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El órdago de Torra con un decreto devuelve la batalla de los confinamientos a Moncloa
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TRAS SUSPENDERSE EL CONFINAMIENTO DE LLEIDA

El órdago de Torra con un decreto devuelve la batalla de los confinamientos a Moncloa

Los juristas consultados sostienen que un decreto-ley no puede limitar derechos fundamentales, pero subrayan que la impugnación del mismo está en manos de unos pocos, entre ellos, Pedro Sánchez

Foto: El presidente de la Generalitat, Quim Torra. (EFE)
El presidente de la Generalitat, Quim Torra. (EFE)

La falta de una red legal para controlar el covid-19 ha dejado Lleida y otros siete municipios de la comarca del Segrià en el limbo. La Generalitat anunció este fin de semana un confinamiento que obligaba a más de 160.000 vecinos a "permanecer en su domicilio" a partir del lunes, medida que la jueza de instrucción número 1 de Lleida tumbó este domingo, al considerar que es desproporcionada y se enmarca en "una competencia estatal". En su auto, la magistrada empuja a Quim Torra a "solicitar del Gobierno la declaración de estado de alarma" en esta comarca, pero lejos de atender su postura, el 'president' ha emprendido una huida hacia adelante con la aprobación de un decreto-ley que, según la mayor parte de los juristas consultados, carece de base legal y devuelve la batalla de los confinamientos a Pedro Sánchez.

El fiscal jefe de Lleida, Juan Francisco Bone, que el domingo se opuso a confinar los ocho municipios, se muestra tajante respecto al plan B anunciado ahora por el 'president': "La norma sería de nuevo ilegal y recurrible al Constitucional", asegura en una entrevista concedida a El Confidencial. Carlos Flores Juberías, catedrático de Constitucional de la Universidad de Valencia, y Ángel Sánchez Navarro, catedrático de Constitucional en la Universidad Complutense de Madrid, muestran la misma postura: "La Generalitat de Cataluña no tiene competencia para realizar eso, ni con una orden de una 'consellería' ni con un decreto", sostiene el primero. "Los decretos-leyes del Estado, lógicamente, no pueden tocar derechos fundamentales, entonces, los de las comunidades autónomas todavía menos", añade el segundo.

Torra desafía a la jueza y alienta a los vecinos de Lleida a quedarse en casa

Pese a ello, a excepción del fiscal, que evita pronunciarse, los juristas consultados coinciden en que el decreto-ley de Torra no puede interpretarse como una desobediencia a la magistrada. Por mucho que el 'president' anunciara que no acepta la resolución judicial y que asumirá las "consecuencias", la clave de su discurso pasa por que habló de recomendaciones y no de obligaciones, con lo que en ningún momento deja de acatarla. Si a esto se suma el anuncio de un decreto-ley como forma de esquivar la resolución, Torra está aceptando que la anterior orden carece de valor. "La desobediencia sería ordenar a los Mossos que detengan a todos los que vean por la calle, pero aquí busca darle la vuelta", explica Javier Albar, magistrado del TSJ de Aragón y miembro del Comité Nacional de la Asociación Judicial Francisco de Vitoria.

De esta manera, el 'president' consigue mantener la imagen de irreductible —“No vamos a perder el tiempo con recursos judiciales”— sin jugarse una nueva imputación por desobediencia y, al mismo tiempo, pone en marcha un ardid que resulta más difícil de tumbar en los juzgados. Al tratarse de un decreto-ley, el Tribunal Constitucional es el único que puede pronunciarse sobre el mismo, con lo que el 'president' evita el cuerpo a cuerpo con la Fiscalía y la magistrada de Lleida: ante el tribunal de garantías, solo están legitimados para interponer un recurso de inconstitucionalidad el presidente del Gobierno, el defensor del pueblo, 50 diputados y 50 senadores o los órganos ejecutivos y legislativos de las comunidades autónomas.

Foto: Pedro Sánchez, durante la undécima conferencia de presidentes, este 24 de mayo. (JM Cuadrado | Pool Moncloa)

Con esta estratagema, Torra evita por tanto entrar en una guerra de recursos y gana tiempo: según explica el magistrado Javier Albar, por mucho que el defensor del pueblo o la oposición impugnen el decreto-ley, Pedro Sánchez es el único que puede conseguir su congelación inmediata en el tribunal de garantías. El juez apunta para ello al artículo 161.2 de la Constitución, en el que se establece que, cuando la impugnación la realice el Gobierno central, esta "producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida, pero el tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses". En otras palabras: salvo sorpresa de última hora, solo Moncloa puede tumbar el confinamiento en cuestión de días.

La otra posibilidad para llegar al tribunal de garantías es que algún magistrado se enfrente a un caso que presente este decreto-ley como cuestión de fondo y, ante las dudas que le puedan surgir con su aplicación, decida plantear una cuestión de inconstitucionalidad. "Han de hacerlo cuando consideren que una norma con rango de ley aplicable al proceso del que conocen y de cuya validez dependa la decisión que hayan de adoptar en el mismo pueda ser contraria a la Constitución", explica el propio TC en su página web. En cualquier caso, se trata una vez más de una vía que exige un largo camino y que implica la apertura de una serie de plazos para que se personen todas las partes afectadas.

Foto: El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, durante su intervención en el Congreso el 29 de abril. (EFE)

La duda pasa por ver si el Gobierno impugna el decreto-ley o se pone de perfil, en cuyo caso cabe otra posibilidad: acordar "el inicio de negociaciones para resolver las discrepancias" en una comisión bilateral entre la Administración del Estado y Cataluña, que permite alargar aún más los plazos. A la espera de que Moncloa mueva ficha, juristas como Andrés Boix, profesor de Derecho Administrativo de la Universidad de Valencia, critican haber llegado a esta situación: "Creo que aquí es más criticable la actitud del Gobierno de España, porque si considera que Cataluña no tiene competencias para decretar ese confinamiento, debería habérselo explicado a todas las comunidades", argumenta. "Todos sabemos que la Fiscalía tiene una cierta dependencia del Estado", añade, en referencia al rechazo de la Fiscalía de Lleida este domingo.

Carlos Amoedo Souto, catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de A Coruña, va un paso más allá y considera que al Govern no le ha quedado más remedio que el decreto-ley: "La Generalitat tiene que dar respuesta a un problema sanitario grave y considero que es bastante razonable ante la resolución extravagante y anómala que contiene el auto de la jueza de Lleida, que es manifiestamente mejorable", sostiene. Al margen de estas discrepancias puntuales, todos los juristas coinciden en la dificultad que conlleva para las comunidades autónoma decretar un confinamiento absoluto, hasta el punto de que el fiscal jefe de Lleida considera que, a día de hoy, sin el estado de alarma, no pueden ir más allá de meras recomendaciones: "Rotundamente no [pueden decretar confinamientos] si son generales. Se pueden pedir al juez confinamientos parciales en lugares restringidos".

La falta de una red legal para controlar el covid-19 ha dejado Lleida y otros siete municipios de la comarca del Segrià en el limbo. La Generalitat anunció este fin de semana un confinamiento que obligaba a más de 160.000 vecinos a "permanecer en su domicilio" a partir del lunes, medida que la jueza de instrucción número 1 de Lleida tumbó este domingo, al considerar que es desproporcionada y se enmarca en "una competencia estatal". En su auto, la magistrada empuja a Quim Torra a "solicitar del Gobierno la declaración de estado de alarma" en esta comarca, pero lejos de atender su postura, el 'president' ha emprendido una huida hacia adelante con la aprobación de un decreto-ley que, según la mayor parte de los juristas consultados, carece de base legal y devuelve la batalla de los confinamientos a Pedro Sánchez.

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