengan atribuido el ejercicio de la patria potestad o tutela deberán acreditar su identidad con el documento nacional de identidad en vigor, en el caso de ciudadanos españoles; o con el número de identificación de extranjeros; o documento oficial válido para entrar o residir en España, también en vigor, en el caso de los extranjeros, salvo que la tutela hubiese sido asumida por ministerio de la ley.

Asimismo, debe quedar acreditada la relación de parentesco o condición de tutor, presentando cualquier documento oficial a tal efecto, como puede ser el libro de familia. El modelo de autorización —que se puede descargar aquí—, debe cumplimentarse y presentarse en la oficina para que los funcionarios públicos habilitados para ello verifiquen después los datos consignados en el mismo. En el caso de menores o incapacitados, la validez del pasaporte puede limitarse a petición motivada de las personas o instituciones que tuvieran asignada su patria potestad o tutela.

Nadie se esperaba una situación como la que ha vivido el mundo entero durante los últimos meses: tras detectarse algunos casos a finales de 2019 en China, lo que empezó siendo un posible brote de una gripe peculiar acabó convirtiéndose en una auténtica pandemia global, provocada por un coronavirus hasta entonces desconocido y que ha paralizado a medio planeta. España entró en el mes de marzo en estado de alarma, con medidas de supresión de determinados movimientos para limitar los contagios; entre todas ellas, se procedió al cierre de las oficinas que prestaban servicio en las comisarías para hacerse o renovar pasaportes y DNI, por lo que el Gobierno acordó la prórroga de todos los documentos de identidad que caducasen durante el confinamiento, extendiendo su periodo de validez hasta el 13 de marzo de 2021, es decir, cuando se cumpla un año menos un día desde la entrada en vigor del estado de alarma.

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