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El juez ratifica íntegramente las nuevas medidas del Govern en Barcelona
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vigentes a partir de las 9.00 del sábado

El juez ratifica íntegramente las nuevas medidas del Govern en Barcelona

La Fiscalía de Barcelona había considerado horas antes que la medida era "desproporcionada y la Administración solicitante no la justifica adecuadamente"

Foto: Foto: Reuters.
Foto: Reuters.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 15 de Barcelona ha ratificado íntegramente las nuevas medidas de contención del coronavirus que ha anunciado este viernes el Govern. El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha explicado que las medidas estarán vigentes a partir de las 9.00 horas del sábado y durante 15 días.

La resolución, que recoge recomendaciones y obligaciones, afecta a la ciudad de Barcelona y a Viladecans, El Prat de Llobregat, Sant Joan Despí, Sant Boi de Llobregat, Cornellà, Sant Just Desvern, Esplugues de Llobregat, L'Hospitalet de Llobregat, Montcada i Reixac, Santa Coloma de Gramenet, Sant Adrià de Besòs y Badalona (Barcelona).

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El magistrado ve ajustadas a derecho las medidas que recoge la resolución del Govern -también el punto que hace referencia a prohibir reuniones de más de 10 personas, incluyendo bodas y funerales- "discrepando respetuosamente" del Ministerio Fiscal, que ha emitido un informe oponiéndose a esta prohibición y avalando el resto.

A diferencia del fiscal, el juez considera que esta prohibición no vulnera, de entrada, el derecho de reunión, "sino que únicamente se está limitando el mismo a límites de razonabilidad y prudencia por razones sanitarias, salud y seguridad pública y de evitación de mayor número de contagios por cCovid-19".

La Fiscalía se opone

La Fiscalía de Barcelona se había opuesto horas a prohibir las reuniones de más de diez personas en la ciudad y algunos municipios del área metropolitana.

En un informe remitido al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 15 de Barcelona y consultado por Europa Press, el fiscal consideraba que la medida "es desproporcionada y la Administración solicitante no la justifica adecuadamente".

La Fiscalía, en cambio, sí avalaba el resto de medidas anunciadas por el Govern para frenar los contagios en el entorno de la capital catalana.

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El punto de las medidas al que se opone el Ministerio Fiscal hace referencia a la prohibición de encuentros de más de diez personas tanto en el ámbito privado como el público, incluyendo bodas, servicios religiosos y funerales. También prohíbe comer o beber en reuniones de menos de diez personas en espacios públicos, y deja al margen de la norma el transporte público y el trabajo.

El fiscal considera que esta prohibición sería una limitación del derecho de reunión, que debe ser proporcional a la finalidad, y la Constitución prevé que solo puede hacerse "cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes".

Foto: Manifestación con distancia física en Tel Aviv. (Reuters)

"Ni la vigencia del estado de alarma ni la situación de emergencia sanitaria actual constituyen por sí mismos justificación jurídica apta y suficiente para la prohibición o propuesta de modificación de una reunión o manifestación", añade en referencia a las resoluciones del Tribunal Constitucional (TC) sobre manifestaciones durante el estado de alarma.

Medidas avaladas

En cuanto al resto de medidas, "no ofrecen problema jurídico alguno" al parecer del fiscal, que considera que encajan en la Ley General de Sanidad y el decreto ley que el Gobierno aprobó en junio con medidas de prevención, contención y coordinación ante el coronavirus.

La Generalitat también ha anunciado este viernes la limitación de aforo en bares y restaurantes y la suspensión de actividades culturales, espectáculos públicos, actividades deportivas y de ocio nocturno que afecta a gimnasios, salas de fiestas y discotecas.

Las medidas afectan a la ciudad de Barcelona y a Viladecans, El Prat de Llobregat, Sant Joan Despí, Sant Boi de Llobregat, Cornellà, Sant Just Desvern, Esplugues de Llobregat, L'Hospitalet de Llobregat, Montcada i Reixac, Santa Coloma de Gramenet, Sant Adrià de Besòs y Badalona (Barcelona).

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 15 de Barcelona ha ratificado íntegramente las nuevas medidas de contención del coronavirus que ha anunciado este viernes el Govern. El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha explicado que las medidas estarán vigentes a partir de las 9.00 horas del sábado y durante 15 días.

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