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La revisión de la inhabilitación de Torra en el TS se retrasa tras abstenerse el ponente
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El magistrado Colmenero se aparta

La revisión de la inhabilitación de Torra en el TS se retrasa tras abstenerse el ponente

Los nuevos trámites alejan el horizonte de una resolución de la que depende el futuro político de Cataluña

Foto: El tsjc condena a un año y medio de inhabilitación a torra por los lazos
El tsjc condena a un año y medio de inhabilitación a torra por los lazos

La revisión por parte de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo de la sentencia que condenó al presidente de la Generalitat, Quim Torra, a un año y medio de inhabilitación por desodencia al incumplir órdenes de la Junta Electoral Central para que retirara lazos amarillos de edificios públicos se retrasa. El ponente de la futura sentencia, el magistrado Miguel Colmenero, ha presentado esta mañana un escrito solicitando su abstención al haber sido designado miembro de la Junta Electoral Central.

Según explica en su escrito, considera procedente apartarse de este recurso, ya que los hechos por los que fue condenado Quim Torra afectan a decisiones de la Junta Electoral Central. A partir de ahora se da traslado al fiscal y a las partes para que informen en el plazo de diez días. Después, el Pleno de la Sala Segunda resolverá si acepta o no la abstención de este magistrado.

Foto: La fachada del Tribunal Supremo. (EFE)

Si fuera aceptada se designaría a otro ponente. Estos trámites alejan el horizonte de una resolución de la que depende el futuro político de Cataluña. Si la resolución del Tribunal Superior de Justicia se confirma en el alto tribunal, el 'president' vería como su inhabilitación se convierte en firme y tendría que abandonar la presidencia.

El president recurrió ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo la sentencia. En un extenso escrito de más de 300 páginas, atacaba a la Junta Electoral Central, que abrió el procedimiento y posteriormente ha ordenado su inhabilitación sin sentencia firme, y al tribunal que le condenó. Duda de la imparcialidad de ambos y asegura que la sentencia estaba teledirigida desde un inicio.

Foto: El presidente de la Generalitat, Quim Torra (i) acompañado del vicepresidente del Govern, Pere Aragonès. (EFE)

El recurso se encuentra pendiente de su admisión a trámite. La Fiscalía pidió que se inadmitiera "sin necesidad de celebración de vista" y se confirmara al condena. "La JEC es autoridad superior en el ámbito electoral, las elecciones generales son de ámbito electoral y competencia de la administración electoral, donde el presidente de la comunidad autónoma carece en absoluto de competencias", subrayaba el Ministerio Público.

El líder independentista denunciaba en su recurso la falta de "imparcialidad de la Junta Electoral Central" y, en concreto, de dos de sus miembros, pero la Fiscalía descarta de forma tajante este razonamiento.

La vía penal es una de las dos que mantiene abiertas el Supremo en relación a la inhabilitación. La otra, por lo Contencioso-Administrativo, se centra en el acuerdo de la JEC por el que se ordenaba su inhabilitación como diputado autonómico pese a la sentencia no es firme. En un informe presentado en la pieza cautelar, el Ministerio Público consideraba que existen posibilidades de que se atienda el recurso del 'president'.

La decisión de la JEC levantó enormes críticas desde el Govern y las formaciones independentistas, que la vieron como un "golpe de Estado" contra la máxima autoridad catalana. Tampoco el PSOE la vio ajustada a derecho. La cuestión que genera mayor controversia es que la sentencia no es firme y, por ello, Torra puede acabar absuelto en casación. Además, el artículo de la ley en que se apoya la inhabilitación nunca había sido empleado para un cargo tan alto como el de presidente autonómico, ya que se diseñó para evitar la perpetuación de ediles condenados por delitos de corrupción y como puntal contra ETA.

La revisión por parte de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo de la sentencia que condenó al presidente de la Generalitat, Quim Torra, a un año y medio de inhabilitación por desodencia al incumplir órdenes de la Junta Electoral Central para que retirara lazos amarillos de edificios públicos se retrasa. El ponente de la futura sentencia, el magistrado Miguel Colmenero, ha presentado esta mañana un escrito solicitando su abstención al haber sido designado miembro de la Junta Electoral Central.

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