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El Supremo rechaza las recusaciones en cadena de Torra para ver su inhabilitación
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Condena por desodediencia

El Supremo rechaza las recusaciones en cadena de Torra para ver su inhabilitación

En un auto ponencia de Andrés Martinez Arrieta, el alto tribunal indica que el president invoca causas de abstención "de manera arbitraria"

Foto: Quim Torra en la reunión semanal del gobierno catalán. (EFE)
Quim Torra en la reunión semanal del gobierno catalán. (EFE)

El Tribunal Supremo ha rechazado las recusaciones en cadena que planteó el presidente de la Generalitat, Quim Torra, como la práctica totalidad de magistrados de la Sala de lo Penal que debe revisar la condena que le inhabilita para ejercer cargos públicos por desobedecer una orden de la Junta Electoral Central (JEC) para que retirara lazos amarillos y otra simbología de la fachada de la Generalitat. En un auto ponencia de Andrés Martinez Arrieta, el alto tribunal indica que el 'president' invoca causas de abstención "de manera arbitraria". La recusación se planteaba respecto a la resolución de uno de los pasos previos a la decisión sobre el fondo de la condena.

En su auto, el alto tribunal afirma que recusación se plantea contra toda la Sala de lo Penal en el seno de un incidente --el de la abstención de Colmenero-- por lo que, de acuerdo con distintas resoluciones del Tribunal Constitucional, "carece de sustantividad jurídica y no es acreedora de una decisión sobre el fondo". Por ello rechaza de plano la admisión a trámite de la recusación.

"No guardan relación con el objeto del 'pleito o causa', que no es otro que un incidente de abstención, y su concurrencia es descartable ab initio si tenemos en cuenta que no comprometen la imparcialidad de los magistrados", dice el auto que añade que incluso algunas de ellas "se basan en actos ajenos a las decisiones procesales de los magistrados recusados". En una segunda resolución, la Sala acepta la abstención del magistrado Miguel Colmenero Menéndez, que era el ponente de la decisión final pero reclamó apartarse tras ser designado para integrar la Junta Electoral.

El Tribunal supremo indica que el 'president' invoca causas de abstención "de manera arbitraria"

En escritos presentados hace unos dias, Torra reclamaba esta recusación previa a la revisión de su condena por desobediencia de diez de los doce integrantes de la Sala de lo Penal. En concreto, pedía que se apartaran el presidente de la Sala, Manuel Marchena, y los magistrados Andrés Martínez Arrieta; Julián Sánchez Melgar; Juan Ramón Berdugo Gómez de la Torre; Antonio del Moral García; Ana María Ferrer García; Pablo Llarena Conde; Vicente Magro Servet; Carmen Lamela Díaz, y Eduardo Porres Ortiz de Urbina.

El abogado Gonzalo Boye, que representa al 'president', anticipaba que acudirá a Europa una vez se revise la sentencia, por la que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña le inhabilitó para el ejercicio de cargo público durante 18 meses. Aseguraba que uno de esos motivos es que la resolución "pretende privar ilegalmente al Molt Honorable Quim Torra i Pla de su derecho de sufragio pasivo en las elecciones al Parlamento Europeo".

Destacaba también su derecho a un tribunal imparcial y mencionaba a aquellos de los jueces de esta Sala que han formado parte de la Junta Electoral Central como Ana Ferrer, Eduardo Porres o Miguel Colmero. El incumplimiento de una orden de la JEC para retirar lazos amarillos y otro simbología de los edificios públicos está en el origen de su condena.

"Arbitraria detención"

En cuando al presidente de la Sala y el resto de magistrados que formaron parte del tribunal del 'procés', Torra indicaba que como integrantes de aquella sala, "confirmaron la arbitraria detención (así calificada por el Grupo de Trabajo de Detenciones Arbitrarias de las Naciones Unidas) de los presos políticos catalanes denunciada Torra". Además -dice- Marchena, Martínez Arrieta, Sánchez Melgar y Lamela, Torra "se pronunciaron, todos ellos, explícitamente, en el sentido de confirmar la legalidad de los acuerdos de la Junta Electoral Central".

Torra reclamaba la recusación para revisar su condena por desobediencia de diez de los doce integrantes de la Sala de lo Penal

Lo mismo indica respecto a Carmen Lamela y Pablo Llarena. La primera instruyó el procedimiento abierto en origen en la Audiencia Nacional sobre el proceso de independencia de Cataluña y el segundo lo asumió cuando la jueza se inhibió a favor del alto tribunal. Para el 'president', contribuyeron en la situación de prisión de los políticos presos y, por ello, generaron la situación que pretendía denunciar con los simbolos que exhibía el Palau de la Generalitat.

Torra abrió fuego hace unos días con una primera impugnación en la que solicitaba que se anulara la fecha prevista para la vista en la que el alto tribunal revisará su condena. La Sala Segunda del Tribunal Supremo fijará previsiblemente para el próximo 17 de septiembre la vista para revisar el recurso presentado por el president. En los autos de este miércoles, Martinez Arrieta concreta que el día para la vista aún no está fijado. En caso de que la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo confirme la sentencia que dictó su inhabilitación por incumplir órdenes de la Junta Electoral Central para que retirara lazos amarillos de edificios públicos, la inhabilitación será firme y el 'president' se verá obligado a abandonar su cargo.

La vía penal es una de las dos que mantiene abiertas el Supremo en relación a la inhabilitación. La otra, por lo Contencioso-Administrativo, se centra en el acuerdo de la JEC por el que se ordenaba su inhabilitación como diputado autonómico pese a la sentencia no es firme. En un informe presentado en la pieza cautelar, el Ministerio Público consideraba que existen posibilidades de que se atienda el recurso del 'president' en este caso.

El Tribunal Supremo ha rechazado las recusaciones en cadena que planteó el presidente de la Generalitat, Quim Torra, como la práctica totalidad de magistrados de la Sala de lo Penal que debe revisar la condena que le inhabilita para ejercer cargos públicos por desobedecer una orden de la Junta Electoral Central (JEC) para que retirara lazos amarillos y otra simbología de la fachada de la Generalitat. En un auto ponencia de Andrés Martinez Arrieta, el alto tribunal indica que el 'president' invoca causas de abstención "de manera arbitraria". La recusación se planteaba respecto a la resolución de uno de los pasos previos a la decisión sobre el fondo de la condena.

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