El juez archiva el caso del ático que compró Ignacio González en Marbella
El magistrado afirma que no ha quedado acreditada la perpetración de los delitos de cohecho y blanqueo de capitales, por lo que decreta el sobreseimiento provisional
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Estepona (Málaga) ha archivado el denominado caso ático, que investigaba la compra de un inmueble en Marbella por parte del que fuera presidente de la Comunidad de Madrid, Ignacio González, y su mujer, Lourdes Cavero, en diciembre de 2012. En el auto de sobreseimiento provisional, el Juzgado sostiene que no ha quedado acreditado por el momento que el dirigente 'popular' y su esposa incurrieran en los delitos de cohecho y blanqueo de capitales que la acusación les atribuía.
"Lo que se ha sostenido durante la instrucción es la posible existencia de indicios de la presunta comisión de un delito de cohecho y de otro de blanqueo de capitales, por lo que, estando agotada la instrucción de la causa como se dejó sentado por este instructor en resoluciones anteriores que luego fueron ratificadas por la Audiencia Provincial de Málaga, procede resolver conforme al artículo 779 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, no procediendo por lo tanto la reiteración o nueva práctica de diligencias", argumenta el Juzgado, que considera "resuelta la cuestión" en las mencionadas resoluciones previas.
La Fiscalía de Málaga ya pidió el sobreseimiento el pasado diciembre, tras comprobar que, después de haber llevado a cabo todo tipo de pruebas durante la investigación judicial, no había indicios suficientes para respaldar la imputación de González, su esposa y el empresario audiovisual y presidente del Atlético de Madrid, Enrique Cerezo, a quien la acusación también vinculaba con la operación de compra venta del ático, que fue inicialmente adquirido por la mercantil estadounidense Coast Investors en 2008. El inmueble fue posteriormente alquilado a Cavero, según dijo la acusación, "en condiciones económicas ventajosas". El matrimonio disfrutó de la vivienda en régimen de alquiler hasta que la adquirió en 2012.
La acusación de hecho sostenía que el alquiler era un "contrato simulado, pues lo que realmente subyacía era un regalo realizado por Cerezo a González". El presidente del Atlético de Madrid y productor de cine habría inyectado "una importante cantidad de dinero bien directamente o a través de cualquiera de sus sociedades" a Coast Investors. "El motivo o causa por el cual Cerezo habría realizado dicho regalo derivaría de dos actuaciones distintas: una relativa a la intervención como adjudicatario en el concurso público para la adjudicación de canales de televisión digital terrestre al sector privado cuando González era vicepresidente primero de la Comunidad de Madrid (...) y otra relativa a la realización de la venta de derechos audiovisuales" del club de fútbol a Telemadrid. En ambos casos, González habría beneficiado a Cerezo, según la acusación.
"Para la concurrencia del delito de cohecho es necesario que exista un ejercicio de acciones públicas por parte del sujeto (...), la aceptación por este de dádivas o regalos y la existencia de una conexión causal entre la entrega de esa dádiva o regalo y el oficio público del funcionario y/o la conducta realizada u omitida por el mismo", recuerda la resolución del Juzgado 5 de Estepona, que entiende que en el caso ático "el delito habría consistido en la adquisición y posterior arrendamiento realizado por la sociedad Coast Investors en favor de Cavero".
Sin pruebas de que fuera regalo de Cerezo
Sin embargo, el Juzgado considera que, tras la investigación, "no aparece debidamente justificada la perpetración del delito que ha dado motivo a la formación de la causa, por lo que de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, procede decretar el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones respecto del delito de cohecho". "A pesar de la ardua instrucción llevada a cabo en el presente procedimiento durante más de siete años, no se ha conseguido acreditar la procedencia del dinero utilizado por aquella sociedad (Coast Investors) para la adquisición del inmueble como así se deja constancia, por ejemplo, en el oficio de la UDEF de la Policía Nacional de 30 de mayo de 2019", arguye el Juzgado, que no ha logrado acreditar indicio alguno que permita "sostener que el origen del dinero utilizado por la sociedad estadounidense reseñada proviniera de Cerezo".
Respecto del blanqueo, prosigue el auto de archivo, este "habría consistido en la utilización del dinero proveniente de la comisión de algún delito antecedente por parte de González y Cavero para la adquisición en 2012 del inmueble". Sin embargo, continúa, "de lo actuado tampoco aparece debidamente justificada la perpetración" de este ilícito. "No solo no constan indicios sobre la existencia de un delito antecedente del cual procedería el dinero (...), sino que tampoco existen indicios de que el dinero utilizado tuviera un origen ilícito", arguye el Juzgado, que se remite al mismo oficio de la UDEF.
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Estepona (Málaga) ha archivado el denominado caso ático, que investigaba la compra de un inmueble en Marbella por parte del que fuera presidente de la Comunidad de Madrid, Ignacio González, y su mujer, Lourdes Cavero, en diciembre de 2012. En el auto de sobreseimiento provisional, el Juzgado sostiene que no ha quedado acreditado por el momento que el dirigente 'popular' y su esposa incurrieran en los delitos de cohecho y blanqueo de capitales que la acusación les atribuía.
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